El Derecho de Familia frente a la Covid-19

Recuerdo esa tarde del viernes 13 de marzo tramitando en los Juzgados de Familia. El Órgano Judicial decretó comunicado oficial, anunciando que, a partir del lunes 16 de marzo, se suspendían los términos judiciales ante el estado de emergencia nacional que se suscitaba, sorprendiéndonos a todos, quedando más preguntas que respuestas en cómo trabajaríamos tramitantes y abogados.

Han pasado dos meses desde que los términos judiciales fueron suspendidos y, ante el eventual levantamiento de esa medida, magistrados, jueces, abogados y usuarios del sistema enfrentamos una situación sin precedente alguno en nuestro país.

Hay mucha incertidumbre y confusión y, de forma particular los casos de familia, pues la crisis económica ha desencadenado: la falta de pago en la cuota de pensión de alimentos, irregularidades en el cumplimiento de los regímenes de visitas, problema de traslados de los niños y niñas, aumento de los casos de divorcio, falta de tolerancia en la convivencia familiar ante el confinamiento y, ni hablar del aumento de casos de violencia doméstica, situaciones que quedan pendientes por resolver, sin que existan criterios judiciales definidos que guíen a los abogados y a las partes, más que el sentido común y llegar a consensos, siempre en apego a la ley.

La OMS y demás expertos recomiendan hasta el cansancio mantener el distanciamiento social de al menos un metro y medio entre personas, por lo que nos lleva a otro reto aún mayor, que es, la disponibilidad y capacidad que tengan los tribunales e instancias administrativas en los que se tramitan casos de familia y su estructura, de hacer frente a la avalancha de casos por resolver, sin mencionar que, la mayoría de las instalaciones de estas instituciones, no cuentan con el espacio suficiente para aplicar las medidas de distanciamiento social, una vez lleguemos a la “nueva normalidad”, situación que pone en riesgo la salud de funcionarios y usuarios que reclaman respuestas al sistema.

Sí, el desafío es grande y, es por ello, que jueces y magistrados, y abogados tenemos que ser sumamente creativos para poder resolver los casos pendientes y los que vendrán por resolver. El derecho colaborativo, como método alterno de resolución de conflictos, es una herramienta efectiva para minimizar la descongestión judicial, pues los abogados trabajan en equipo con los propios interesados y otros profesionales (psicólogos, mediadores, especialistas en niños, asesores financieros neutrales, etc…) que trabajan en equipo para resolver los conflictos sin tener que acudir a los tribunales, llegando a acuerdos que se someterán a la aprobación de un juez de familia, sin necesidad de llegar al litigio.

Las ventajas son muchas, entre ellas, el control que tienen los abogados sobre el proceso, el tiempo de duración y sobre todo, el resultado. Las partes tienen ilimitada fuentes de soluciones adaptables a sus necesidades y lejos de los límites de los parámetros de la norma en cuanto a soluciones y rigidez del proceso, tanto para abogados a la hora de pedir como para jueces al tiempo de resolver. La minimización de los costos del conflicto traducido en ahorro del tiempo invertido en gestionar el conflicto -permitiendo así invertir su tiempo en asuntos más productivos-, como el tiempo invertido en resolverlo. Hay disminución del costo emocional reduciendo el estrés producido por el malestar durante el conflicto y la mejora en cuanto a la eficacia del resultado, el cual, siendo consensuado por las partes, cumplirá de mejor agrado y sin necesidad de posteriores ejecuciones o desacatos. Esto de manera práctica evita la asistencia del usuario a los tribunales de justicia, por lo que coadyuva a controlar la aglomeración de personas en los tribunales.

En Panamá, las prácticas colaborativas se aplican desde hace dos años atrás y, como todo lo novedoso, han encontrado un poco de renuencia y confusión entre algunos abogados litigantes, quienes por la formación tradicional adquirida, en ocasiones no encuentran otra manera de ofrecerle al cliente el litigio como única forma para resolver conflictos familiares. En estos momentos de crisis social y sanitaria, el método adversarial cuando no es necesario, es muy nocivo para los niños y salud emocional de los padres y madres involucrados.

Invitamos a todos aquellos abogados y especialistas capacitados en métodos alternos y prácticas colaborativas, que pongan su motor en marcha; es la oportunidad de oro para aportar al descongestionamiento judicial y solucionar los conflictos a sus clientes con el menor costo emocional posible, en especial ante la situación de salud, social y económica que estamos viviendo.

Ana Melissa Españo V. La autora es abogada

Decisión del Pleno es clave en el proceso contra Martinelli

El lunes será una fecha importante para la defensa del expresidente Ricardo Martinelli, procesado por los delitos de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad, así como fraude en varias modalidades.

El Amparo presentado por sus abogados ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, pretende quitarle al juez de garantías Jerónimo Mejía, la competencia del caso. Ese mismo día se dará continuidad a la audiencia intermedia contra el expresidente que entra en la fase de acusación.

