Russo no se arrepiente de apoyar a Ayú Prado

La magistrada de la Sala Primera de lo Civil, de la Corte Suprema de Justicia, Ángela Russo, intentó ayer justificar su actuación el primer día que le correspondió actuar en la máxima corporación de justicia.

En esa fecha Russo, le dio el voto a su colega José Ayú Prado, lo que le permitió reelegirse como presidente de la Corte Suprema de Justicia por un periodo de dos años más.

Russo conversó ayer con periodistas en un acto en celebración del Día Internacional de la Mujer en el Centro de Rehabilitación Femenino, encuentro en el que dijo que votó por su colega Ayú Prado, porque ha visto en él una persona muy organizada, que además le parece muy trabajadora y sobre todo porque tomó en cuenta la gestión en las administraciones anteriores.

El voto de Russo causó gran sorpresa y disgusto en la sociedad panameña, pues unos días antes grupos organizados, entre ellos abogados, docentes, estudiantes y políticos, habían solicitado la renuncia de los nueve magistrados de la Corte Suprema de Justicia, tras las denuncias por diversos actos de corrupción en el máximo tribunal de la justicia panameña que han sido denunciados por los mismos magistrados en diferentes escenarios.

Russo señaló que su actuación es parte de las funciones propias del cargo que ejerce y que tiene plena conciencia de que no puede quedar bien con todo el mundo al momento que actúa.

‘No puedo estar a la expectativa de lo que piensen las personas de mí, sino que necesito hacer lo que considero correcto para el mejoramiento de la Justicia panameña', agregó.

Permitirán asistencia del público a la audiencia de Guillermo Ferrufino

La audiencia programada para las 9:00 a.m. de este viernes 11 de marzo de 2016 al exministro de Desarrollo Social (Mides), Guillermo Ferrufino, y su esposa Milena Vallarino, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento injustificado, se realizará con la asistencia del público.  

Así lo dio a conocer la Secretaría de Comunicación del Estado, quien informó del reglamento para la audiencia preliminar fijada por el Juzgado Undécimo Penal.  

La asistencia del público se dará acorde a la capacidad del salón de casación Gabriel Fernández del Palacio de Justicia en Ancón.  

La Secretaría de Comunicación del Estado informó que no se permitirán personas de pie, por ello, los primeros que lleguen ocuparan los sitios disponibles. El público será revisado, previo a su ingreso al recinto por personal de seguridad del Órgano Judicial.  

Asimismo, se recomienda "no dialogar, murmurar o dar voces o golpes durante el desarrollo de la audiencia", presidida por el juez Eduardo De La Torre López.  

Los asientos de los medios de comunicación serán asignados por la Secretaría de Comunicación. No se permitirá el ingreso a la sala de audiencias de grabadoras, videofilmadoras, cámaras fotográficas o similares, ni ningún medio tecnológico de reproducción de imágenes o sonido (ipads, tablets, celulares). Solo será permitido el uso de libreta de apuntes.  

Por otro lado, la ubicación de los abogados –defensores como querellantes – será de manera que cada uno ocupe el escritorio correspondiente y su representado estará sentado detrás del mismo.  

Las sesiones serán consecutivas, dentro del día fijado, y podrán extenderse pasadas las 5:00 p.m., indica el boletín.  

Por la misma causa, la fiscal Primera Anticorrupción, Tania Sterling, pidió el llamamiento a juicio para cuatro personas más: Roberto Augusto Delgado Herrera, Miguel Ángel Herrera Marcos, Gastón Enrique Regis Rammos y Martha Elyna Herrera Marcos. La fiscal Sterling solicitó un sobreseimiento provisional a favor de Amnelis Morales de Pastorizo, suegra del exministro.  

Miguel Ángel Herrera y Gastón Regis son los esposos de Sonima e Yvonne Ferrufino Benitez, respectivamente, hermanas del exministro. Martha Herrera Marcos es la suegra de Miguel Ángel Herrera, cuñado de Ferrufino y exfuncionario del Mides. Roberto Delgado Herrera es cuñado de Miguel Ángel Herrera.  

Ferrufino, actualmente bajo detención preventiva, estuvo al frente de la cartera del Mides durante los cinco años de la administración de Ricardo Martinelli. 

La investigación empezó el 20 de noviembre de 2014, cuando la Contraloría General de la República recibió una denuncia  basada en la existencia de bienes que se calcula sobrepasaban lo declarado por el exministro en sus declaraciones patrimoniales rendidas al inicio y término de su gestión.

