Alma Cortés asegura que detención en su contra es “una venganza”

La exministra de Trabajo Alma Cortés calificó como "una venganza" la medida de detención preventiva que le otorgó ayer la Fiscalía Sexta Anticorrupción por el caso que se investiga en su contra.

A su salida del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Cortés aseguró que se encuentra delicada de salud.

Ayer, cuando fue trasladada a una de las celdas transitorias de la Dirección de Investigación Judicial (DIP), la exministra tuvo que ser evaluada por paramédicos, confirmó su abogado Carlos Carrillo.

La defensa de Cortés solicitará un cambio de medida cautelar.

Cortés, quien es presidenta encargada del partido Cambio Democrático ingresó a Medicatura Forense aproximadamente a las 9:30 am y se retiró a las 11:19 am.

CNA pide aclaración a la Asamblea

El presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), José Alberto Álvarez, ha pedido reunirse con el presidente de la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, Jorge Alberto Rosas, para abordar lo que consideran un ‘pacto no escrito' entre el Legislativo y el Judicial.

JOSÉ ALBERTO ÁLVAREZ

 ‘Si las denuncias no tienen sustento, que lo digan las pruebas'

PRESIDENTE DEL CNA

Álvarez remitió una carta al diputado oficialista solicitando el encuentro. ‘Queremos ver qué se puede hacer por esa mala imagen y percepción que hay de la Comisión de Credenciales, que no juzga a los magistrados porque la Corte no juzga a los diputados', informó el abogado.

En los últimos meses de la pasada legislatura, varias denuncias contra magistrados de la Corte fueron archivadas por no cumplir los requisitos mínimos que exige la ley. Solo se ha procesado y condenado a Alejandro Moncada Luna. A Víctor Benavides, también magistrado, se le seguía un proceso cuando renunció a su cargo.

Álvarez recalca que sus colegas se preguntan si en la Comisión de Credenciales no va a pasar nada con las denuncias. ‘Si la Comisión no va a cumplir ese papel, que lo diga. Si las denuncias contra los magistrados no tienen sustento, que lo digan las pruebas', reclama, al tiempo que reconoce que muchos abogados denuncian a los magistrados por el simple hecho de perder un caso.

Las fechas no cuadran en el ‘hackeo’ de Mossack Fonseca

El perito especialista en informática Luis Rivera, del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, dictaminó que en la firma Mossack Fonseca se registraron ‘intromisiones indebidas' al sistema con ‘perfiles' conocidos.

Así lo informó a La Estrella de Panamá una fuente relacionada a las investigaciones judiciales que pretenden dilucidar cómo se ejecutó la filtración de la mayor cantidad de documentos confidenciales conocida en el periodismo internacional, que dio origen al expediente conocido como ‘los papeles de Panamá'.

La información del bufete se hizo pública a principios de abril pasado, después de que una fuente anónima entregara al diario alemán Süddeutsche Zeitung 11.5 millones de documentos sustraídos a la firma panameña y éste lo compartiera con el Centro Internacional para Periodistas (ICFJ, por sus siglas en inglés).

‘El perito siempre manifestó que las intromisiones al sistema ocurrieron a partir del 13 de marzo'. Esta fecha en particular llama la atención puesto que los directivos de la firma presentaron una querella por posible hackeo ante el Ministerio Público tres días antes, el 10 de marzo, cuando, supuestamente, para esa fecha, no se había registrado una intromisión a su plataforma de datos.

Ramón Fonseca, socio y directivo de la firma, fue quien acudió al Ministerio Publico a presentar la denuncia luego de haber recibido varias llamadas de periodistas extranjeros que solicitaban información acerca de algunas sociedades creadas por la firma señaladas por evasión de impuestos.

DESFASE EN LAS FECHAS

El informe del perito forense indica, según la fuente consultada, ‘que la persona que se introdujo al sistema contaba con una contraseña, y que en algún momento cambió su identificación o perfil para tener un acceso más amplio'.

El perito parte de la premisa de que se trata de la misma persona, lo extraño -se cuestiona la fuente, que solicitó anonimato- es que si el sujeto cuenta con dos perfiles, y uno le permitía entrar a todas partes, para qué requeriría usar ambos perfiles, si no para evitar dejar rastro.

