Sobre el cobro por los estacionamientos

La Asamblea Nacional aprobó, en tercer debate, el proyecto de ley 10 para permitir el uso gratuito, hasta por tres horas, de estacionamientos en comercios, clínicas, hospitales y oficinas en las que se adquieran bienes o servicios. La medida no aplicará a proyectos para el servicio exclusivo de estacionamientos.

Entre los argumentos de los opositores y algunos columnistas desorientados se destaca que “atenta contra el libre comercio y la competencia, así como el uso y disfrute de la propiedad privada”, agregan que “nada es gratis” (La Prensa, 1/16/2015). Algunos más radicales acusan a la norma de inconstitucional y que convertiría al gobierno en uno similar a los de la izquierda socialista. Lo que desconocen los detractores y los gestores de la ley es que hay una norma legal que establece la obligatoriedad de dotar de estacionamientos a toda construcción comercial en los distritos de Panamá y San Miguelito. Es simple: nadie puede construir sin un control que garantice los derechos de la sociedad en general, y de los consumidores en particular. Las normas de desarrollo urbano garantizan que en los proyectos exista la dotación de servicios públicos (agua, electricidad, alcantarillado, calles, etc.) para el óptimo funcionamiento de los proyectos y la comodidad y satisfacción de quienes los adquieren o hacen uso de ellos.

La Resolución 188-93, de 13 de septiembre de 1993, del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), publicada en la Gaceta oficial No. 22,390 de 8 de octubre de 1993, que aprueba la modificación y actualización de las normas de desarrollo urbano comerciales para los distritos de Panamá y San Miguelito, establece parámetros a cumplir para la aprobación de los proyectos. Sin esta norma u otras, ningún local construiría estacionamientos. Esta resolución es clara. Dirime las dudas que genera en parte de la comunidad empresarial, representada por la Cámara de Comercio y la Apede, el alcalde de Panamá y otros, quienes han manifestado su disconformidad con la ley. Los dos primeros declararon que pedirán al Presidente vetarla.

El Miviot revisó esta norma en conjunto con la Comisión Asesora de Desarrollo Urbano, integrada por representantes del Colegio de Arquitectos de la SPIA, la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Panamá, la Capac y la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, entre otros.

El artículo tercero de la Resolución 188-93 instaura la norma de intensidad alta o central C-2 en áreas zonificadas con RM2 y RM3 para usos permitidos de instalaciones comerciales, oficinas y de servicios en general, relacionadas con las actividades de servicios mercantiles y profesionales del centro urbano. Además de definir varios otros parámetros en cuanto a estacionamientos, establece la dotación de un espacio por cada 150 metros cuadrados (m2) de construcción para edificios de depósitos; un espacio por cada 60 m2 de uso comercial o de oficina y un espacio por cada 150 m2 de depósito; y para centros comerciales un espacio por cada 40 m2. Por ejemplo, un centro comercial de 10 mil m2 de construcción debe construir 250 estacionamientos. Es decir, los consumidores tenemos derecho a esos espacios gratis. Estimo justo que si los estacionamientos exceden lo que establece la norma, se segreguen y se cobre por su uso.

En conclusión, no se debiera cobrar, pero los diputados le otorgaron a la empresa privada ese derecho, después de la tercera hora, por un espacio que tienen que construir como requisito para que el Miviot y el Municipio les aprueben el proyecto.

 

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