Querella contra suplente Armando Guerra, en el limbo

Una querella contra Armando Guerra Atencio, suplente del diputado Jorge Alberto Rosas, se suma a cuatro más que han permanecido en un limbo, por las diferencias jurídicas que mantienen la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Tribunal Electoral (TE), con temor a que el delito prescriba el próximo año.

Las querellas tienen en común el posible delito contra la honradez del sufragio. En este sentido, la Corte alega que se trata de un asunto meramente político-electoral, mientras que el regente electoral achaca al Órgano Judicial la materia de juzgamiento por cualquier conducta que emane de un diputado o su suplente, entidad que tiene por mandato constitucional juzgar e investigar los casos.

DECISIÓN OBLIGATORIA

El 29 de diciembre de 2015, la CSJ remitió el expediente al TE arguyendo que se encontraba bajo una situación especial por tratarse de un delito contra la honradez del sufragio, que es de exclusiva jurisdicción electoral.

En su artículo 143, la Constitución Política que configura y ordena los poderes del Estado asigna al TE la competencia privativa en materia penal electoral, se argumenta en el fallo del magistrado Abel Zamorano.

El artículo expresa que él TE tendrá, además de las que le confiere la Ley, las siguientes atribuciones que ejercerá privativamente, excepto las consignadas en los numerales 5, 7 y 10. En el acápite cuarto de dicho artículo, se atribuye la ‘sanción a las faltas y delitos contra la libertad y pureza del sufragio, de conformidad con la Ley, garantizando la doble instancia'.

Por tanto, la Corte alega que corresponde al TE y no al Pleno de este organismo, dirimir en este caso, puesto que la Corte es para ‘juzgar a diputados por delitos comunes y no electorales', se lee en el fallo de Zamorano.

Bajo este panorama, describe el magistrado, estaríamos haciendo uso indiscriminado del poder punitivo del Estado, en perjuicio de un ciudadano contra el cual no existe siquiera una vinculación preliminar en el curso de una investigación penal ordinaria.

‘No se puede esperar que la Corte asuma una investigación penal electoral contra esta persona transgrediendo derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, como la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso que obligan a las autoridades competentes a dirimir ante el juez natural correspondiente', explica Zamorano.

Añade que el solo hecho de que aparezca señalada la figura de un diputado no implica que inmediatamente se deba elevar lo actuado ante la esfera judicial como errónea, y sistemáticamente lo vienen haciendo las autoridades, sin antes corroborar la existencia de aspectos mínimos relevantes, como la competencia de este ente jurisdiccional.

VERSIÓN DEL TE

El regente electoral contradice la postura de la Corte, y le recuerda que ya hay jurisprudencia al respecto.

En el fallo emitido el 17 de febrero pasado, que rubrican los tres magistrados del TE, se plasma la opinión del magistrado Adán Arnulfo Arjona, fechada en junio de 2009, quien dirimió en un proceso penal electoral por la presunta utilización de fondos del Estado asignados a una Junta Comunal en el distrito de Pesé.

En el caso del 2009, Arjona indicaba que sin desconocer la jurisdicción especial electoral, ‘se determina como cuestión excepcional que los diputados, por su condición y jerarquía dentro de la administración pública, serán investigados y procesados por un solo ente que en este caso es el Pleno de la CSJ'.

En la interpretación de Arjona se estampa que el permitir que un ente distinto al que establece la Constitución, que es el Pleno de la Corte, conozca sobre casos concernientes a diputados vulneraría los artículos 155 y 206.

Aunado a esto, expresa Arjona que en la redacción de las normativas se incorporan términos que permiten colegir que se engloban todas las conductas punibles y policivas en que se señale a diputados, incluyendo las electorales.

Con esto el TE deja en claro que la Corte es quien tiene la competencia de asumir estos casos, y que el regulador electoral es quien ‘conocerá de todos los procesos y reclamos electorales, salvo los casos en que la Constitución y leyes especiales dispongan expresamente lo contrario', se lee en el fallo del TE.

LAS OPINIONES

Una no basta, asegura la exmagistrada Aura Emérita Guerra de Villalaz. ‘En principio de precedentes se utilizan tres fallos similares interpretando la misma norma, aplicada a los mismos hechos; debe haber tres fallos para hacer doctrina probable, no definitiva', explica Villalaz.

A su criterio, hay un principio muy claro en este enredo: ‘las decisiones de la Corte son finales y obligatorias, ella decide a quién le corresponde tomar las decisiones. En principio, los diputados son procesados por la Corte. Aunque hay un matiz electoral, éste Órgano puede decidir qué instancia es la competente', expresó.