El reporte técnico de Rivera tardó en llegar a la Fiscalía más de cuatro meses, y se aportó cuando el fiscal había concluido la investigación.

‘El informe no habla de violentación de contraseñas o permisos al acceder al sistema. La fecha del ingreso registrada es el 25 de marzo, un Viernes Santo. El hecho ocurre, según el perito, 15 días después de la fecha en que se presentó la querella', agregó el informante.

Este diario consultó a Ricaurte González, encargado de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, que investiga el caso, para que analizara el desfase en las fechas planteadas entre la denuncia y el reporte de Rivera. ‘Yo lo único que le puedo decir es que el peritaje particular de la firma habla de intrusiones a partir de los días 13, 14 y 15 del mes de marzo de 2016. La querella se presenta el 10 de marzo, es decir, los hechos que el propio perito de ellos acredita hablan de que ocurrieron del 13 y 25', indicó.

El fiscal no logra entender un par de importantes detalles en la investigación. Con sus conocimientos en la materia, el primero es que no entiende por qué se presenta una querella preventiva.

‘Usted presenta una querella un día y los hechos ocurren más adelante. Incluso, en algún momento, alguien de la firma me manifestó que ellos no sabían que esto les había ocurrido y que presentaban la querella previamente porque las preguntas que les estaban haciendo los periodistas extranjeros les hacían pensar dos cosas: o se metieron a los sistemas, o alguien estaba interceptando sus comunicaciones', confiesa el fiscal.

¿Cómo explica eso? insistió La Estrella de Panamá.

Es una querella preventiva respondió el fiscal.

Las fechas en que la firma asegura hubo una intromisión a su base de datos, tampoco coinciden con las señaladas por el ICFJ.

Otro dato curioso, según el informante, ‘es que la cantidad de información descargada por el usuario identificado no coincide con la data que representaría el cúmulo de papeles que afirma tener la ICFJ, lo que para el fiscal requiere de una ampliación'.

En las inspecciones que hizo la Fiscalía no se comprobó que se extrajo la cantidad de información que tienen los periodistas. ‘Hubo consultas, pero no las que dice tener el consorcio, ni siquiera llega a 5 GB. Algunas consultas fueron descargadas, otras solo de lectura', afirma el fiscal en su informe.

Además, las descargas a las que se refiere el fiscal no corresponden a la información publicada por el consorcio. La verificación sobre estas intromisiones solo corresponde a los servidores madre ubicados en Panamá y no en el extranjero.

Los directivos del bufete denunciaron que, a principios de 2016, recibieron llamadas de periodistas extranjeros solicitando información específica, clasificada como confidencial.

El ICFJ, que hizo pública su investigación en abril, anunció que contaba con documentos de unas 214 mil empresas offshore , desde hacía más de seis meses, tiempo en el que organizaron los datos antes de hacerlos públicos.

LAS PESQUISAS

En Panamá, el fiscal Ricaurte González cuenta con un informe pericial que tendrá que analizar, con sus inconsistencias, para determinar si encuentra delito.

Tomando en cuenta la diferencia de tiempos, la Fiscalía tendrá que hacer un esfuerzo contundente para determinar si la filtración se ejecutó en Panamá o para ubicar al responsable.

El fiscal no efectuó una revisión del equipo desde el 2015 a la fecha para descartar intrusiones o accesos indebidos. ‘Se trató de mirar atrás, pero, primero, tomaba mucho tiempo y segundo, la información que nos ha podido brindar (la firma) recientemente es que hay otras actividades debidamente constatables en su bitácora antes del 10 de marzo', dice el fiscal.

Tampoco inspeccionó el centro de datos o que maneja la información de la firma. ‘Allá no se puede acceder porque es de Cable and Wireless y no se dan las facilidades para hacer la inspección ocular. En un servidor tienen información de varios clientes, no solo de la firma', dijo.

La investigación se cerró con 500 páginas. En cuatro meses se efectuaron dos inspecciones oculares al bufete posteriores al 8 de abril, ambas separadas por quince días entre una y otra. Se ha tomado declaración a 4 o 5 personas.