En audiencia previa del 26 de junio, el juez negó a la defensa el recurso que pretendía extraer de esa jurisdicción el caso de su cliente, alegando que había perdido el cargo de diputado del Parlamento Centroamericano.

En aquella ocasión, el juez dijo: “No puede dejarse, que la voluntad de una persona distorsione el sistema. De ahí que existen límites sustanciales a la pretensión tales como debido proceso, derechos de la víctima, justicia en plazo razonable y derechos de la víctima que impiden que la Corte pierda competencia”. Por lo cual, el magistrado de garantías negó la pretensión declinatoria de competencia solicitada por la defensa y declaró que mantiene, retiene, y no pierde competencia, ni el magistrado ni el Pleno de la Corte por una pérdida del cargo de diputado.

No obstante, la defensa insistió en este recurso. Cuando se admite un Amparo, se hace en sala unitaria. Pero cuando no es así, el ponente debe llevar el proyecto al Pleno para que este tome una decisión. Ayer se conoció que el magistrado Oyden Ortega llevó el Amparo al Pleno. Lo que según fuentes judiciales, es indicativo de que “no estaban admitiendo el amparo, es decir, que esta presentando un proyecto de no admisión”.

Si se toma la decisión de declinar la competencia, debe haber una comunicación inmediata a la audiencia que impartirá el lunes el juez de garantías. Si el lunes no se admite el amparo, “los magistrados no verán el fondo de la competencia, pero si se llega a admitirse, tienen que decidir sobre el fondo de la competencia”, indicó la fuente.

La defensa de Martinelli ha circulado una nota del Parlacen en la que certifica formalmente la renuncia del expresidente a este organismo regional. Lo que pretenden los abogados es que el caso baje al juzgado XVI, Enrique Pérez, quien ya tiene conocimiento del caso de pinchazos que involucra a exdirectores del Consejo de Seguridad, Gustavo Pérez y Alejandro Garúz a espera de audiencia en septiembre próximo.

La defensa de Martinelli alega que el día que presentaron recurso contra el magistrado Mejía para declinar competencia, ninguna de las partes, querellantes o Fiscalía, se opuso a que el caso fuera remitido al juzgado en mención.

Sin embargo, Rosendo Rivera, querellante autónomo expresó a La Estrella de Panamá que el expresidente no puede ser quien escoja a su juzgador. “Martinelli escogió la competencia de su caso al hacerse diputado del Parlacen, no renunció en tiempo oportuno tratando de buscar en la Corte salvación a sus problemas, así que la Corte ejecuta un acto de investigación y debe haber un término para que la persona pueda renunciar a una prerrogativa. No se puede dejar alegremente a una persona la decisión de quién lo juzga, sino que es la ley, no es un derecho del imputado”, dijo el querellante.

 

Adelita Coriat

¿No a la reelección de los diputados?…

A poco menos de dos años de las elecciones generales del 2019, ya la campaña política, nos guste o no, está caliente… Ya pululan los aspirantes a las candidaturas presidenciales, así como a los demás cargos; igualmente, algunos sectores de la población, al menos en las redes sociales, se están activando con miras a dicha campaña. Una de las acciones ciudadanas que ha surgido es un ‘meme’ que dice ‘¿Qué tal si nos vengamos impidiendo que ningún diputado se reelija? #NOALAREELECCIÓN. Publica esto y mira cómo tiembla el diputado de tu circuito. Comienza el juego’. Es la reacción de hartazgo que produce el papel que ha jugado la Asamblea Nacional, sobre todo por la fresa del pastel que la puso la elección de la junta directiva el recién pasado 1 de julio. La ciudadanía tiene la última palabra, tiene los votos, ojalá también el criterio sano para hacer valer el civismo, las decisiones correctas en beneficio de todos y de la Nación.

Redacción La Estrella de Panamá

 

La Asamblea Nacional

La percepción que me queda es que la tragedia de la Asamblea Nacional va más allá de lo que expresan las sucesivas elecciones de su directiva. Quienes afincan la crítica en este aspecto, eluden, con o sin intención, el verdadero problema. Las elecciones de directiva solo reflejan el drama que encuentra origen en un contubernio avalado en la propia Constitución de la República, en las leyes electorales, en la dislocada participación quinquenal del electorado, en el señalamiento incisivo y oportunista de quienes adversan a las fuerzas en el poder, y luego, en la actuación fugaz pero letal de los propios diputados.

Así que juzgarla con objetividad pasa, a mi criterio, por un examen de la legislación que la sustenta y de la forma como actúan quienes la eligen, quienes se valen de ella para sus proyectos y aún más, quienes la combaten. Los titulares de los impresos no varían mucho cada año, porque la Asamblea es la panacea de la maniobra, el escenario donde se nivelan las medidas, buenas o malas, que definen el rumbo que toman ciertos proyectos, el destino de la opinión pública y la suerte del país.