 

‘Debe haber tres fallos para hacer doctrina probable, no definitiva',–AURA EMÉRITA VILLALAZEXMAGISTRADA DE LA CORTE SUPREMA

¿Qué procederá?, le preguntó este diario. ‘El Tribunal Electoral tiene que acatar lo que dice la Corte', respondió Villalaz, y añadió que sin demeritar la interpretación de Arjona, que actuó como sustanciador en el referido caso, hay que tomar en cuenta la posición del Pleno'.

La polémica ha generado cierta preocupación entre la ciudadanía por la posibilidad de que los delitos permanezcan impunes.

El procurador de la Administración, Rigoberto González Montenegro, coincide en cierta forma con Villalaz.

Expresa, de manera general, que cuando se plantean los conflictos de competencia entre entes de igual jerarquía, donde uno manifiesta que no tiene competencia para conocer los casos, y el otro Tribunal se mantiene en que tampoco es competente, la salida es que el superior jerárquico determine quién tiene la competencia, no obstante en este caso, no existe Tribunal Superior.

En este sentido, según el procurador de la Administración, ‘el TE partió de un supuesto de decir que puede conocer de los delitos electorales siempre y cuando el involucrado no sea juzgado por un ente especial. Pero como la Corte le está ordenando al TE que él es el ente indicado, debe hacerlo. En ese sentido, puede fallar respaldada por cualquier acción futura en el caso. Si se encontrara con algún reclamo por inconstitucionalidad, cuenta con el fallo de la Corte que le mandata y le asigna la competencia para seguir la causa', acota el procurador.

De lo que está consciente González Montenegro es de que ‘no se pueden quedar en la impunidad los casos'.

LA DENUNCIA

El 3 de mayo de 2014, Walter González informó que Armando Guerra se encontraba repartiendo dinero a presuntos votantes para las elecciones generales del 4 de mayo, en el sector de Las Matas, distrito de San Félix.

Según la denuncia, Guerra convocó a deportistas de la comunidad en la mañana del domingo para que abordaran un bus donde se les entregarían $20 con el propósito de que votaran a favor del candidato Jorge Alberto Rosas del Partido Panameñista. Como evidencia mostró una fotografía donde se aprecia a Guerra sacando billetes y entregándolos a las personas.

El denunciante aportó el nombre de ‘Jesús Alexander' como uno de los testigos del hecho, además solicitó que se requiriera al minisúper la grabación de la cámara frontal del 3 de mayo que, se supone, se captaron los hechos.

La Fiscalía Electoral, teniendo en cuenta que se trata de la vinculación de un diputado, remitió el sumario al Fiscal General Electoral, y este mediante Vista Penal, solicitó al Tribunal Electoral un auto inhibitorio para que sea remitido a la Corte.

Abogados no están preparados para el inicio del SPA

El presidente del Colegio de Abogados (CNA), José Alberto Álvarez, advirtió que la falta de dinero para la implementación del Sistema Penal Acusatorio (SPA), no será el único problema que se enfrentará en los próximos meses.

El presidente del CNA, recordó que recientemente preguntó a un abogado ‘experto' en SPA sobre cuántos abogados él consideraba que sabían verdaderamente de SPA. ‘Ni 100' fue la respuesta del abogado cifra que ‘asusto' a Álvarez.

En Panamá hay más de 21,500 abogados y en seis meses el SPA entra a regir en el circuito judicial de Panamá y Colón.

A juicio del presidente del CNA, en el momento que empiece a regir el SPA, ‘aparecerán los ‘todologos', es decir, los expertos en todo, en migración, permisos de trabajo, aviación, marítimo, derecho espacial y demás yerbas aromáticas'.

La consecuencia con la poca preparación de los juristas, dice Álvarez, traerá como ‘consecuencia una ciudadanía desprotegida. ¿Qué pensarán? Que todos los abogados nos promocionamos como expertos en todo'.

El Colegio, con el apoyo de la oficina de Implementación del SPA del Órgano Judicial inició una serie de cursos habilitantes. El segundo comienza el lunes 28 de marzo.

Estos cursos sólo son para 60 abogados. ‘A este ritmo para antes del 2 de septiembre no habremos preparado ni a 360 colegas', asevera el presidente del CNA.

El Órgano Judicial y el Ministerio Público están preparando a sus miembros, el CNA, aunque en poca medida también, pero se desconoce del resto.

Juez declara nulo parte del expediente contra el exministro José Raúl Mulino

El juez quinto penal de Panamá, Enrique Paniza, decretó mediante sentencia del pasado 3 de febrero la nulidad de todo lo actuado a partir de la página 3997 del expediente en el caso que se le sigue al exministro José Raúl Mulino y a su exviceministro Alejandro Garuz, por la compra de los radares a la empresa Selex (presunto peculado).