El delito es complejo, porque en las 35 jurisdicciones de la firma se cuenta con la misma información.

González tampoco está seguro de si una persona de la firma está dedicada a vigilar el sistema permanentemente. En cambio, afirma que le explicaron que ‘cuando se logra verificar un cierto número de información o una cantidad que ellos parametrizan, le mandan una alerta. Se supone que tiene varias alertas'.

Tampoco está seguro de si hubo reportes de alertas fuera de lo normal.

El fiscal tampoco ha tomado declaración a los directivos de la firma, o a la lista de exempleados que se fueron en ‘malos términos' de la empresa. Aduce que se trata de un tema técnico, una posición debatible, ya que el móvil del posible delito puede ser múltiple.

En cambio, los operarios técnicos y colaboradores relacionados al área informática sí pisaron la fiscalía para rendir declaración jurada.

El fiscal niega haber recibido presiones en esta pesquisa o que sus superiores le hayan solicitado proteger a la firma por las conocidas relaciones entre Ramón Fonseca y el Ejecutivo.

‘Si ocurrió el delito, se va a poder constatar y se va a explicar técnicamente cómo ocurrió, desde cuándo y por qué. Y si no ocurrió, no lo puedo sustentar. Es un delito muy técnico', señala.

ACREDITACIÓN DEL DELITO

El fiscal aún tiene dudas en cuanto a la acreditación del delito. Con las herramientas que tiene en mano no está seguro si hubo o no un delito informático. Antes, debe evaluar y revisar si el sustento técnico encuadra en los artículos 289 al 292 del Código Penal.

A González se le agotó el tiempo de investigación a finales de julio pasado. Espera información de las asistencias judiciales que realizó a varios países donde la firma tenía oficinas. Suiza es uno de ellos. Debe antes tener una constatación técnica que le permita establecer si el hecho investigado ocurrió desde Suiza está relacionado. ‘Un hecho puede causar repercusiones en un punto pero originarse en otro', manifestó González a La Estrella de Panamá .

En ese país, el fiscal Claudio Mascotto arrestó a un exempleado de la firma a mediados de junio pasado. Su nombre no fue revelado, pero se le acusó de ‘sustracción de datos, acceso no autorizado a un sistema informático y abuso de confianza'. Desde el 24 de junio, el imputado goza de libertad condicional, se le retuvo el pasaporte y se realizan ‘fuertes investigaciones forenses', expresó la fiscalía suiza a este medio.

Finalizan detalles del sistema penal acusatorio para el Primer Distrito Judicial

La Procuradora General de la Nación, Kenia Porcell se reunió al mediodía de este jueves 11 de agosto con diferentes autoridades para tratar los detalles previos a la implementación del sistema penal acusatorio (SPA) en el Primer Distrito Judicial.

Al encuentro con la procuradora asistieron Belsio Gonzáles, director general Servicio Nacional Aeronaval (Senan); Alexander Bethancourt, ministro de Seguridad; Omar Pinzón, director de la Policía Nacional; Marcos Córdoba, director de la Dirección de Investigación Judicial y Rolando López, director del Consejo Nacional de Seguridad.

El sistema penal acusatorio entrará en funcionamiento en las provincias Panamá y Colón a partir del próximo 2 de septiembre y Porcell detalló que "dentro del nuevo proceso penal, la fase de la investigación se realiza por el Ministerio Público pero con la Fuerza Pública, en este caso con los organismos de investigación", razón por la cual se llevan a cabo las respectivas coordinaciones.

Prescribe denuncia contra el expresidente Ricardo Martinelli

La Corte Suprema de Justicia declaró prescrita una denuncia contra el expresidente Ricardo Martinelli por la supuesta comisión de los delitos de usurpación de tierras, apología del delito y abuso de autoridad, tras una visita en 2012 a la comunidad dePixvae, Bahía Honda, en Veraguas, en la que supuestamente amenazó a moradores para que cedieran tierras a un empresario del lugar.

CSJ FAVORECE A MARTINELLI

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró las prescripción de una acción penal presentada contra el expresidente Ricardo Martinelli, por la supuesta comisión de los delitos de usurpación de tierras, apología del delito y abuso de autoridad relacionada con una presunta ocupación en 2012 de tierras en la comunidad de Pixvae, Bahía Honda, al sur de la provincia de Veraguas.

