Diputados sesionarán hasta el miércoles

La Asamblea Nacional sesionará hasta el miércoles de la próxima semana, según se informó ayer a los diputados.

Por efectos de la Semana Santa, los diputados, no laborarán el jueves ni el Viernes Santo.

No habrá sesión plenaria para esa fecha y tampoco, hay convocadas reuniones de las comisiones permanentes.

Los diputados suspenderán todas las actividades inherentes al Órgano Legsilativo el Miércoles Santo en horas del mediodía.

Según se informó a los diputados, las actividades de la Asamblea Nacional, se reiniciarán el lunes 28 de marzo en horas del mediodía, Los funcionarios tendrán de la institución tendrán que reincorporarse a sus labores habituales en horas de la mañana de la misma fecha.

Siete expedientes comprometen aún a José Ayú Prado

Las noches de pesadilla para el magistrado José Ayú Prado aún no acaban. Aunque este miércoles, de un solo golpe, se libró de un juicio público con el archivo de ocho denuncias del juez Juan Antonio Ibarra, el presidente de la Corte Suprema de Justicia mantiene pendientes otros siete casos, de distintos querellantes, que no han sido analizadas.

Entre los delitos que se le achacan, abuso de autoridad, contra la administración pública, corrupción de servidores públicos, usurpación de funciones y otros actos violtarios a la Constitución y diversas leyes.

Para su suerte, el presidente de la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, el panameñista Jorge Iván Arrocha, no ha definido todavía una fecha cercana para ventilar la admisión o no de los procesos.

Los procesos entraron entre febrero de 2014 y marzo de este año, pero se han quedado ‘congelados'.

CASO 'LA TAQUILLA'

Entre los casos contra Ayú Prado está la querella penal, interpuesta por la abogada Celma Moncada, por la comisión del delito de abuso de autoridad al entrometerse en asuntos que corresponden al Ministerio Público.

La denuncia fue presentada el 25 de febrero de 2016 ante la Secretaría General de la Asamblea. En la Comisión de Credenciales es el expediente 217, que ingresó a su análisis el 1 de marzo.

El tema está vinculado con la presunta red de corrupción detectada en el Órgano Judicial denominada, que fue desmantelada en noviembre del año pasado, dando con la aprehensión de 10 funcionarios y particulares.

Según Moncada, Ayú Prado, en calidad de presidente de la Corte, envió una nota el 4 de febrero al fiscal sexto Anticorrupción, Aurelio Vásquez, para ‘ordenarle' que no permitiera a ninguno de los investigados recurrir a tribunales superiores o juzgados, lo que coartaba el derecho a su defensa.

El punto es que como magistrado no puede ordenar al fiscal, porque son dos jurisdicciones separadas.

Moncada dijo a La Estrella de Panamá que en su denuncia sí están incorporadas las dos pruebas de las actuaciones de Ayú Prado y no hay manera de que sea archivada por los diputados. Adjuntó la carta de respuesta del fiscal al magistrado.

‘En el documento aparece la firma del magistrado con sello; él no va negar que es su firma', adujo la abogada.

CASO ‘HACKEO'

Dos años en manos de los diputados tiene ya la denuncia penal interpuesta por el sindicalista Mariano Mena, exsecretario general de la Central General de Trabajadores de Panamá, quien acusó a Ayú Prado por los delitos de abuso de autoridad y contra la fe pública en perjuicio de la administración pública, tras haber ordenado la destrucción de documentos e información de direcciones electrónicas relacionadas con el expresidente Ricardo Martinelli y el exministro Demetrio Papadimitriu.

La denuncia fue presentada a finales de 2012. En la Comisión de Credenciales es el expediente 169, que ingresó el 19 de febrero de 2014.

El 23 de agosto de 2011, Ayú Prado, en su calidad de procurador general de la Nación, había enviado una solicitud a la Sala Penal de la Corte para que autorizara la destrucción de información que había sido clasificada como de ‘acceso restringido'.

La Sala Penal emitió el 7 de septiembre de 2011 una resolución rechazando de plano la solicitud.

Y aunque Ayú Prado se notificó de la decisión de esa instancia, dos días después, el 9 de septiembre, a las 9:30 de la mañana, ese mismo día, emitió una providencia mediante la cual disponía de la destrucción del material.

Mena, en marzo del año pasado, pidió públicamente celeridad para atender la denuncia, pese a que dudó del trámite legislativo por el sistema de ‘encubrimiento' entre magistrados y diputados.

Sobre ese caso, la diputada Zulay Rodríguez entregó un informe el 27 de enero de este año en el que pide juicio público contra el presidente de la Corte, pero la Comisión no ha deliberado ese punto.

El dirigente afirmó ayer que presentaron todas las pruebas y sería ‘frustrante' que la Asamblea desestimara la denuncia.

‘Aportamos la documentación que lo demuestra… Ayú Prado destruyó las pruebas días después de haberse notificado', remarcó Mena.

CASO VIAJES

Otro caso compliado es la denuncia penal, presentada el 27 de enero de 2015, por la Alianza Ciudadana Pro Justicia, contra Ayú Prado, sus colegas Luis Ramón Fábrega y Hernán De León, por delitos contra la administración pública, en la modalidad de diferentes formas de peculado, referente a irregularidades en viajes y viáticos cobrados por los magistrados en una misma fecha en lugares diferentes.

En la Comisión de Credenciales es la denuncia 214, que ingresó al análisis el mismo día de su presentación.

El informe de la Secretaría de la Corte, adjuntado como prueba autenticada y notariada, destaca que Ayú Prado viajó a México del 17 al 19 de junio de 2015 y curiosamente estuvo en Costa Rica del 18 al 20 del mismo mes.

