Los 11 imputados por el envenenamiento masivo se declararon inocentes
Todo comenzó con la cadena de eventos del mes de octubre del año 2003, con la importación por parte de la empresa Medicom S. A. de bidones supuestamente de glicerina pura de calidad USP -para consumo humano- cumpliendo con una obligación de suministro adquirida con la Caja de Seguro Social.
Así inició el magistrado del Segundo Tribunal Superior Luis Mario Carrasco su intervención de este miércoles 30 de marzo, en la que explicó a los once acusados por qué son vinculados al envenenamiento masivo con la glicerina que resultó ser el mortal dietilenglicol.
Con este argumento, Carrasco entró de lleno a lo que es el juicio por dicho proceso.
El dietilenglicol que Medicom, S.A. entregó a la CSS fue utilizado para la elaboración de productos medicinales: guayacolato y jarabe expectorantes sin azúcar entre otros.
Los medicamentes fueron recetados a los asegurados; así fue como se generó un envenenamiento masivo en la población. La primera muerte se registró el 1 de agosto del año 2006. Al menos 170 personas fallecieron y 8 mil resultaron afectadas.
Carrasco pidió a cada uno de los imputados que se levantara. Ya de pie, leyó -uno por uno- los señalamientos en su contra.
El primero fue Ángel De La Cruz.
"Usted era la persona que de hecho controlaba la empresa o grupo comercial Medicom. Alteró el certificado de análisis del producto referente a la fecha de caducidad y a la presentación del mismo, ya que le producto fue enviado por el proveedor español como TD glicerina 99.5% pero en el certificado utilizado para su introducción a Panamá la referencia del mismo es como glicerina pura calidad USP para consumo humano", le dijo Carrasco.
"El señor De La Cruz fue un gestor material para la importación del producto contaminado y además alteró la fecha de caducidad en el etiquetado nacional, así como el certificado del análisis del producto remitido por la proveedora española", agregó.
Acto seguido, el magistrado le preguntó cómo se declaraba. Este contestó: "Inocente".
Josefa De La Cruz, presidenta y representante legal de Medicom; bajo esa condición firmó documentos para la adquisición de la materia prima que se utilizó para la producción de medicamentos de la CSS. De manera especifica firmó la solicitud de precios con fecha del 12 de julio de 2003, que correspondía a la compra de nueve mil litros de glicerina pura calidad USP, que posteriormente resultó ser dietilenglicol.
Además de lo anterior, durante el tiempo que ocupó la representación legal de Medicom, la misma no contaba con el permiso de la Dirección Nacional de Farmacias y de Drogas del Ministerio de Salud (Minsa). De hecho, ya había sido sancionada por esta omisión.
Llegó la pregunta de Carrasco. Y Josefa De La Cruz también se declaró inocente.
Edward Taylor Jurado era el jefe de laboratorio de control de calidad de la CSS para la época de los hechos .
Contra Taylor pesan el documento de evaluación de insumos fechado el 24 de abril de 2002, en el que se señala que el producto de muestra para criterio técnico presentado por la empresa Medicom cumplía con las especificaciones requeridas.
En ese mismo orden Taylor emitió el informe de control de calidad con fecha del 21 de octubre de 2003, consignando que se realizaron tres pruebas y análisis de la materia prima sobre el lote 0305071601 de glicerina pura correspondiente a la orden de compra 230878, al grupo comercial Medicom, certificando que la misma era satisfactoria con relación alas pruebas realizadas.
También el 28 de abril de 2006, suscribió un informe de calidad aprobando el medicamento expectorante sin azúcar al certificar como superadas las pruebas de gravedad especificas y de pureza realizadas a los mismos.
Este no se encontraba presente por motivos de salud, por los cual el magistrado explicó que se "le consigna una declaratoria de inocencia a su favor".
Ignacio Torres Echeverría fungía como asistente de farmacia en el laboratorio de control de calidad. En conjunto con otros sindicados, fue el encargado de realizar los análisis de la materia prima entregadas por Medicom.
Frente a las imputaciones en su contra el magistrado ponente del juicio le consultó a Echeverría como se declaraba. "Inocente", clamó.
Miguel Algondona era asistente de farmacia. Se le vincula porque realizó las pruebas y análisis de la materia prima para la producción de medicamentos, así como los productos terminados.
El magistrado hizo referencia de que Algondona "mantuvo contacto con el insumo tóxico utilizado para la elaboración de los productos médicos contaminados".
Algondona tampoco asistió a la audiencia por motivos de salud por lo cual el tribunal le consignó una declaratoria de inocencia.
Linda Thomas ocupaba la jefa del laboratorio de producción de medicamentos de la CSS.
Entre los señalamientos en su contra está el informe de recepción que contiene su firma de octubre de 2003, correspondiente a la entregaba de la materia prima por parte de Medicom. Thomas declaró que se encontraba identificada en su certificado de análisis como glicerina pura, calidad USP, a pesar de que la documentación aportada presentaba irregularidades en la rotulación de los bidones y certificado de análisis.
Establecidos dichos comportamientos en el expediente, el magistrado quiso saber cómo se declaraba. Y Thomas dijo que inocente.
René Luciani, Pablo Solís, Nereida Quintero, Marta Sánchez y Teófilo Gateno también clamaron su inocencia.
Luciani era el director de la CSS de la época en que se fabricó y distribuyó el medicamente envenenado.
Solís sirvió como director nacional de Farmacias y Drogas del Minsa, por tanto, mantenía la obligación por ley de garantizar la fármaco-vigilancia para garantizar la calidad, eficacia y seguridad de los medicamentos terminados. En el expediente se acreditó que bajo la dirección de Solís, no se realizaron las evaluaciones en los laboratorios de control de calidad y producción de medicamentos de la CSS.
Quintero fue directora de abasto de la CSS desde el 2 de julio de 2002 hasta el 3 de marzo de 2005. Según la estructura jerárquica interna de la institución le correspondía la supervisión inmediata del laboratorio de producción de medicamentos y del laboratorio de control de calidad.
Sánchez reemplazó a Quintero en el cargo. Se le vincula sobre los mismos términos que a su antecesora en el cargo.
Gateno, como representante legal de las empresas que financiaron las operaciones de Medicom, asumió los costos de embarque, impuestos y demás con relación a la orden de compra 230878, para la entrega de nueve mil litros de glicerina pura con vencimiento de 36 meses, que resultó ser el componente tóxico para los medicamentos elaborados con este producto.