En un edicto fijado en la Secretaría de la CSJ y bajo la ponencia del magistrado Abel Zamorano, se informa de la prescripción de los delitos señalados en la denuncia y además se estableció de que no hubo evidencia de la comisión de delitos violatorio de los derechos humanos en los hechos expuestos.

La denuncia data del 28 de enero de 2015 y fue presentada por el abogado Donaldo Sousa, en representación del ciudadano Aurelio Camaño Hernández, un poblador de Pixvae, quien alegó que el 7 de abril de 2012 Martinelli, acompañado de funcionarios de la Policía Nacional y del Servicio Nacional Aeronaval (Senan), llegó a Pixvae y presuntamente ocupó la población para facilitar la usurpación de 70 hectáreas para supuestamente favorecer al empresario Jean Pigozzi.

La denuncia fue admitida por el pleno de la CSJ el 21 de abril de 2016.

Casi cuatro meses después, la CSJ concluye que los delitos presuntamente ocurridos en 2012 prescribieron de acuerdo con el artículo 119 del Código Procesal Penal, en el que se establece que “la pena privativa de la libertad impuesta por sentencia ejecutoriada prescribe en un término igual al de la pena señalada en la sentencia”.

Por lo anterior, la acción prescribe para los delitos de abuso de autoridad y usurpación de tierras que tienen penas mínimas de dos años de prisión, según el Código Penal vigente.

También tiene el mismo efecto para el caso de apología del delito, ya que el artículo 398 del Código Penal establece una pena mínima de un año de prisión por cometer este ilícito.

Esta denuncia contra Martinelli también se hizo extensiva contra los funcionarios del Senan y de la Policía Nacional que supuestamente participaron.  

Esta parte de la investigación quedó radicada en la Fiscalía Segunda Anticorrupción, que aún no ha concluido con dichas sumarias.

En su denuncia Sousa presentó el testimonio de Camaño, quien alegó haber sido amedrentado por los miembros de los estamentos de seguridad que llegaron al lugar junto con el exmandatario.

La denuncia cita una publicación del diario La Prensa del 14 de abril de 2012, en la que se informa que en los días de Semana Santa Martinelli estuvo en Pixvae junto con un importante número de agentes de la Policía, que hacían labores de patrullaje en la paradisiaca comunidad de Veraguas.

Según versiones de los residentes de la comunidad, el empresario Jean Pigozzi, mantiene en la isla Canales una concesión especial sobre 141.5 hectáreas en la que construyó un laboratorio marino y una residencia.

Según los moradores, el empresario ha intentado adquirir otras propiedades en la región, pero los lugareños se resisten por temor a que se apodere de la totalidad de la playa.

Por su parte, el abogado Donaldo Sousa dijo ayer que aún no había sido notificado de la prescripción de la denuncia y que acudiría a la Secretaría de la Corte para conocer el fallo.

Temen por independencia de jueces

El nombramiento de jueces y magistrados sin cumplir con los parámetros establecidos en la ley de Carrera Judicial compromete su independencia, advirtió la secretaria ejecutiva de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, Magaly Castillo.

Y es que solo el 20.5% de los 4 mil 272 funcionarios que laboraban en el Órgano Judicial hasta el 15 de junio pasado pertenecen a la carrera judicial, vigente desde agosto de 2015.

Asimismo, los 931 funcionarios contratados por el Órgano Judicial para trabajar en el sistema penal acusatorio (SPA), que entrará en vigencia en el Primer Distrito Judicial a partir del 2 de septiembre próximo, tienen la condición de interinos, y sus nombramientos no fueron consultados a la sociedad civil, como lo pide la ley.

La Ley 53 de 2015 establece un sistema de concursos para los nombramientos de funcionarios, principalmente los del SPA.

DE 4 MIL 272 AGENTES, 877 ESTÁN EN LA CARRERA JUDICIAL

Garantiza que los jueces puedan cumplir sus funciones de manera imparcial e independiente, y procura que se imparta justicia de manera eficaz.