Según Carlos Lee, uno de los abogados denunciantes, adjuntaron cinco pruebas de los documentos oficiales. ‘Por lo menos no podrán desestimar la denuncia por falta de pruebas', estimó.

En las ocho denuncias del juez Ibarra, los diputados alegaron la inexistencia de ‘elementos de convicción' para sustentar los hechos.

El periodo de Ayú Prado inició el 2 de enero de 2013 y termina en diciembre de 2023.

Magistrado Mejía guarda silencio sobre extradición de Ricardo Martinelli

Cinco días después de que el magistrado Jerónimo Mejía juez de garantías en el caso de los pinchazos anunciara que activó los trámites para la extradición del expresidente Ricardo Martinelli por este caso, el hermetismo que guarda es total y ello ha provocado serios cuestionamientos de la sociedad civil.

Mejía no ha contestado llamadas a su celular ni mensajes que le ha dejado este diario para conocer cuáles han sido las acciones legales que ha tomado en este proceso, en el que se acusa a Martinelli de la supuesta comisión de delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad.

También se consultó con la Secretaría de Comunicación del Órgano Judicial y la encargada, Gloria Leiva, informó que no podía dar información al respecto.

El silencio del magistrado creó más incertidumbre, cuando la Cancillería informó este miércoles en la tarde que no ha recibido la solicitud de extradición. Al mismo tiempo, el director de la Policía Nacional, Omar Pinzón, confirmó que si bien Mejía le remitió una nota para detener a Martinelli en Panamá, no envió una petición de captura a Interpol, acto que todavía debe concretar.

Carlos Lee, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, dijo que ante la especulación que existe por la falta de claridad e información de Mejía, es recomendable que la Corte Suprema de Justicia diga cuáles han sido sus acciones en el caso. 

EXIGEN INFORMACIÓN SOBRE DECISIONES DE MEJÍA

El silencio total del magistrado Jerónimo Mejía –juez de garantías en el proceso que se le sigue en la Corte Suprema de Justicia al expresidente Ricardo Martinelli por los pinchazos– tiene confundidas a las víctimas y a dirigentes de la sociedad civil, quienes exigen conocer cuáles han sido sus últimas actuaciones relacionadas con este proceso.

“El hecho de que se haya dado una orden a la Policía Nacional, en lo personal no sé si es una orden para lo interno o una orden para que se proceda a través de Interpol, porque en este sentido la Corte ha sido muy parca y no ha dado mayor información”, sostuvo Mitchell Doens, dirigente perredista y víctima de los pinchazos al explicar la confusión que hay en el ambiente generada por el “hermetismo” de Mejía.

Según Doens, este asunto no debe manejarse con tanto “misterio”. “Si es una orden para la Interpol, que se diga, porque ese es un documento público”, acotó.

Advirtió que también hay desinformación de la Corte en cuanto a si se tramitó o no un pedido de extradición a través de la Cancillería.

Denunció que el “hermetismo” que rodea los últimos hechos generan “suspicacias”.

En relación con la extradición, Carlos Herrera Morán, defensor legal del dirigente médico Mauro Zúñiga, quien también es víctima en el proceso, respondió: “queremos pensar que es un problema de valija, porque el Órgano Judicial dice que sí la enviaron y que la enviaron por valija, y debemos pensar que es la mensajería que ha tenido algo de demora”.

Herrera Morán informó que en la tarde de ayer, la Cancillería le comunicó que no había recibido ninguna orden de extradición de Martinelli.

Indicó que lo que sí se confirmó es que la Policía Nacional recibió un pedido para detener a Martinelli en el territorio nacional, pero no se conoce si se hizo igual pedido a Interpol.

Sobre la petición a la Policía Nacional, el director de esa entidad, Omar Pinzón, informó este miércoles en la tarde que remitió una carta a Mejía, en la que le contestó que el expresidente no fue localizado ni en su domicilio ni en su empresa en Panamá.

Pinzón explicó que la carta de Mejía pedía que la Policía localizara en Panamá a Martinelli, con fines de arresto. Precisó que la carta no incluyó ningún pedido a Interpol para localizar y arrestar a Martinelli en el extranjero.

SOCIEDAD CIVIL EXIGE CLARIDAD A LA CORTE

El vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, aseguró que la Corte Suprema de Justicia tiene la responsabilidad de actuar con agilidad en los procesos, aunque admitió que en algunos casos se registran retrasos debido a la burocracia judicial.

Precisó que el Gobierno puede recurrir a la política internacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, para encontrar mecanismos menos burocráticos que puedan concluir con la comparecencia de Martinelli en este proceso.

También, señaló que Panamá puede invocar convenios internacionales que ha suscrito para combatir la corrupción, en los que otros países se han comprometido a ayudar para dar información y agilizar los procesos.

Maribel Jaén, de la Comisión de Justicia y Paz, destacó que la base de las instituciones y la confianza que tienen los ciudadanos requiere de transparencia, por lo que los ciudadanos tienen el derecho de conocer el proceso y saber cómo se está desarrollando.

“Ese es un derecho que tenemos los ciudadanos, quienes hemos delegado nuestra representación en autoridades y demandamos que cumplan con lo que establece la ley”, sostuvo la dirigente de la sociedad civil al referirse al hermetismo en el proceso de los pinchazos telefónicos.

Indicó que la estrategia de comunicación por parte de las autoridades no es clara, en este caso la Corte Suprema de Justicia, “lo que genera es suspicacia y por supuesto eso profundiza más la crisis de institucionalidad que hay en este país”.