La fiscal tercera Anticorrupción, Zuleyka Moore, inició el 12 de agosto de 2014 la investigación por el caso de los radares, tras una denuncia recibida. Después de cuatro meses de pesquisas, solicitó al juez quinto penal, Enrique Paniza, una extensión del plazo para proseguir con la instrucción sumarial, que le fue concedida el 20 de enero de 2015 por un término de ocho meses, que venció el 22 de septiembre de 2015.

Según el juez Paniza, “la fiscal de la causa, a sabiendas que el 22 de septiembre de 2015 era el último día de instrucción del sumario, continuó instruyendo el expediente, en abierto desafío a lo que dispone la Ley y en total desacato a la orden vertida por el Tribunal de la causa, procediendo fuera de término a realizar diligencias de instrucción”.

A Mulino le formularon cargos en octubre de 2015 y justamente, el 22 de ese mes, la fiscal inició una serie de diligencias para indagarlo, las cuales terminaron con su detención preventiva el 26 de octubre de 2015.

Entre tanto, Moore había solicitado una nueva prórroga para seguir las investigaciones, pero esta vez Paniza la negó por improcedente, el 28 de octubre de 2015, dos días después de la detención de Mulino. Moore entonces apeló el fallo de Paniza ante el Segundo Tribunal Superior, pero los magistrados confirmaron la decisión del juez, en sentencia del 16 de diciembre de 2015.

Así pues, manteniéndose en firme el plazo concedido por Paniza para concluir las investigaciones, los abogados de Mulino pidieron al juez declarar nulo todo lo actuado después del 22 de septiembre de 2015, es decir, la indagatoria de Mulino, su posterior detención y la vista fiscal en la que Moore había pedido el llamamiento a juicio del exministro y su exviceministro.

LOS ARGUMENTOS DE LA FISCAL MOORE

En consecuencia, el juez Paniza envió a la fiscal Moore la solicitud de nulidad que interpusieron los abogados de Mulino, a fin de que emitiera su opinión. 

De acuerdo con el fallo del juez Paniza, Moore respondió el 25 de enero pasado, alegando que la defensa de Mulino recibió poder para actuar en nombre de su cliente el 9 de noviembre de 2015, y desde ese mismo momento solicitó la práctica de pruebas, “que se extendieron hasta las 11:43 del día 21 de enero de 2016, circunstancia que ameritó el pronunciamiento del despacho [Fiscalía Tercera Anticorrupción], tal como lo exige la Ley”.

En otras palabras, Moore no se explica por qué ahora la defensa de Mulino pretende la nulidad de todo lo actuado después del 22 de septiembre de 2015, cuando sus abogados estuvieron solicitando después de esa fecha la práctica de pruebas a favor de su cliente. Ellos, añade la fiscal, tenían una copia íntegra del expediente, “de modo que se conocía el plazo dispuesto por el Tribunal en cuanto a la prórroga de la instrucción sumarial concedida” por Paniza, indica el fallo.

Moore también se quejó en su respuesta a Paniza de que la defensa de Mulino era consciente del término que había dispuesto para que el expediente se remitiera al juzgado el 22 de septiembre de 2015, pero “jamás emitió solicitud alguna” para que se concluyera lo investigado y que el expediente se enviara al juez de la causa. “Por el contrario –reveló–, apremiaron hasta el último momento en el que el expediente estuvo en la Fiscalía, anunciando sendos escritos en los que pedían la práctica de pruebas”.

El fallo de Paniza indica que la fiscal, además, le solicitó tener en consideración el principio procesal de lealtad y buena fe, enunciado en el artículo 18 del Código Procesal Penal, el cual “implica que las partes procedan de buena fe y se abstengan de utilizar medios fraudulentos”, lo cual es aplicable a este caso, según la fiscal, ya que los abogados de Mulino, “en lugar de cuestionar en su momento lo que consideraba era incorrecto, continuó aduciendo pruebas que fueron objeto de pronunciamiento por la suscrita, permitiendo con ello que se extendiera aún más la investigación”, hecho este que pretenden utilizar para posibilitar la anulación parcial del expediente, y “ensayando con ello manipular la administración de justicia”, subrayó Moore.

A su juicio, la investigación en este caso “se ha hecho conforme al cumplimiento de las garantías y principios, reglas que rigen el procedimiento penal, sin soslayar las normas de ética judicial que, por convicción, se cumplieron”.

Incluso, sostuvo la fiscal en su respuesta al juzgado, los abogados de Mulino llegaron a pedir una medida cautelar distinta a la detención preventiva para su cliente después de que había concluido el término de ocho meses de prórroga de la investigación.