Los anteriores son apenas dos de los beneficios de la carrera judicial, que se rige de acuerdo con la Ley 53 de 2015, en vigencia desde hace exactamente un año, pero que en el propio Órgano Judicial no se aplica.

Y así lo admitió recientemente el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Ayú Prado, al confirmar que no tomó en cuenta los postulados de la ley para nombrar a los funcionarios que laborarán en el sistema penal acusatorio (SPA) en el Primer Distrito Judicial, comprendido por las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Colón, Darién, y las comarcas indígenas Guna Yala, Wargandí y Emberá Wounaan, el cual comenzará a aplicarse a  

Partir del próximo 2 de septiembre.

De hecho, los nombramientos de los 931 funcionarios que laborarán para el SPA en el Primer Distrito Judicial algunos procedentes del sistema se efectuaron de manera interina y sin consultar a la sociedad civil, como lo exige la norma.

Estas designaciones fueron avaladas en tres acuerdos suscritos el pasado 27 de julio por los nueve magistrados que integran el pleno de la Corte. 

Pero hay más.

Las cifras de la propia institución dan cuenta que de los 4 mil 272 funcionarios que laboraban en el Órgano Judicial hasta el 15 de junio pasado, solo 877 pertenecen a la carrera judicial. Esto es apenas el 20.5%.

La situación ha encendido las alarmas en el ámbito judicial del país. El propio procurador de la Administración y coordinador de la Comisión de  

Estado por la Justicia, Rigoberto González, envió una nota la semana pasada al presidente de la Corte para solicitarle información sobre los nuevos nombramientos, pero todavía no ha recibido respuesta.

“El Órgano Judicial está caracterizado por la interinidad y por lo tanto es susceptible a la manipulación”, advirtió Magaly Castillo, secretaria ejecutiva de la Alianza Ciudadanía Pro Justicia.

De acuerdo con su criterio, sin la aplicación de la carrera judicial es prácticamente imposible garantizar la inamovilidad de los jueces y magistrados y, con ello, obtener la “esperada independencia” del sistema.

REGLAS

El artículo 6 de la Ley 53 de agosto de 2015 enumera los principios de las carreras en el Órgano Judicial; es decir, la carrera judicial, la carrera administrativa judicial y la carrera de defensa pública.

Según la norma, se trata de los principios de igualdad de oportunidades; reclutamiento sistemático; selección por méritos; evaluación de desempeño; ascensos y traslados por desempeño, antigüedad y méritos; demostración de méritos y competencias; periodo de prueba; remuneración justa; exclusividad del desempeño, entre otros.

Consultado al respecto, el vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, opinó que en el Órgano Judicial hay profesionales de mérito que tienen derecho a aspirar a mejores puestos.

SPA enfrenta nuevo revés

El nombramiento interino de los jueces para el Sistema Penal Acusatorio (SPA), que se implementará el 2 de septiembre de 2016 en el Primer Circuito Judicial (Panamá, Darién, Colón, Panamá Oeste y las comarcas), ha genera do las críticas del Colegio de Abogados y la Alianza Pro Justicia.

Los jueces nombrados recientemente tienen una estrecha relación con los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dicen.

JOSÉ ALBERTO ÁLVAREZ

‘La interinidad en el cargo es nociva para la administración de justicia'

PRESIDENTE DEL CNA

Fuentes judiciales señalaron que de los 59 jueces nombrados para el SPA, catorce laboraban en los despachos de los magistrados de la CSJ. De esta cantidad, cuatro eran empleados de la oficina de José Ayú Prado, presidente de la Corte.

El abogado Juan Carlos Araúz considera que hay profesionales de méritos en otras esferas del sistema que pudieron aspirar a estos cargos. Y agrega que ‘las competencias y habilidades de los seleccionados para los nuevos despachos judiciales no están en cuestionamiento'.

Araúz critica que el Órgano Ejecutivo no haya pedido una prórroga para la implementación del SPA en las provincias que faltaban, ante la falta de recursos para aplicar la ley de la carrera judicial.

Ante la falta de presupuesto, el Órgano Judicial tuvo que recurrir a ‘otras fórmulas' para nombrar a los jueces.

‘La designación de los jueces se cuestiona por la sencilla razón de que existe una ley que contempla el método para la designación de estos funcionarios y no se cumplió', añadió.