Carlos Lee, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, sostuvo que ante las especulaciones que han surgido por la falta de claridad, sería recomendable que el Órgano Judicial divulgue, a través de la oficina de prensa, un comunicado en el que Mejía explique al país cuál es la decisión que tomó para ejecutar la orden que el pleno de la Corte Suprema de Justicia le dio para detener provisionalmente al expresidente Ricardo Martinelli, a fin de que responda ante la justicia por los pinchazos telefónicos que supuestamente se realizaron en su administración a través del Consejo de Seguridad Nacional.

Credenciales archiva ocho denuncias contra Ayú Prado

Cuatro horas, alargadas por los recesos y algunos altercados, fueron suficientes para que los diputados descartaran ocho denuncias contra el magistrado José Ayú Prado, reelecto presidente de la Corte Suprema de Justicia y acusado de abuso de poder.

Los ocho casos, que presentó entre 2014 y 2015 el juez suspendido Juan Domingo Ibarra, a través de sus abogados David Sittón Burgos y Euclides Castillo, fueron acumulados en un solo expediente y este miércoles fueron archivados por la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, alegando falta de pruebas, bajo la figura denominada ‘elementos de convicción'.

En ese punto, los diputados se basaron en el Código Procesal Penal (modificado con la Ley 55 de 2012) que no habla de pruebas sumarias, pero exige al denunciante o querellante elementos de convicción suficientes e idóneos para acreditar la comisión del delito.

El juez acusó a Ayú Prado de delitos contra la administración pública, por ordenar un proceso en su contra, por persecución y por influir en sus superiores para que lo despidieran.

‘Al analizar las denuncias y querellas presentadas contra el magistrado Ayú Prado… los comisionados nos percatamos de que los letrados en referencia no aducen prueba alguna y al contrario solicitan a esta Comisión la práctica de las mismas… ‘, señala la resolución legislativa que archiva los procesos.

Además, el documento agrega que en la etapa de admisión de denuncias, para pasar al proceso judicial, no corresponde la función judicial de solicitar o practicar pruebas, porque al hacerlo se estaría contaminando la función de juez.

ALIANZA CON CD-PRD

La votación se zanjó con siete votos contra uno, a favor de desestimar la solicitud de investigación. La propuesta contó con el apoyo de los panameñistas Jorge Iván Arrocha (presidente), Florentino Ábrego y Katleen Levy; y los opositores Rony Araúz, Mariela Vega y José Muñoz, de Cambio Democrático, y Alfredo Pérez, del PRD.

La perredista Zulay Rodríguez, encargada del informe sobre el caso y que pedía juicio público contra Ayú Prado, fue la única a favor de la investigación.

El diputado perredista Benicio Robinson, miembro de la Comisión, no estuvo presente durante la sesión.

VARELA ACUSA

El juez Ibarra denunció que los diputados escondieron las pruebas de los casos y las copias simples de las denuncias e hicieron ‘un show'.

‘Ellos (los diputados) llegaron sin leer nada… son abogados no sé de qué', reprochó.

Sobre la trayectoria del denunciante, el diputado José Luis Varela acusó a Ibarra de haber favorecido la protección de un persona sindicada por lavado de dinero para que no pudiera ser detenido en su país. ‘Es un juez que no tiene la moral para hacer este tipo de denuncias contra Ayú Prado', agregó Varela, a lo que Ibarra respondió que no es un corrupto.

RECIPROCIDAD

Magaly Castillo, secretaria ejecutiva de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, comentó que el sistema de juzgamiento recíproco entre magistrados y diputados no funciona.

‘En la Corte archivan los expedientes contra magistrados y en la Asamblea no admiten las denuncias contra magistrados. Es el principio de reciprocidad. Así de sencillo', manifestó.

Juan Carlos Araúz, presidente encargado del Colegio Nacional de Abogados de Panamá, explicó que la función judicial en manos de la Asamblea Nacional debiese contribuir a la paz social, pero su funcionamiento provoca una serie de cuestionamientos que ponen de manifiesto la necesidad de eliminar esas atribuciones con una reforma constitucional.

‘El modelo de juzgamiento político debe desaparecer. Lo político opaca la fuerza de los conceptos jurídicos y la profundidad de las instituciones del derecho', acotó.

Para el abogado y activista de derechos humanos Carlos Lee, la supeditación de la aceptación de las denuncias a las pruebas presentadas son ‘privilegios' que mantienen los magistrados y los diputados. A su juicio, es a todas luces ‘un privilegio que violenta los principios constitucionales que plantean que no habrá fueros ni privilegios'. ‘En Panamá sigue habiendo ciudadanos de primera y segunda categoría… En la ley quitaron la palabra prueba sumaria, pero exigen elementos de convicción que es lo mismo', cuestionó Lee.

Edna Ramos, expresidenta del Movimiento de Abogados Gremialistas, coincidió en que no se requiere prueba sumaria para dar curso a las denuncias.

‘La ciudadanía panameña ha evolucionado y ahora exige nuevos parámetros de transparencia y probidad a los funcionarios públicos, más aún a los llamados a administrar justicia, lo que en este caso corresponde a los miembros de la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional', precisó.

Nelva Reyes, secretaria general de la Central General de Trabajadores de Panamá, planteó que Ayú Prado debe separarse del cargo para permitir las investigaciones pendientes y reprochó que los diputados dilatan intencionadamente sus decisiones sobre los casos de alto perfil.

La Corte Suprema informó que Ayú Prado está fuera del país y no hará comentarios por el momento sobre la decisión de la Asamblea.