En el fondo se trata de la lucha porque el parlamento tenga un desempeño conformen el sistema democrático que dice representar y por quienes la han convertido en una suerte de caja mágica donde aparece lo inesperado y desaparece lo que se espera, una especie de ardid maléfico donde quienes dicen defenderla, deben poner al descubierto a aquellos que la utilizan para su provecho.

Partamos por señalar que la famosa independencia de esa corporación es una fábula, desde el momento en que su presupuesto de funcionamiento se lo asigna el poder Ejecutivo. ¿Transcurre esta operación sin condiciones? ¿Qué es lo que hace posible que la correlación en el hemiciclo tome un rumbo determinado? Y no se trata de si el diputado se deja o no; más bien se trata de si este puede o no, si tiene la moral y la independencia que le permita actuar según la conciencia colectiva que lo eligió, y no según sus intereses particulares.

El sistema está hecho para que quien quiera conservar su protagonismo político, dependa de esas asignaciones. Y sucede que cada diputado es un político. Por muy sano que sea, una vez el sistema ‘lo atrapa’ no le queda otra que entrar en el juego, y en el camino sacarle provecho. Hacer lo contrario ‘es una tontería, una pérdida de tiempo y de oportunidades’, dicen algunos parlamentarios. Entonces lo lógico es que ‘actuemos en armónica colaboración’. Al final el gran ausente de esa ‘armónica colaboración’ es el electorado, y la definen dos actores: los órganos legislativos y el legislativo.

Esas son, a mi criterio, las condiciones que rodean cada día el actuar de un diputado, y colectivamente la de la Asamblea. Condiciones que dan pie al transfuguismo que muchos critican como si ignoraran las causas que lo generan: no habría transfuguismo sin ofertas y nadie ofertaría si el transfuguismo no tuviera mercado.

El pasado sábado el PRD parece haber intentado sacar a sus diputados de ese círculo, presentando una propuesta opositora tres años después de ser parte de un pacto parlamentario destinado a garantizar la gobernabilidad del país. Dos horas después del discurso del presidente Juan Carlos Varela, Pedro Miguel González, dirigente del PRD ha realizado una rueda de prensa con críticas severas hacia el Gobierno, para que no quede dudas de la orientación opositora que va asumiendo ese colectivo. Creo, sin embargo, que para convencer a la opinión publica, el PRD tendrá que hacer más, mucho más. No basta con asumir un discurso opositor radicalizado. Es de esperar que en adelante el PRD se torne más consultivo y más representativo de la inconforme agenda social que transcurre en el país, para recuperar una credibilidad altamente accidentada desde hace 10 años. Ese es el reto.

Julio Bermúdez Valdés

 

El 10 de mayo, nueva audiencia a Martinelli

El magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Ayú Prado, en funciones de magistrado de garantías en el proceso que se le sigue al expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, por haber expedido más de 355 indultos antes de abandonar el cargo, decidió no archivar el expediente respectivo como pretendía su defensa. A la vez decidió fijar para el miércoles 10 de mayo de 2017, a las 9:00 a.m., la fecha para realizar la audiencia de imputación de cargos al expresidente. La decisión se anunció ayer en la sala de audiencias de la Corte Suprema, después de celebrada la audiencia de control para definir un incidente de objeción presentada por la defensa del exmandatario. Martinelli  quien ostenta la condición de miembro del Parlamento Centroamericano (Parlacen), razón por la cual lo juzga la Corte Suprema de Justicia no acudió a la audiencia. En su momento, la defensa de Martinelli, cuya vocería la lleva el abogado Carlos Carrillo Gomila, pidió la nulidad de la audiencia de imputación en base a que no se tramitó el levantamiento de las prerrogativas de que goza su patrocinado como diputado centroamericano. Así mismo, se violaba el principio constitucional de la doble instancia, es decir, nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva o disciplinaria, argumentaron. Además, cuestionaron que los magistrados que actúan en este proceso han sido los mismos que han ejercido para otras audiencias, lo que significa que han ejercido en dobles funciones. Sin embargo, el magistrado Abel Zamorano, fiscal del proceso, ripostó que los actos asumidos por la defensa del expresidente contradicen lo estipulado en el artículo 3 del Código Procesal Penal, el cual establece que se observarán los principios del debido proceso, contradicción, inmediación, simplificación, eficacia, oralidad, publicidad, concentración, estricta igualdad de las partes, economía procesal, legalidad, constitucionalización del proceso y derecho a la defensa. Además, que todos los argumentos de la defensa ya habían sido discutidos por el pleno de la Corte, cuando fue admitida la denuncia. Por tanto, el fiscal Zamorano solicitó no se tomara en consideración la pretensión de la defensa de Martinelli de archivar el caso, y solicitó que se ordene a la Oficina Judicial que emplee todos los recursos de ley a su disposición, para notificarle que debe estar presente en esta audiencia de imputación.

José Quintero De León