Esquivando la carrera judicial, el presidente de la Corte aprovechó para colocar a allegados en los altos cargos del Primer Circuito Judicial, cuestiona el abogado.

La CSJ, a través de la Secretaría de Comunicación, negó estos señalamientos.

‘Las actas de los nombramientos fueron firmadas por los nueve magistrados. No solo por el presidente ', informó.

FALTA DE CLARIDAD

Para Magaly Castillo, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, se actuó sin transparencia en la selección de los jueces. La abogada recuerda que la Constitución establece que estos funcionarios deben ser nombrados por los superiores jerárquicos. ‘Los magistrados asumieron un rol que no tenían (…) Deben subsanar cuanto antes esta situación', advirtió.

El abogado Ernesto Cedeño explicó que los comentarios surgieron por haberse utilizado el método ‘tradicional' y personalista para las designaciones.

‘Lo ideal sería que se aplique la carrera judicial y que fuese por concurso. Este mecanismo nos garantizaba que se contratara a los más capacitados', indicó Cedeño.

A esto, la CSJ explicó que desde antes de la aprobación de la carrera judicial, en agosto de 2015, se solicitó al Ejecutivo el presupuesto para ponerla en marcha y a la fecha el recurso financiero no ha sido asignado.

Castillo considera que no existe la voluntad para implementar la Ley 53 del 27 de agosto de 2015 que creó la carrera Judicial, que

Entre los puntos destacados contempla tres carreras: la judicial, la administrativa judicial y la defensa pública.

Se crea además la Escuela Judicial, que certificará las competencias de los profesionales en áreas técnicas.

Otros puntos que se modifican con esta normativa son el sistema de remuneración, los beneficios y la pérdida de la condición de la carrera.

La ley contempla que los servidores judiciales tendrán derecho a percibir cada dos años un sobresueldo calculado en 6%.

ACUERDOS

Tres acuerdos del pleno de la Corte, fechados el 27 de julio, revelan que el presidente de la entidad puso a consideración de sus colegas los nombramientos ‘interinos' de magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones, jueces, defensores públicos y directores de oficinas, entre otros, que trabajarán en el SPA.

José Alberto Álvarez, presidente del Colegio Nacional de Abogados, expresa preocupación por los nombramientos interinos. ‘La interinidad en el cargo es nociva para la administración de justicia porque pareciera ser que mientras están en el cargo van a estar al vaivén de la querencia de quien los nombró', alegó.

‘El Órgano Judicial no puede estar sujeto a este tipo de presiones', criticó Álvarez.

La CSJ, por su parte, aclaró que el personal de los despachos de los magistrados no fue entrevistado ni mucho menos propuesto por sus jefes directos.

Para el abogado Cedeño, esta movilidad de funcionarios de los despachos de los magistrados obedece a los mejores salarios en el nuevo sistema judicial.

El presupuesto general que el Estado asignó para el SPA es de $32.8 millones.

La Corte archiva expediente por causa penal contra Afú

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió la compulsa de copias remitida por el Tribunal Electoral (TE) y ordenó archivar el expediente contra el diputado de la bancada de Cambio Democrático Carlos Afú.

La decisión la tomó Harley Mitchell el 30 de diciembre de 2015, pero no se conoció hasta ayer, porque tomó ocho meses para que circulara el fallo en la etapa de recolección de firmas entre los nueve magistrados.

DENUNCIAS ELECTORALES

Los diputados son investigados y procesados por la Corte

MAYO DE 2014

Ovidio Díaz interpuso una demanda de nulidad a las elecciones del circuito 7-1 por el uso de dineros del Estado para la campaña.

DICEMBRE DE 2014

Los magistrados del Tribunal Electoral remitieron a la Corte Suprema de Justicia copia del expediente del fallo que convocó a nuevas elecciones.

DICIEMBRE DE 2015

Se tomó la decisión de no admitir la compulsa de copia emitida por el Tribunal Electoral.

La Corte tomó la decisión de no admitir la compulsa de copias por ser ‘un proceso administrativo electoral ya concluido'.