El Parlacen no puede expulsar a Martinelli’: diputado Dorindo Cortez

El Parlamento Centroamericano (Parlacen) no tiene la facultad para expulsar o revocar la membresía al expresidente de la República Ricardo Martinelli, como solicitó este miércoles Transparencia Internacional en una carta abierta.

Así lo explicó el diputado panameño en el Parlacen, Dorindo Cortez.

Según Cortez, el Tratado Constitutivo del Parlacen solo establece que podrá retirarle la credencial a un diputado una vez sea juzgado y condenado.

Dijo que otra manera de que Martinelli deje de pertenecer a ese organismo regional es que renuncie.

Sin embargo, Cortez advirtió de que si el expresidente se inclina por esta última opción, todo el proceso en su contra "tendrá que empezar de cero".

Transparencia Internacional (TI), Berlín, pide al Parlacen revocar la membresía otorgada a Martinelli. De acuerdo con José Ugaz, presidente de la organización, la justicia en Panamá está limitada para procesar penalmente a Martinelli por supuestos actos de corrupción, solo por el hecho de ser miembro del foro centroamericano.

José Alvarado, presidente del Parlacen, dijo en un comunicado que al momento de recibir la petición formal será analizada por la junta directiva y la comisión de asuntos jurídicos del organismo.

MP ha recuperado $120 millones por casos de corrupción

Hasta el momento el Ministerio Público (MP) ha aprehendido $120 millones entre bienes inmuebles, de los casos de corrupción que se han denunciado, destacó la procuradora de la Nación Kenia Porcell.

La jefa del MP aseguró que hasta marzo de 2016, se tiene más o menos dentro de los montos denunciados $670 millones, relacionados a lesión patrimonial.

Agregó que 292 personas están siendo investigadas por casos de corrupción, algunos de la administración de Ricardo Martinelli y otros de esta.

Porcell dijo que cada abogado debe ir a las fiscalías y ver como van sus casos, por lo que resaltó que en su administración existe reserva de la información.

“La Contraloría General de la República tiene algunas auditorías pendientes, más o menos 67 auditorías pendientes, necesarias para las investigaciones que se están llevando”, dijo la Procuradora de la Nación.

Hoy la procuradora de la nación Kenia Porcell fue invitada para hablar sobre tema de transparencia vs corrupción en el Foro Nacional de Competitividad, también para informar al grupo empresarial sobre la labor que esta realizando el MP.

Abren proceso por ‘blanqueo’ en caso Cobranzas del Istmo

Luis Cucalón, exdirector General de Ingresos, y Cristóbal Salerno, propietario de la empresa Cobranzas del Istmo, enfrentan una nueva investigación, esta vez es la División de Blanqueo de Capitales del Ministerio Público donde se inicia una investigación por posible blanqueo de capitales.

Salerno acudirá hoy a la Fiscalía Sexta Anticorrupción a rendir indagatoria por este nuevo proceso en su contra. Otros tres imputados en este caso también harán sus descargos: Luis Cucalón, (exdirector de Ingresos), María Alessandra Salerno (hija de Cristóbal Salerno) y Magaly Ramos (gerente de Cobranzas del Istmo).

Las pesquisas que ordena la Fiscalía Séptima Anticorrupción alcanzan a 27 personas naturales y a 104 sociedades anónimas que se relacionan por los pagos o transferencias bancarias provenientes de la cuenta a nombre de Cobranzas del Istmo y Langton International Holdings Limited, que funcionaba como ‘tesorería' de sus empresas, según lo reconoció Salerno ante la Fiscalía Cuarta Anticorrupción.

Entre las empresas mencionadas, la orden de la Fiscalía enlista al menos 57 entre las que cuentan a Cristóbal Salerno, propietario de Cobranzas del Istmo, familiares o colaboradores, en sus juntas directivas y 22 en las que se aparece Luis Cucalón, exdirector de la Dirección General de Ingresos (DGI) o sus familiares, como directivos.

Otra empresa, Corporación Energía del Istmo, también figura entre las investigadas, pues la Fiscalía detectó un cheque por $900 mil que se giró de la cuenta de Langton International Limited y se ingresó a la campaña política del expresidente Ricardo Martinelli, según explicó el mismo Salerno ante la Fiscalía.

En la junta directiva de esta sociedad figura como director y secretario Navin Bhakta, quien fue un cercano colaborador de la gestión de Martinelli.

Las pesquisas pretenden establecer si los ingresos de las cuentas bancarias con terminación 6453 y 5789 a nombre de Cobranzas del Istmo, y la cuenta que termina en 8831, a nombre de Langton International Holdings Limited, los bienes e inmuebles de las personas que tengan relación con las mismas, provienen de actividades relacionadas a delitos de blanqueo de capitales.

La investigación tiene su origen en la denuncia de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por el contrato efectuado entre Cobranzas del Istmo y el Estado para que la empresa se encargara de la recaudación de las cuentas morosas y no pagadas al Estado por parte de los contribuyentes.

En este sentido, la Fiscalía señala al entonces director de la DGI, ‘quien presuntamente no siguió los requisitos establecidos en la Ley sobre la base de la excepción del acto público para contar con la autorización del contrato', señala la orden.

La Fiscalía considera que hubo indicios de hechos delictivos como el blanqueo de capitales y utilizó un mapa en el que plasma los movimientos bancarios de ambas cuentas a diferentes sociedades anónimas y personas naturales, así como retiros en efectivo.