Pero esto lo justificó Paniza, alegando que la fiscalía, al continuar ejerciendo la acción penal después de la prórroga de ocho meses, “las actuaciones en el período subsiguiente por parte de la defensa se encuentran encaminadas a ejercer el derecho de defensa y de igualdad procesal de las partes que tiene todo imputado en un proceso penal”.

LA SENTENCIA

Paniza, en su fallo, concluye que “las actuaciones que corren en el proceso penal bajo examen, a partir de la foja 3997, son nulas ya que se hicieron en contravención del trámite legal correspondiente, al instruirse dichas investigaciones fuera del tiempo otorgado al despacho instructor para que culminara la instrucción sumarial y remitiera dicho cuaderno penal con la respectiva vista fiscal”.

Es por ello que “reconoce la existencia de nulidad procesal relativa en el presente proceso, en consecuencia, se procederá conforme a derecho a decretar la nulidad de lo actuado, ante la existencia de una infracción a una garantía constitucional fundamental, como lo es el debido proceso”.

REACCIONES

El abogado penalista Samuel Quintero destacó que en realidad los juzgados en toda la República de Panamá no son dados a decretar una nulidad por el vencimiento del término de investigación.

Explicó que, precisamente, existe un catálogo de nulidades y pudiesen decretar la nulidad si hubiese una afectación de un derecho constitucional que causara perjuicios (ver recuadro: Causales de nulidad en un proceso penal).

“Allí no hubo afectación de los derechos constitucionales ni se causó ningún tipo de perjuicio, y es extraño, porque hay otras causales de nulidad y los juzgados no lo reconocen y en esta ocasión de manera gratuita pareciera que sí”, dijo.

“Esa nulidad no está en el catálogo y si no lo está, debió demostrarse un perjuicio a través de la actuación de la fiscal y eso no se encuentra demostrado”, argumentó.

A su turno, Alvin Weeden, abogado y excontralor, expresó: “a mí me sorprende mucho la decisión del juez y primera vez que escucho semejante decisión. Es sumamente extraño y no le encuentro ni pies ni cabeza”.

Consideró que el vencimiento del término, “si bien el Código Procesal Penal establece un periodo de investigación, no se puede entender que genera nulidades, y eso no se encuentra dentro de las normas y las nulidades no se pueden inventar… No tengo la menor duda de que la fiscal va a oponerse y el Segundo Tribunal Superior va a revocar semejante desfachatez jurídica”.

Luis Carlos Gómez, uno de los abogados de Mulino, dijo a este diario que la nulidad de lo actuado por la fiscal se debe al vencimiento del término, ya que la fiscal tenía hasta el 22 de septiembre de 2015 para investigar y remitir la vista fiscal al juez.

“La fiscal no hizo eso, se quedó con el expediente y en el mes de octubre ordenó la indagatoria, imputó los cargos al señor Mulino y le ordenó también la detención preventiva, y una serie de pruebas y [por eso] el juzgado le decretó nula toda esas actuaciones”, sostuvo el abogado.

Gómez explicó que “ahora Mulino no tiene cargos como imputado”. Añadió que esperará la decisión de la fiscal sobre ejercer su derecho a apelar las dos resoluciones del juez quinto penal, referente a la nulidad y al cambio de medida cautelar de Mulino.

El Ministerio Público, a su vez, anunció que la Fiscalía Tercera Anticorrupción dispone de dos días hábiles, a partir de hoy, martes, para presentar su respuesta ante el fallo emitido por el juez Enrique Paniza, lo que implicaría apelar ante el Segundo Tribunal Superior.

Arrecia polémica entre Corte y TE

La posición de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de inhibirse en ver los expedientes de los diputados abrió un nuevo debate legal. La Corte deja establecido que debe ser el Tribunal Electoral (TE), la instancia en la que se deben ventilar los casos de los delitos electorales. Sostiene su decisión en que él TE mantiene competencia por los delitos comunes o faltas de policías.

La Corte reaccionó de esta forma después Él TE le remitió, los expedientes de las sumarias por la posible comisión de delito electoral contra la honradez del sufragio, por el uso ilegítimo de bienes y recursos del Estado contra miembros de la Asamblea Nacional.

Los magistrados del TE Erasmo Pinilla, Eduardo Valdés Escoffery y Heriberto Araúz en la resolución señalaron que se abstienen de ver la denuncia contra diputado Miguel Fanovich. Plantean que la posición de la Corte implica que él TE y la Fiscalía Electoral serían competentes también, privativamente, para investigar y juzgar por delitos o faltas electorales y administrativas.