Los magistrados de la Corte también dejaron claro que en la compulsa de copias no se ‘promueve denuncia o una querella', como lo estable la ley.

Según el pleno de la Corte, como se lee en el fallo, el hecho de que se les remita compulsa de copias de un proceso de impugnación de elecciones y proclamación de Afú como diputado del circuito 7-1, de la provincia de Los Santos ya concluido, no representa o implica de forma inmediata o automática que se esté frente a la posible comisión de un hecho de naturaleza penal que sustente su investigación, y que a ello esté vinculado quien fue objeto de ese proceso de impugnación de elecciones.

Para Sidney Sittón, abogado defensor de Afú, el fallo de la Corte ‘es indicativo de que el Tribunal Electoral está manejado a su antojo por fuerzas políticas gobernantes'.

Los magistrados del TE, mediante resolución fechada del 12 de diciembre de 2014, dispusieron la remisión ante el Judicial de la copia consistente en la demanda de nulidad de la elección y proclamación del diputado del circuito 7-1 de la provincia de Los Santos, según reclamo interpuesto por Ovidio Díaz a través de su abogado, Dilio Arcia.

Los magistrados de la Corte puntualizaron que el proceso administrativo electoral concluido ‘no se enmarca en ninguno de los dos supuestos desarrollados en el artículo 487 del Código Procesal, de allí que surge el cuestionamiento de si este tipo de compulsa de copias, respecto a un proceso administrativo y no penal concluido, pueda o no sustentar la apertura de una investigación a Afú'.

‘Si se van a basar en este antecedente, las demás compulsas de copias las van a rechazar todas. Todo lo que se remitió a la Corte carece de fundamento y todas tendrán el mismo destino', advierte Javier Ordinola, quien encabezó varios de los procesos contra diputados que usaron dineros del Estado para la campaña.

El expediente de Afú no es el único que está en la Corte, el TE remitió a la Corte los expedientes de los diputados impugnados por el supuesto uso de recursos del Estado para favorecer su campaña electoral en el 2014.

CONFLICTO

No es la primera vez que la Corte y el TE tienen discrepancias en estos temas.

A inicios del año, la Corte devolvió al TE expedientes bajo la premisa de que los temas electorales son competencia privativa del TE, a pesar de que los señalados son diputados.

Los magistrados del TE devolvieron a la Corte los expedientes porque la Constitución establece que la Corte juzga a los magistrados.

CNA instala la Comisión Constituyente

El Colegio Nacional de Abogados (CNA), instaló la mañana de hoy martes la Comisión Constituyente, que estará encabezada por el catedrático y constitucionalista, Miguel Antonio Bernal e integrada por el presidente de este gremio, José Alberto Álvarez y el profesor Vicente Archivold

Dicha comisión se encargará de promover una asamblea constituyente para redactar una nueva Carta Magna.

 

 

Discrepan en fallo de nulidad por resolución que autorizó pinchazos

La resolución que cerró el caso en el que se investigaba a 25 personas por supuestos delitos de narcotráfico y delincuencia organizada ha generado polémica por la causa que motiva su nulidad: la legalidad o no de los pinchazos telefónicos a los imputados.

En este caso hay una contradicción entre el Juzgado Cuarto del Primer Distrito de lo Penal y la Fiscalía de Drogas, que investigó la Operación Taipei, que se inició en marzo de 2015.

El centro de la discrepancia es que la resolución de la Sala Penal de la Corte que autoriza intervenir las comunicaciones no aparece en el expediente.

El fiscal Markel Mora, a cargo del caso, explica que la resolución que autorizó la intervención reposa en una carpetilla en la Sala Penal y que es de carácter reservado.

Sin embargo, el papel que donde se estipula el tiempo, los números de teléfono, el supuesto delito que motiva al fiscal a intervenir los aparatos, los indicios que reposan contra las personas y la información que se pretende recabar de esta acción no está en el expediente en mención.

Lo que sí aparece es una nota de la Secretaría de la Sala Segunda de lo Penal que ‘certifica' que ese despacho autorizó la interceptación, grabación y registro de las comunicaciones a una veintena de números, rubricada por Aminta Carvajal, secretaria del despacho.