Esta tesis la fundamenta la Fiscalía en un informe de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) que reporta como ‘inusuales' los movimientos de los dineros procedentes del MEF a la cuenta de Cobranzas del Istmo y transferidos a Lagnton International Holding Limited, ‘no teniendo clara la relación de las empresas para efectuar transacciones de tan alta cuantía', indica.

La Fiscal Cuarta Anticorrupción, Ruth Morcillo, tomó en consideración la ampliación de indagatoria a Cristóbal Salerno, el 8 de julio de 2015, en la que Salerno detalla que se transfirieron fondos de la empresa Cobranzas del Istmo a Langton International Holding Limited y que posteriormente se giraron cheques a varias personas naturales y empresas.

Según la Fiscalía, las inspecciones a las cuentas bancarias revelan que del Ministerio de Economía y Finanzas se giraron 73 cheques que en total sumaron $23,9 millones a la cuenta de Cobranzas del Istmo, producto de las comisiones recabadas por el cobro de impuestos morosos. Posteriormente, de la cuenta de Cobranzas del Istmo se giraron $25,2 millones a la cuenta de Langton International Holding Limited, de donde salieron dos cheques por un monto de $833 mil a nombre de el empresario Gabriel Btesh. Su abogado, José María Castillo aclaró que su cliente justificó ante la Fiscalía el motivo de estas transacciones y la Fiscalía decidió no imputarle cargos.

De la misma cuenta de Langton, se giraron $3 millones a la sociedad Estrategic Hotel Aliance, Inc. que tiene entre sus directores a Gustavo Adolfo y Luis Alberto Cucalón Zamora, hijos del exdirector de la DGI, que firmó el contrato con Cobranzas del Istmo para el cobro de impuestos.

Otros de los cheques sobre los que la Fiscalía pidió explicación a Salerno fueron los que se giraron a favor de la empresa Tropical Life Corporation, por la suma de $2 millones. Al respecto, Salerno indicó que esos dineros se utilizaron para gastos de la empresa que también le pertenece. Luis Carlos Gómez, defensa de Cristóbal Salerno, prefirió no pronuciarse sobre ese caso.

Por su parte, Carlos Carillo, defensor de Cucalón, argumentó sobre la investigación que ‘no es posible abrir dos casos por un mismo hecho' y que ya se había acusado a sui cliente por los hechos investigados, pero ahora sobre el supuesto de blanqueo de capitales.

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DOBLE JUZGAMIENTO

Piden anular proceso por defraudación fiscal

Un recurso interpuesto por la defensa de Cristóbal Salerno solicita anular el proceso que se le sigue a Cobranzas del Istmo, S.A., por defraudación fiscal.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Ingresos (DGI), ordenó el secuestro de bienes inmuebles, cuentas corrientes, depósitos, plazos fijos de la empresa Cobranzas del Istmo, S.A. (CISA), luego de que una auditoría encontrara indicios de defraudación fiscal en el pago del impuesto sobre la renta correspondiente a los años 2012 y 2013.

El monto del secuestro a la empresa, contratada por la DGI para gestionar sus impuestos morosos asciende a $42.8 millones. Posteriormente, el 22 de septiembre de 2015, la defensa de la empresa interpuso un incidente de nulidad ante la DGI alegando violación del debido proceso e indebida notificación para realizar una auditoría fiscal y allanamiento.

La defensa alega que actos administrativos ejecutados por funcionarios de la DGI vulneraron los derechos fundamentales del contribuyente Cobranzas del Istmo, S.A., al rebasar las potestades que le concede la Ley.

‘El actual director de ingresos (Publio Cortés) estaba imposibilitado para realizar una segunda auditoría fiscal al contribuyente para los periodos 2012 y 2013 relacionado con la liquidación del Impuesto Sobre la Renta y revisión del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles y Servicios (ITBMS), en los periodos 2010 y 2013, por cuanto la administración anterior había practicado una auditoría en los mismos periodos fiscales', cita el incidente de nulidad.

La defensa sustenta su argumento bajo el artículo 17 de la Constitución que establece que nadie será juzgado sino por autoridad competente no más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva y disciplinaria.

Así mismo, Sierra Castellanos, abogado de la empresa, califica como ilegal que los auditores procedieran a confiscar la documentación contable y financiera que mantenía su cliente, violando el artículo 29 de la Constitución.

Para fijar esta medida cautelar, la DGI se basó en un informe del Departamento de Auditoría y Fiscalización, que establece que la empresa dejó de pagar $4.7 millones en impuestos.

El fallo del juez Paniza es ‘sesgado y contradictorio’, alega la fiscal Moore

Como “contradictorio” y “ sesgado” calificó la fiscal tercera anticorrupción, Zuleyka Moore, el fallo emitido por el juez quinto penal, Enrique Paniza, referente a la investigación por la compra de los radares a Selex, seguida al exministro de Seguridad José Raúl Mulino y a su exviceministro Alejandro Garuz.

Moore apeló ante el Segundo Tribunal de Justicia la nulidad de parte de la investigación que decretó Paniza y los cambios de medidas cautelares que otorgó de país por cárcel para Mulino y casa por cárcel a Garuz.

La fiscal señaló la contradicción del juez, que en la resolución del 7 de marzo cambió las medidas cautelares, pero en un fallo del 2 de febrero de este año decidió decretar la nulidad de lo actuado a partir de la página 3997 del expediente, lo que anuló la imputación y las pruebas practicadas por la defensa, hechos en los que, según Moore, “paradójicamente” se apoyó Paniza para modificar las medidas cautelares a Garuz y a Mulino.

La fiscal dice que el juez Paniza actuó con sesgo tanto en la anulación de parte de la investigación como en los cambios de medidas cautelares a los imputados.