En ese grupo que podrían ser investigados y juzgados por él TE y la Fiscalía Electoral están los magistrados de la Corte, el presidente de la República , Procurador de la Nación, Administración, Contralor de la República y demás funcionarios que, por mandato constitucional y legal, le corresponde a la Corte o a la Asamblea, según sea el caso.

Ernesto Cedeño, concuerda con el salvamento de voto de Jerónimo Mejía que establecía que la Corte es el ente competente para darle trámite a las denuncias de los miembros de la Asamblea Nacional.

Sin embargo, el pleno de la Corte interpretó que es él TE el ente debe juzgar por los delitos electorales y ‘hay que honrar ese criterio', aseguró Cedeño.

Siguiendo la decisión de la Corte explica Cedeño será él TE el que podrá procesar por delitos electorales a los funcionarios mencionados por los magistrados del TE.

Agrega el jurista que el ‘TE debe jugar su papel sin más dilación, y proceder conforme lo ha declarado la Corte, toda vez que las decisiones de la Corte son finales, definitivas y obligatorias'.

El abogado Javier Ordinola asegura que se cae de su peso que le compete investigar a un diputado, sea la materia que sea, es a los magistrados de la Corte.

Ordinola, analiza con pinzas la decisión de la Corte en inhibirse de ver las denuncias de los magistrados, 'porque interpretar de que se trata de un delito electoral y que la competencia y jurisdicción por mandato constitucional la tiene el Tribunal Electoral es desconocer otros preceptos constitucionales que dicen que a los diputados lo investiga los magistrados de la Corte'.

‘Puede haber una especie de limbo jurídico', advierte Ordinola, quien presentó varias de las denuncias l que concluyeron con la anulación de las elecciones.

El temor para los conocedores de las leyes es que mientras no se defina a quien le corresponde procesar a los diputados, los delitos electorales podrían prescribir. La corte se inhibió de ver las denuncias contra los diputados Héctor Aparicio y a su suplente, Manuel Aizpurúa. Misma suerte ha tenido Fanovich y Armando Guerra, suplente del oficialista Jorge Alberto Rosas.

Piden condena por caso Pegasus

Víctimas de los pinchazos y activistas de derechos humanos pidieron la pronta condena del exmandatario Ricardo Martinelli y de los otros señalados en el caso de los pinchazos; esto, luego de que el Ministerio Público (MP) descubriera que el sistema de espionaje Pegasus funcionaba en una oficina de Gabriel 'Gaby' Btesh, miembro del “círculo cero del exgobernante”.

 “El único jefe del Consejo de Seguridad Nacional (CSN) era Martinelli y tiene que responder cómo una máquina que fue comprada para el Consejo estaba en manos de particulares”, señaló la perredista Balbina Herrera, víctima de los pinchazos telefónicos.

Carlos Herrera Morán, abogado de varias víctimas de las escuchas, indicó que Btesh también debe responder penalmente por la violación a la intimidad de cientos de personas.

Roberto Troncoso, activista de los derechos humanos, apuntó que el hecho de que muchos de los señalados no enfrenten el proceso y hayan desaparecido la máquina pinchadora, significa que estamos ante una violación gravísima de derechos humanos.

Martinelli enfrenta un proceso en la Corte por los pinchazos, mientras que en la esfera ordinaria irán a juicio en abril próximo los exjefes del CSN Gustavo Pérez Alejandro Garuz. 

 

VÍCTIMAS EXIGEN JUSTICIA Y CASTIGO

Agilizar los procesos que sigue la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Ministerio Público (MP) por los pinchazos y castigar a los que resulten culpables, exigieron a las autoridades las víctimas de las escuchas y activistas de derechos humanos.

Los señalamientos se dieron ayer, luego de que este diario revelara parte de las pesquisas que adelanta el MP sobre el sistema de espionaje Pegasus, que compró en 2012 el gobierno de Ricardo Martinelli por $8 millones a la empresa israelí NSO Group Technologies para el Consejo de Seguridad Nacional (CSN).

Las investigaciones arrojaron que la máquina espía operó por última vez el 16 de mayo de 2014 –12 días después de las elecciones generales–, en el piso 6 del P.H. Oceanía Business Plaza Torre 3000, inmueble cuyo propietario es la sociedad Oceanía T3000, de Gabriel Gaby Btesh, miembro del “círculo cero” del expresidente Martinelli.

PIDEN IMPUTAR A BTESH

Carlos Herrera Morán, abogado de varias víctimas de los pinchazos en el proceso que se le sigue a Martinelli en la CSJ, señaló que el hecho de que la máquina funcionara desde una oficina de una persona que pertenece a los círculos empresariales y a los círculos que hicieron negocios millonarios con el exmandatario constituye un grave delito.

