El aumento a las pensiones de jubilación

Existe una vieja y jocosa anécdota sobre un personaje al que cada vez que se le preguntaba ¿cuándo se graduaría de la universidad? respondía que solo le faltaba una materia. Así pasaban los años y él repetía lo mismo, hasta que sus allegados concluyeron que la materia que le faltaba era la gris.

Durante la última década vimos cómo los gobiernos de turno hicieron “reformas” al Código Fiscal, que a su vez iban reformando, a diestra y siniestra, con otros cambios. De manera que todavía parece subsistir ese afán de jugar a las “reformas”, quizás porque muchos funcionarios de la pasada administración CD/panameñismo (coautores de esos cambios) son los que ahora tienen en sus manos la hacienda pública y la política fiscal del Estado panameño.

A finales del año 2014, el nuevo Gobierno comenzó con un premio a los morosos e irresponsable mediante una “Ley de moratoria” para el pago de impuestos; luego se presentó un proyecto de ley que pretende modificar el Código Fiscal en materia de avalúos inmobiliarios; otro de “equiparación” impositiva de las bebidas alcohólicas (licores y cervezas), y ahora se plantea un aumento al impuesto al consumo de derivados del petróleo para destinarlo a un supuesto ajuste salarial para algunos sectores de pensionados y jubilados.

Sobre el tema de la política fiscal ya se ha dicho que el sistema tributario local no aguanta más parches reformatorios y que se requiere de un Código Tributario, no solo por las formalidades y solemnidades propias de los tributos, sino por la esencia y coherencia jurídica/económica con la que se deben legislar los impuestos, tasas y contribuciones (tributo), ya sea de orden nacional o municipal.

En la materia de tributos se enseña la importancia del estudio de la elasticidad, regresividad, repercusiones, efectividad, etc., que estos deben tener; y se destacan los impuestos al consumo como los más regresivos, en nuestro caso a la gasolina y demás derivados del petróleo.

Así, flaco favor le harán a los pensionados y jubilados (favorecidos o no) al incrementar sus pensiones mediante un incremento al impuesto de los combustibles, porque aunque por una parte les den $50.00 o $20.00 adicionales, el costo de la canasta básica y demás bienes y servicios aumentarán, sin duda alguna. Como decía la abuelita: “Saldrá más caro la mecha que el candil” o “no me ayude compadre”.

En conclusión, la política fiscal no es asunto de ocurrencias, por ende, la política tributaria no debe estar sujeta a improvisaciones pues seguiríamos en “más de lo mismo” (reformas de reformas) para, supuestamente, salir del paso cuando en realidad nos hundimos más.

Por ello hay que actuar con responsabilidad y eliminar toda esa tanda de subsidios injustificados, igual que el número plural de exoneraciones tributarias que perforan más el sistema tributario (renta, inmuebles, v.gr.).

También se podría exonerar a los pensionados y jubilados del pago de la cuota de Seguro Social (basada en ingresos brutos) lo que sería una forma de aumentarle su entrada personal, esto es, sin perjuicio de que el aumento sea complementado (total o parcial) con las cada vez más crecientes “partidas” asignadas a los diputados, a lo que –seguro– ningún de ellos se opondría.

Estos ejemplos son menos regresivos que aplicar nuevos impuestos. Que no falte la materia… tributaria.

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