Precisó que Paniza se basó en una cronología de la investigación que “hábilmente” hizo la defensa de Mulino y que en la resolución para cambiarle la medida cautelar utilizó “llanos y simples” argumentos de la defensa.

Cristóbal Arboleda, defensa de Garuz, refutó los criterios de la fiscal. 

MOORE: 'PRÓRROGA ERA VIABLE'

Como “procedente y jurídicamente viable” calificó la fiscal tercera anticorrupción, Zuleyka Moore, la prórroga que le solicitó al juez quinto penal, Enrique Paniza, antes de que declarara nula parte de la investigación seguida al exministro de Seguridad José Raúl Mulino y a su exviceministro Alejandro Garuz por la compra de radares a la empresa italiana Selex.

Moore apeló ante el Segundo Tribunal Superior de Justicia la decisión que tomó Paniza el 3 de febrero pasado de anular la investigación a partir de la página 3397, así como las resoluciones por medio de las cuales cambió las medidas cautelares de detención preventiva impuestas inicialmente a Mulino y a Garuz, a quienes benefició con medidas de país y casa por cárcel, respectivamente.

En las apelaciones, la fiscal emitió fuertes señalamientos a las decisiones del juez y denunció la supuesta parcialidad de este al fallar con argumentos de la defensa.

Apela nulidad Paniza concluyó en su fallo que Moore no cumplió con el término que le concedió para ampliar la investigación de la compra de los radares, cuya fecha tope era el 22 de septiembre de 2015, y, en consecuencia, anuló todo lo actuado a partir de esa fecha.

El fallo anuló la indagatoria de Mulino, su posterior detención preventiva y la vista fiscal en la que Moore pidió llamar a juicio a los dos exfuncionarios. 

Sin embargo, al apelar, Moore destacó que el 16 de septiembre de 2015, antes de que venciera la prórroga que le concedió Paniza, su despacho pidió una segunda extensión.

En esa fecha, precisó, el caso era aún un sumario en averiguación por la posible comisión de un delito contra la administración pública, por lo que “la solicitud de una segunda prórroga para la instrucción del sumario (…) era procedente y jurídicamente viable”.

Moore sustentó sus argumentos en un fallo de la Corte Suprema de Justicia fechado el 24 de enero de 2014, sobre segunda prórroga, el cual tuvo la ponencia del entonces magistrado Harley Mitchell.

El citado fallo establece que “…la prolongación en el término de instrucción resulta razonable en la medida que vaya encaminada a cumplir los propósitos y objetivos del proceso penal, previo cumplimiento de las exigencias del artículo 2033 del Código Judicial…”.

“Así pues, el artículo 2033 del Código Judicial establece que el sumario deberá estar perfeccionado dentro de los cuatro meses siguientes a su iniciación, término que podrá prorrogarse hasta dos meses más cuando sean varios los imputados o los hechos punibles”, concluyó Mitchell en la referida sentencia.

También agregó que “la misma excerta legal dispone, entre otros aspectos, que en los delitos contra la administración pública, en cuyos procesos no existan detenidos, no se concluirá el sumario hasta tanto se agote la investigación, previa autorización del juez de la causa”.

Para argumentar su apelación con base en este fallo de la Corte Suprema de Justicia, la fiscal sostuvo en su apelación que del inicio de la investigación en agosto de 2014 a la imputación de cargos octubre de 2015 transcurrió un año y dos meses. “Nos encontrábamos frente a una investigación voluminosa y por demás compleja, de alto impacto social, en la cual no existían personas vinculadas, ni afectación de derechos en consecuencia de las investigaciones que se adelantaban”.

Moore insistió en su escrito en que el juez se limitó a reproducir una cronología de los hechos en la investigación judicial que fue aportada por la defensa de  

Mulino e hizo conclusiones “sin mayores consideraciones de fondo sobre la nulidad relativa de lo actuado con posterioridad…”.

Indicó que, en su fallo, el juez Paniza se limitó a transcribir las normas que a su criterio apoyaban “su idea, sin explicar jurídicamente por qué debía anularse gran parte de la investigación”.

SE RESPETÓ EL DEBIDO PROCESO

Además, la fiscal argumentó que no hubo violación del debido proceso a los imputados.

Sostuvo que solo el exceso en el término de instrucción no permite declarar la nulidad por violación al debido proceso.

De acuerdo con la fiscal, el argumento de anular parte de la investigación por supuesta violación del debido proceso a Mulino “no es la realidad que opera en este expediente, por cuanto al sindicado se le ha respetado su derecho a ser oído, conocer previa y detalladamente la imputación formulada, el derecho a defenderse, el derecho a ofrecer descargos y a combatir las pruebas de cargo, esto último que trajo como consecuencia que el expediente se mantuviera en la Fiscalía”.

Moore recordó que los abogados de Mulino “en todo momento y de forma activa ejercieron la defensa del imputado, incluso recurriendo al incidente de controversia” que fue resuelto el 3 de diciembre de 2015.

REVELA VÍNCULO DEFENSA Y JUEZ

Señaló que en dicho recurso, la defensa exigió la práctica de un cúmulo de declaraciones testimoniales, que tildaron de indispensables para el efectivo ejercicio de la defensa del exministro José Raúl Mulino.

Es decir, la fiscal cuestionó por qué la defensa apoyó la nulidad, pese a que estuvo solicitando practicar pruebas hasta después del 22 de septiembre de 2015. 

