Entendiendo el proceso contra Ricardo Martinelli (II)

Hay algunos actos en donde el investigado debe estar presente de manera obligatoria.  Sí, cuando, por ejemplo, se le quisiera imputar cargos, si se desea proponer una medida cautelar personal, los de la etapa intermedia.

Código Procesal Penal

Artículo 278.

A las audiencias de control de la aprehensión, de formulación de la imputación, las que versen sobre la nulidad de solicitud, modificación o rechazo o la proposición de medidas cautelares personales y las de la etapa intermedia deberán comparecer el fiscal, el defensor y el imputado o acusado.

¿Qué pasa cuando el investigado requerido no acude a la investigación?

Se le hace comparecer a la fuerza y, mientras tanto, se suspende la prescripción de la acción penal.

Código Procesal Penal

Artículo 158.

La ausencia de la persona imputada no afectará la fase de investigación y quedará suspendida la prescripción de la acción penal hasta que dicha persona sea aprehendida o comparezca.

¿Qué ente puede decretar la detención del expresidente Ricardo Martinelli?

El pleno de la Corte.

Código Procesal Penal

Artículo 490. Medidas cautelares. En la fase de investigación y en la fase de juicio, corresponderá al Pleno de la Corte Suprema de Justicia autorizar la aplicación de toda medida cautelar restrictiva de la libertad del diputado y la que ordene aprehensión o secuestro contra los bienes de estos.

¿Las nulidades y/o objeciones de las partes debían evacuarse antes de la audiencia?

No. Se dirimen en la audiencia, si acuden las partes, por la oralidad.

Código Procesal Penal

Artículo 128. Oralidad. Los actos procesales serán orales. Los asuntos debatidos serán resueltos en la misma audiencia, y los presentes se considerarán notificados por el pronunciamiento oral de la decisión judicial.

¿El juez de garantías, JERÓNIMO MEJÍA, se apegó al derecho en la audiencia?

A mi juicio, sí. Fue inclusive hasta docente, en sus decisiones, como todo un conocedor de la Ley Procesal.

Los comentarios están cerrados.