Acerca de los futuros constituyentes

El compromiso gubernamental del llamado a una asamblea constituyente paralela debe arrancar a mediados de este año, aunque el presidente Juan Carlos Varela ha señalado que “todo va a depender del ambiente político en el que esté el  país, del nivel y consenso de diálogo”, pues no ve la constituyente como una competencia democrática. Estas posiciones se pueden fundamentar en el evidente desapego social hacia la necesidad de un proceso constituyente. Nadie ve a la sociedad, en general, pedirlo; solo algunos grupos organizados, que más que todo buscan un proceso originario, como si tal cosa dependiera del Presidente. No obstante, este desapego social no le resta relevancia a la imperiosa necesidad de un ejercicio político nacional que nos brinde la oportunidad de establecer las bases de una nación con verdadero estado de derecho.

No obstante, suponiendo que el consenso previo se logre y que los actores sociales y políticos demuestren interés y compromiso con el llamamiento a una constituyente paralela, uno de los tópicos a considerar es el de los requisitos para la selección de los constituyentes que la conformarán, quienes según el Art. 314 de la Constitución, serán 60. Acerca de su elección la Constitución deja su reglamentación al Tribunal Electoral (TE). Esto es una seria falencia, pues al menos se debieron establecer los requisitos mínimos.

Sabemos que el TE lleva meses trabajando un proyecto de reglamento que será presentado a los partidos políticos y la Comisión de Reformas Electorales. En este sentido, no cabe duda de que está por abrirse un gran debate, sin embargo, es fundamental que con la debida previsión, aportemos a la definición de un perfil que garantice que los mejores hombres y mujeres panameños lleguen a ese sitial, para que representen no los intereses del pueblo, como se tiende a argumentar, sino las aspiraciones de la nación panameña.

Propongo que sean panameños (as) por nacimiento, con edad mínima de 30 años, con título universitario o cursando dichos estudios. No podemos restringir esto solo a los abogados o politólogos, una constituyente es abierta y los miembros armarán equipos de asesores, en los que habrá profesionales del derecho y otras disciplinas.

Deben ser ciudadanos (as) en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; no haber sido procesados por delito alguno, ni condenados (requerimos personas probas en todos los aspectos).

Tampoco deben haber ocupado cargos de elección popular en los pasados tres períodos presidenciales (1999, 2004, 2009), ni cargos de mando o jurisdicción en esos períodos. ¿Por qué?, porque se debe evitar que el conflicto de interés moral y político afecte el proceso. No es que quiera incluir en una sola bolsa a todos, pero existe mucho descontento debido a la gestión de muchos funcionarios que ocuparon cargos de envergadura, y lo mejor es no dar paso a una deslegitimación previa del proceso.

Sumado a lo anterior, propongo que el constituyente no tenga parentesco, dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, con el Presidente de la República ni los diputados de la Asamblea Nacional y, por supuesto, que sea residente, con al menos tres años previos a la postulación, en la circunscripción que el TE determine como base para su escogencia.

Los ciudadanos debemos prestarle atención a este tema y aportar a tiempo, si es que de verdad aspiramos a que las curules constituyentes sean cubiertas por mujeres y hombres comprometidos con la nación y sus aspiraciones.

 

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