“Son [los abogados de la defensa] actores proponentes de las actuaciones que hoy atacan, conducta a todas luces contraria al principio de lealtad y buena fe, que debe guiar las actuaciones de todas las partes en sus intervenciones, no solo de los servidores públicos y que ha sido avalada en una decisión poco razonada por parte del juzgador [juez] de la causa”, dice el escrito de apelación de la fiscal.

Moore reiteró, asimismo, que el hecho de remitir el expediente en el término señalado no constituye nulidad del caso.

La fiscal sustentó lo anterior en el contenido del artículo 2035 del Código Judicial, que dice: “Las demoras injustificadas y la falta de celo en la formación del sumario en que incurran los funcionarios de instrucción, podrán ser sancionadas disciplinariamente por el respectivo superior jerárquico, con multas de cinco (B/.5.00) a veinticinco balboas (B/.25.00), que serán descontadas de sus sueldos sin perjuicio de la responsabilidad penal en que puedan incurrir…”.

Moore también se apoyó en un fallo de la Corte del 30 de mayo de 2012, que concluyó que la demora de la fiscalía en la remisión del sumario “sí conlleva una consecuencia, mas no la nulidad de las pruebas y actuaciones que se aporten o practiquen con posterioridad a dicho término”.

“Mantener el pronunciamiento del Juez Quinto Penal es ignorar el grave daño que estos delitos causaron y que incidieron gravemente y de manera negativa en las condiciones sociales y económicas de este país”, concluyó Moore en las apelaciones presentadas al tribunal.

MEDIDAS CAUTELARES

Como se dijo, en resoluciones de 7 de marzo pasado, Paniza cambió la medida cautelar de detención preventiva por impedimento de salida de país al exministro Mulino. También dictó medida de casa por cárcel para el exviceministro Garuz.

Para cambiar la medida cautelar a Mulino, el juez consideró que este había rendido declaración indagatoria, que no se ha acreditado que sea una persona peligrosa, que la medida de detención preventiva no era acorde con la proporcionalidad del hecho imputado y que el sindicado padece de patologías crónicas. 

En ese sentido, la fiscal señaló que el juez se apoyó en una decisión “controvertida que a la postre resultó ininteligible. La motivación hecha por el juez quinto de lo penal confunde a quienes detentamos el ejercicio del derecho…”.

Según la agente de instrucción, al decir que la investigación está en una etapa incipiente, el juez usa una “argumentación que nos confunde como parte en este proceso, pues ya el expediente se encontraba desde el 27 de enero en su despacho para calificar, y lo que es peor, el 4 de febrero, es decir, un mes antes de emitir la resolución, había dispuesto que se declarara la nulidad de gran parte de la investigación, que incluía la imputación y los descargos”.

Indicó que el juez hizo uso de artículos del Código Judicial que actualmente están en desuso.

También volvió a señalar que el juez se basó en argumentos “simples y llanos” presentados por la defensa de Mulino para cambiarle la medida cautelar. 

La fiscal destacó que Paniza se basó en el principio de proporcionalidad con respecto a las medidas cautelares en concordancia con lo que declaró Mulino en sus descargos. Dijo que este aspecto es “falaz”, ya que la proporcionalidad de la medida de arresto preventivo que tenía estaba en proporción con la futura pena a imponer y con el hecho punible.

En cuanto al cambio de medida a Garuz, indicó que no se ajusta al derecho y que también el juez utilizó normas jurídicas en desuso.

Preció que Paniza aplicó normas del libro tercero del Código Judicial, adoptado por la Ley 29 de 25 de octubre de 1984, que quedaron en desuso. Indicó que las medidas cautelares deben sustentarse en el Código de Procedimiento Penal, vigente desde septiembre de 2011.

También cuestionó a Paniza por alegar que no existe en el ordenamiento legal la retención hospitalaria. “No hay asidero jurídico”, dijo la fiscal, y afirmó que la retención hospitalaria está consagrada en el artículo 231 del Código Procesal Penal.

DEFENSA REACCIONA

Cristóbal Arboleda, abogado de Garuz, dijo que en sus 30 años de ejercicio jamás había visto un escrito de un fiscal referirse a un juez como lo hizo Moore en su apelación.

Acotó que la apelación de la fiscal no tiene sustento, porque las investigaciones penales tienen por ley un plazo y Moore no solo se excedió siete meses, sino que luego, cuando pidió la prórroga, el juez se lo negó pero ella siguió el proceso.

“No se puede violar la ley bajo pretexto de que se persigue el delito”, argumentó Arboleda.

Este medio llamó a Ramsés Barrera y a Luis Carlos Gómez, abogados de Mulino, pero no respondieron.

Magistrados Ortega y Mejía se abstienen de ser auditados

‘Si yo estuviera en el cargo, permito que vengan, analicen y auditen mis cuentas'. Así reaccionó la exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia Esmeralda de Troitiño, al ser consultada sobre la decisión del magistrado Harry Díaz de autorizar públicamente este lunes al presidente del alto tribunal, José Ayú Prado, para que audite sus bienes, mientras sus colegas Jerónimo Mejía y Oydén Ortega, ignoran los reclamos ciudadanos.

‘Cuando yo fui nombrada en la Corte (octubre de 2004) presenté mi declaración de bienes el primer día y lo volví a hacer diez días antes de salir del cargo', recordó Troitiño, quien en junio del año pasado fue elegida para ocupar uno de los cuatro puestos como comisionada interamericana de los Derechos Humanos de la OEA, periodo 2016-2019.

La mirada está puesta sobre los magistrados Díaz, Ortega y Mejía, quienes están al frente de dos de las siete investigaciones contra el expresidente Ricardo Martinelli, fungiendo como fiscal o juez de garantías. El Frente Nacional contra la Corrupción quiere saber si han ‘dormido' los casos, luego de insinuaciones de coimas por $6 millones.