“Allí estamos en presencia de lo que el Código Penal denomina delito de peculado por extensión, porque si bien es cierto Btesh no tiene la condición de funcionario, la máquina y la propiedad de ese equipo era del Estado panameño”, sostuvo.

Según Herrera Morán, Btesh también tendría que responder penalmente por las personas a las que le violaron su intimidad y sus derechos humanos con escuchas y espionaje a través de Pegasus.

Opinó que el hecho de que el equipo estaba en poder de particulares es “muy grave” y amerita que desde ya, por razones de oficio, tomando como notitia criminis esa información, se ordene procesalmente la detención preventiva de quienes participaron de una u otra manera en las escuchas. 

Btesh sigue en paradero desconocido desde hace varios meses, por lo que no pudo ser contactado por este diario para que respondiera por estos señalamientos.

En tanto, la dirigente perredista Balbina Herrera manifestó que ya es hora de que el expresidente Martinelli sea traído a Panamá para enfrentar el proceso en la Corte.

“Nos tenemos que ir al tronco del problema y eso es que venga Martinelli a decir por qué una máquina que compró el Estado panameño estaba en una oficina privada. Él es quien tiene que respondernos”, dijo la excandidata presidencial.

En ese mismo sentido, el abogado Rosendo Rivera, querellante en el proceso de los pinchazos en la CSJ, indicó que es importante que Martinelli venga a enfrentar la justicia y que señale a las otras personas que participaron en la violación de la intimidad de cientos de panameños.

“Hay muchos más elementos que escarbar en estas investigaciones de las máquinas pinchadoras y no solamente se debe sancionar al señor Ricardo Martinelli; hay muchas otras personas que están pasando agachados”, dijo.

Roberto Troncoso, activista de la sociedad civil y de los derechos humanos, opinó que lo importante, además de recuperar la máquina, es llamar a declarar a  

todas las personas que han surgido en las investigaciones judiciales.

Advirtió que el hecho de que muchos de los señalados en los procesos estén prófugos y fuera del país, y además de que la máquina fue desaparecida, lleva a la conclusión de que “este fue un tema gravísimo, de [violación] derechos humanos y de la dignidad de la propia persona afectada”. 

Troncoso pidió que se haga justicia con las víctimas.

Mientras tanto, en los sectores políticos también hubo reacciones. El diputado panameñista José Luis Varela, quien también fue víctima de las escuchas, 

advirtió que estas investigaciones deben llegar hasta las últimas consecuencias.

“El daño que se le hizo al país interviniendo la vida privada de políticos, empresarios y miembros de la sociedad civil es algo que nunca más debe pasar en este país. A mí no me extraña para nada que la máquina haya estado en un local de Ricardo Martinelli o personas allegadas a él”, manifestó el diputado. 

En tanto, la diputada independiente Ana Matilde Gómez indicó que es un reto para el Ministerio Público que el sistema Pegasus aparezca, porque no es una investigación que pueda hacer un fiscal solo, sin el apoyo técnico de toda la logística que implica poder hacer las interceptaciones, que no las hace dicha institución.

“Es muy difícil que nos convenzan de que no tenemos la capacidad de saber dónde está la máquina pinchadora”, dijo la diputada en TVN.

Indicó que hay causal suficiente con los hechos encontrados por el MP para imputar cargos a Btesh.

ACUMULAN CASOS

Sobre el estatus del caso Pegasus en el MP, se conoció que el fiscal sexto Anticorrupción, Aurelio Vásquez, pidió autorización al Órgano Judicial para fusionar en un solo expediente la investigación de oficio que se abrió en julio pasado tras publicaciones de este medio y las que se iniciaron a partir de la querella que interpuso en agosto pasado el jefe del CSN, Rolando López, por la supuesta desaparición y compra del sistema espía.

La querella de López fue contra los ex secretarios ejecutivos del CSN Julio Moltó, Gustavo Pérez y Alejandro Garuz.

Moltó fue jefe del Consejo de Seguridad Nacional entre julio de 2010 y marzo de 2012, pero no fue sino hasta julio de 2012 cuando Gustavo Pérez, quien relevó a Moltó en el cargo, recibió Pegasus y firmó la certificación de usuario final del sistema, como secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional. La firma fue el 3 de julio de 2012, según documentación a la que tuvo acceso este medio.

En tanto, Alejandro Garuz, quien sucedió a Pérez en septiembre de 2012 como secretario ejecutivo del Consejo, aparentemente no hizo ningún registro de la máquina pinchadora comprada a NSO Group como parte del patrimonio estatal.

