Lo que debe establecer una nueva Constitución

En estos días libres, he tenido la oportunidad, por ejercicio mental de abogado, de hacer una nueva Constitución. Algo que el pueblo reclama con ahínco. He eliminado esa frase lapidaria que dice: “el poder emana del pueblo”, la he cambiado por una democrática que preceptúa: “El poder es del pueblo”, que es muy diferente.

Acto seguido, paso por describir al Órgano Ejecutivo como un mero administrador temporal que deberá administrar y ejecutar las decisiones del pueblo. Y en cuanto a estas decisiones, aprovechando la Ley de Descentralización, que debemos agradecer al actual mandatario y que, aún a pesar de sus falencias, considero es la génesis de una verdadera democracia, establezco, desde ya, la participación ciudadana vinculante en las provincias, distritos y corregimientos, tal y como lo establecieron los verdaderos padres de la patria, y lo que ellos denominaron hace muchos años “cabildo abierto”.

Un asunto interesante es la siguiente enunciación: “La República de Panamá acatará las normas de derecho internacional que no perjudiquen los intereses del pueblo”.

En las Garantías Fundamentales establezco la obligación para los jueces y magistrados de resolver los hábeas corpus en un plazo no mayor de 48 horas. Otro aspecto interesante en este capítulo es establecer responsabilidades al funcionario que emita una orden ilegal o inconstitucional en perjuicio de una persona. En cuanto al tema de ciudadanía o migratorio, introduzco algunas variantes en beneficio de los panameños por nacimiento.

En el Capítulo de Familia declaro que es obligatorio para el Estado velar para hacer efectiva la patria potestad de los padres sobre los hijos menores.

Hay un artículo (58) de la actual Constitución que establece que la unión de personas de distinto sexo por más de cinco años surtirá los efectos de un matrimonio legal. Yo lo uso para igualarlo al que trata con anterioridad de la protección de la familia. Y hablando de menores, considero necesario subir la mayoría de edad a 21 años, como era antes. Pero igual pienso que hay que tomar otras medidas integrales sobre el tema.

El asunto del trabajo digno y equitativo, además del derecho a sindicalización me hizo hacer algunas reformas en este acápite, motivado más bien por la negativa de los últimos gobiernos.

En educación, menciono que esta debe ser el producto de una decisión de los padres, con la ayuda de los maestros y profesores, que los funcionarios deberán acatar. Y con prevalencia de enseñanza de valores morales y éticos. En salud, me preocupa el asunto de la dualidad de funciones, que para mí representa un abuso del erario.

En el agro, nada de importación de alimentos que se produzcan con suficiencia en el país.

Y como es la materia que más me agrada, inserté un artículo que prohíbe a los funcionarios aprobar obras o concesiones que el pueblo determine que afectan su derecho a un ambiente sano.

Lo más importante es quitarle el poder a los partidos y al Presidente. No más subsidios para los partidos y no a la revocatoria de mandato partidaria. Solo habrá tres diputados por provincia y uno por cada comarca; nada de reelección; tendrán 11 meses de trabajo, al igual que todos los panameños, y no más sesiones extraordinarias. Los magistrados, procuradores, el contralor y el fiscal electoral serán escogidos por votación popular, cada 10 años. El Presidente necesitará de la aprobación previa de los procuradores o el contralor para firmar o contratar, con el dinero del erario. No podrá expedir leyes por decreto, esa función es exclusiva de la Asamblea Nacional que el pueblo eligió para tal fin.

La Corte Suprema juzgará al Presidente, vicepresidente, procuradores, contralor, fiscal electoral. No habrá juicios políticos amañados en la Asamblea. Cualquiera que haya sido condenado por algún delito no podrá ser candidato.

En cuanto al Órgano Judicial, el primer deber de un juzgador será velar porque se le haga justicia al afectado. Nada de caer en excesos de formalidades o interpretaciones doctrinales, o encuadramientos a la ley sustantiva. Y lo más importante en cuanto a la Corte es que establezco plazos perentorios para resolver, so pena de sanciones. Ningún proceso durará 10 o 15 años. Eso sí, para hacer efectiva esa rapidez para juzgar, aumento al 5% de los ingresos del Estado que se deberán asignar a la justicia.

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