El Frente Anticorrupción solicitó el 12 de marzo en una misiva a Ayú Prado que realice una auditoría forense a las cuentas bancarias, compañías donde tengan derecho a firma y los bienes de propiedad de los tres magistrados y de encontrar anomalías presente la denuncia a la Asamblea Nacional, entidad que procesa a los magistrados.

Troitiño añadió que no hay duda que el sistema de justicia debe hacer un alto, porque no puede seguir en medio de las dudas.

A su juicio, la transparencia y la rendición de cuentas es algo más que mostrar sus cuentas y propiedades, porque buscaría tener un efecto mediático. ‘¿Queremos efectos mediáticos o respuestas de largo alcance para de una vez sentir que el sistema de justicia marcha bien?', pregunta.

TRANSPARENTE

El abogado y exembajador de Panamá ante la OEA Guillermo Cochez consideró que los magistrados ‘no deben temer' a que los auditen, ya que comparte la opinión de que es una medida saludable y transparente en el sistema de justicia.

‘Ellos están en obligación de presentar su declaración de bienes', arguyó Cochez. Para Troitiño ese necesario como mecanismo de control para detectar si el funcionario incurrió en enriquecimiento injustificado.

César Ruiloba, expresidente del Colegio de Abogados, también invoca la necesidad de normas de transparencia que obliguen a todo servidor público a rendir cuentas sobre su patrimonio.

‘Me resulta impropio que esta obligación sea discrecional de los servidores; es decir, entrego o no la información porque quiero y no porque la ley lo impone', cuestionó.

Desde la óptica de Ruiloba, todos los magistrados tienen la obligación de presentar y rendir cuentas.

Aun así, expuso que en este momento no resulta oportuno auditar a los magistrados si no se cuenta con una declaración patrimonial que establezca qué bienes poseían al momento en que iniciaron en el cargo. ‘Hacerlo ahora permitiría legitimar bienes en circunstancias que no estarían claras', enfatizó.

El abogado y catedrático Ernesto Cedeño expresó que si los magistrados Ortega y Mejía imitan la decisión de Díaz, el hecho no transcenderá.

La decisión de Díaz, según Cedeño, es aplaudible, pero desde el punto de vista jurídico Ayú Prado no tiene facultad para auditar a nadie, porque la Asamblea es la institución que investiga.

Recomenó al Frente Anticorrupción o a cualquier otro ente formal que tenga sospecha de que algún magistrado se ha enriquecido, que denuncie formalmente, como en el caso del exmagistrado condenado Alejandro Moncada Luna.

El silencio de Ortega y Mejía, agregó, ‘no le resta ni valor ni credibilidad ni independencia al caso'.

No obstante, el magistrado Díaz, como para motivar a sus colegas Ortega y Mejía, en la misiva 021-16 del 14 de marzo, dirigida a Ayú Prado, resaltó que autoriza la auditoría, ya que ‘para la tranquilidad de la ciudadanía todo funcionario público debe ser un libro abierto en cuanto a sus bienes'.

Transparencia Internacional pide al Parlacen expulsar a Martinelli

La solicitud la hicieron el presidente del TI, José Ugaz, y sus capítulos en República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá, a través de una carta abierta. 

De acuerdo con Ugaz, la justicia en Panamá está limitada para procesar penalmente a Martinelli por supuestos actos de corrupción solo por el hecho de ser miembro. 

Destacó que el exmandatario goza de "prerrogativas legales" (inmunidad) que le confiere el Parlacen, lo que obstaculiza una investigación y juzgamiento por delitos que presuntamente habría cometido.

" Ricardo Martinelli y sus colaboradores están siendo investigados por hechos de corrupción a gran escala, que les permitieron incrementar desmesuradamente su patrimonio personal y, a la vez, impidieron que partidas de alimentos llegaran a poblaciones necesitadas y que niños en escuelas recibieran materiales de estudio", dijo Ugaz.

"Es tiempo de que el Parlacen se ponga del lado de la justicia. Es momento de poner fin al trato especial dispensado a Martinelli, para que experimente en primera persona el peso de la ley panameña", agregó.

TI solicitó el respaldo de la ciudadanía para que el Parlacen, organismo regional que ha sido blanco de cuestionamientos en los últimos años, atienda el llamado. Pueden firmar la petición en línea en el siguiente link: www.bit.ly/22lSUVT

"Instamos al presidente del Parlacen, José Antonio Alvarado Correa, a tomar la iniciativa durante la próxima sesión de esta semana y ratificar el compromiso del Parlamento Centroamericano de apoyar el accionar de la justicia”, indicó Manfredo Marroquín, presidente de Acción Ciudadana, capítulo nacional de Transparencia Internacional en Guatemala.

El 1 de julio de 2014, Martinelli -en un rápido trámite y tras abandonar el poder- se juramentó en Guatemala como diputado del Parlacen, derecho que tiene por ser exmandatario. Esta acción fue criticada por diversos sectores del país puesto que durante su campaña política fue duro crítico de este organismo regional al cual llamó "cueva de ladrones".

Martinelli salió del país el 28 de enero de 2015, tras anunciar una "gira internacional" en la cual denunciaría persecución política. Sin embargo, a la fecha no ha regresado al país. En la actualidad, sus abogados han informado que se encuentra en Miami, Estados Unidos. 

A la Corte Suprema de Justicia han llegado 12 denuncias en las que se señala al expresidente por la supuesta comisión de varios delitos.