Mejía debe pedir a Interpol la captura de Ricardo Martinelli’

Sobre el magistrado Jerónimo Mejía pesa la decisión de cómo capturar al expresidente Ricardo Martinelli, ahora que se ha ordenado su detención preventiva, tras ser declarado en rebeldía por la Corte Suprema de Justicia, donde se lleva un caso en su contra. Para hacer frente al proceso por espionaje, Martinelli, ausente del país desde febrero, deberá ser extraditado.

Las fórmulas previstas por la ley para hacerle volver al país son varias, pero todas dependen de la decisión que tome Mejía, el magistrado fiscal de garantías en el caso.

Los expertos legales consultados por La Estrella de Panamá destacaron, entre otras, las tres mejores estrategias: invocar el tratado de extradición o el de asistencia legal mutua con Estados Unidos (país en el que se sabe está Martinelli), o pedir la intervención de la Interpol.

El fiscal del caso, Harry Díaz, ha asegurado que Mejía no tiene límite para anunciar su decisión, aunque los querellantes han exigido a la justicia actuar con premura, tomando en cuenta que el proceso es ‘largo'. Que Estados Unidos o la Interpol admitan la petición de Panamá y la ejecuten podría tardar hasta un año.

El presidente del Colegio de Nacional de Abogados, José Alberto Álvarez, sostiene que Mejía no debería decantarse por solo una de las tres opciones, sino decidir ampararse en cualquiera de los dos tratados vigentes con EE.UU. e incluir a la Interpol como un ‘fijo'. ‘Imagínese que Martinelli decide salir de Estados Unidos, ¿qué pasa? Por eso es importante notificar cuanto antes a la Interpol, que opera en 188 países'.

 

Mejía, quien ya recibió la notificación formal de la Oficina Judicial para la detención de Martinelli, podría optar por enviar la solicitud de extradición regular a la Cancillería, para que surta el trámite por la vía diplomática.

El Ministerio de Relaciones Exteriores ha explicado que sólo puede fungir como un conducto por solicitud de la Corte. Éste órgano debería traducir la orden de arresto al inglés y enviarla a la embajada panameña en Washington, el único canal legal para entregarla al Departamento de Estado.

El proceso debe seguir curso por el Departamento de Justicia, cuya oficina de asuntos internacionales decidirá si es válida o no. A este mismo organismo debe llegar la petición, aun si se tramita por el Tratado de Asistencia Legal Mutua, que, según el presidente del CNA, ‘simplifica el proceso'.

El acuerdo, firmado en 1991, permite enviar la solicitud de arresto y extradición al Ministerio de Gobierno, que lo remite directamente a su par, en este caso el Departamento de Justicia. El tratado establece que Estados Unidos podría negarse a arrestar a Martinelli si considera que la petición no está debidamente sustentada, identifica intenciones políticas o cree que se atenta contra sus garantías individuales.

Tanto el tratado de extradición como el de asistencia legal mutua se ejecutan en el estado en donde se presume reside Martinelli (en este caso, Florida, según habría reportado al ingresar a Estados Unidos). Una corte debe decidir si es viable o no la solicitud y pedir a Panamá que la justifique. Martinelli, explican los manuales, tiene derecho a defenderse y sostener por qué no debería ser extraditado. O bien, acceder y simplificar el proceso. Si se acuerda, Panamá y EE.UU. tienen 30 días para la entrega o quedaría en libertad y no podría ser solicitado por el mismo delito.

A esa misma corte debería comparecer Martinelli, si interviene la Interpol, que también exige condiciones: que no se trate de delitos comunes ni persecución política ni racial. La petición se presenta ante la oficina en Panamá, pero delibera y decide la sede mundial, en Francia.

Harry Díaz, el magistrado fiscal del caso, es optimista: ‘el fallo de la Corte que ordena su arresto bastará', dice.

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