Pérez y Garuz están detenidos desde enero de 2015 y fueron llamados a juicio para el 11 de abril próximo como parte de la investigación sobre las escuchas. 

Además de Pegasus, el gobierno de Martinelli habría comprado en 2010, a la también israelí M.L.M. Protection, un equipo espía por $13.4 millones a través del extinto Programa de Ayuda Nacional. Asimismo, habría contratado servicios de espionaje a la italiana Hacking Team.

Asamblea posterga discusión de reforma al Código Electoral

La comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional acordó postergar la discusión del proyecto de ley que reforma el Código Electoral. Es probable que el debate se retome este jueves.

La decisión se tomó luego que las bancadas legislativas solicitaron más tiempo para conocer a fondo el texto del proyecto que consta de 146 artículos.

La semana pasada la comisión  presidida por el diputado del Partido Revolucionario Democrático, Pedro Miguel González, no pudo sesionar por la falta quórum o inasistencia de los diputados.

El anuncio lo hizo, el presidente González, quien aseguró que recibió la solicitud de parte de los jefes de las bancadas. Queda pendiente además definir si el proyecto, se debatirá en bloques como propuso el mismo González para agilizar la discusión.

Procurador: Corte Suprema debe investigar a diputados

El procurador de la Administración, Rigoberto González, opinó que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) es la entidad competente para investigar a diputados de la Asamblea Nacional y así lo establece claramente la Constitución. 

El procurador declaró en medio de la controversia entre la CSJ y el Tribunal Electoral (TE) por la competencia para investigar a los diputados.

Por un lado, la Corte ha decidido no investigar a los diputados denunciados por delitos electorales, señalando que son casos que le corresponden al TE, debido a que se trata de materia electoral. Por el otro, el TE mantiene su posición de que es la Corte la encargada de investigar a los diputados.

En este escenario, al menos cuatro casos relacionados con faltas electorales en los que se vincula a diputados están en el limbo.

Según González, lo sucedido dibuja claramente un “conflicto de competencia”. Explicó que la Constitución dispone que la CSJ es la entidad que debe conocer las causas a los diputados, sin hacer distinción en el tipo de delito.

Asimismo, precisó que la carta magna establece que nadie puede ser juzgado sino por una autoridad competente y en el caso de los diputados se señala taxativamente a la Corte Suprema de Justicia.

“Lo que hay que tener presente es cuidar de no incurrir en una nulidad de aquellas [causas] que se producen cuando una persona es juzgada por un tribunal no competente para conocer de la causa”, indicó.

Como se dijo, cuatro expedientes de diputados –dos principales y dos suplentes– están congelados, debido a que ambas entidades aseguran que no tienen competencia para investigar.

Estos procesos son el resultado de investigaciones iniciadas a partir de mayo de 2015, cuando el TE envió a la Corte copias autenticadas de los fallos que dictó por el uso de recursos del Estado en la campaña electoral de 2014.

El TE ha devuelto a la CSJ todos los expedientes que esta le ha regresado.

Sociedad civil pide respetar proyecto de reformas al Código Electoral

Representantes de organismos de la sociedad civil que integran la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) pidieron ayer a los diputados de la Asamblea Nacional y a la dirigencia de los partidos políticos no alterar el espíritu del proyecto de  reformas electorales al Código Electoral, cuya discusión en primer debate comenzará mañana en la comisión de Gobierno.

La discusión de la propuesta entró en un impasse, debido a que las bancadas legislativas pidieron más tiempo para discutir el  

documento.

Roberto Troncoso, representante del sector empresarial en la CNRE, aunque reconoció y dijo compartir las preocupaciones de los medios de comunicación en cuanto a los controles que tendría el Tribunal Electoral sobre la propaganda pagada con el financiamiento público, sostuvo que hay otros temas en materia de transparencia, topes de gastos y equidad que se deben respetar.

“Sabemos que los diputados respaldan al menos un 85% del contenido de las reformas. Esperamos que se mantenga el espíritu de la propuesta y salgamos de esta discusión lo antes posible”, indicó.

Manifestó que si existe alguna duda en cuanto a la propuesta que fija un tope de gastos al financiamiento privado, “deben aprender a vivir con el financiamiento público y olvidarse del financiamiento privado, que ha corroído la perfección de la democracia”.

En tanto, Freddy Pittí, del Foro Ciudadano pro Reformas Electorales, precisó que los representantes de cada partido en la CNRE cinco en total debieron informar a sus bancadas sobre el avance en la discusión del proyecto.

“Esperamos que se respeten los logros obtenidos, como la disminución de adherentes para crear nuevos partidos políticos y los topes al financiamiento privado para evitar la incursión de dinero del crimen organizado en la política”, señaló.