Según el abogado Edil Misael Peñuela, defensa de uno de los imputados, cuando se acercó a Carvajal para solicitarle la resolución de autorización, ésta le respondió que ese papel ‘no existe'.

‘Nos dijo que ahí no había una resolución sobre el caso', manifiesta Peñuela a La Estrella de Panamá .

Enseguida añade: ‘Este papel (la certificación) lo entregó la secretaria de la Sala Penal, la misma que nos dijo que no existía la resolución, mas no la Corte. La Secretaría solamente certifica al Fiscal de que supuestamente se solicitó la intervención de estos números telefónicos, pero la resolución no existe'.

Cómo se certifica una petición del fiscal si no se ha dado una autorización, se pregunta el abogado. En cuántos otros expedientes similares estará ocurriendo lo mismo, continúa.

El fiscal Mora argumenta que la certificación ‘hace referencia a la fecha en que se hicieron los pinchazos. La certificación de la Sala Penal dice que en sus archivos hay una resolución que autorizó la intervención. Es una información reservada contenida en un cuadernillo que está en la Sala Penal, ahí se guarda la resolución'.

En la certificación que menciona Mora, y a la cual tuvo acceso este diario, aparece una lista de teléfonos y la fecha, en la columna derecha de la hoja, en la que supuestamente fue intervenido el número. La primera data del 22 de diciembre de 2014 y la última se registra el 8 de octubre de 2015. La operación se inició el 4 de marzo de 2015.

FORMA Y NO FONDO

La forma, mas no el fondo del fallo, en que el Juzgado Cuarto ejecutorió la decisión llamó la atención del presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Ayú Prado.

En resumen, los oficios que elaboró el escribiente Jonathan Collins con las órdenes de libertad se enviaron a la oficina del Sistema Penitenciario y a Migración dos días antes de notificar a la Fiscalía. Aparentemente, el fallo estaba en papel, no ejecutoriado.

Sin embargo, la medida concedió libertad a 14 privados de libertad 10 varones y 4 damas. Otras 11 personas gozaban de medida cautelar.

A raíz de la denuncia penal que efectuó Ayú Prado, el fiscal Auxiliar, Marcelino Aguilar, tomó declaración jurada a algunos funcionarios del juzgado para conocer los pasos que se siguieron en este aspecto.

Nitzeida Danesa, secretaria, compareció ante la Fiscalía Auxiliar el 20 de julio pasado.

EL AUTOR DEL PROYECTO

Daniel Samaniego, la persona que preparó el proyecto del fallo y asistente del juez, rindió declaración jurada un día después que la secretaria. Samaniego dijo al fiscal que el expediente del caso le fue asignado a principios de abril.

El incidente que presentó la defensa de uno de los sindicados, Mauricio José Torrenegra, de nacionalidad colombiana, pedía la nulidad y archivo del expediente porque no se habían incorporado copias autenticadas u originales de las resoluciones de la Sala Penal en las que se autorizaban las interceptaciones de las llamadas telefónicas a los sindicados por el caso Taipei', declaró bajo juramento el asistente.

Para él y la jueza principal del despacho, Celia Bonilla de Duncan, era necesario incorporar las copias autenticadas de las resoluciones judiciales, a efectos de resolver el incidente planteado por la defensa.

Para tal efecto, a finales de mayo de 2016 se envió un oficio a la Fiscalía de Drogas para que procediera a remitir o determinar si en los últimos tomos del expediente se encontraban dichas copias.

‘Es falso -alega el fiscal Mora- porque el juzgado no le pide a la Fiscalía algo en específico. El licenciado (Samaniego) es técnico en derecho y sabe que si no está la resolución, está la certificación, ¿él va a dudar de la Sala Penal? Es una cuestión de destreza jurídica. Mandó a pedir el expediente y se le mandó completo. No encontraron la resolución, sino la certificación'.

Después, la defensa presentó una serie de impulsos al percatarse de que en la Sala Penal no ubicaron la copia de la resolución que autorizaba la intervención de los números de su cliente.

Motivado por esa extrañeza, Peñuela presentó la nulidad y cierre del caso.

SOBRE LA NULIDAD

Samaniego relató al fiscal Marcelino Aguilar que los impulsos presentados por la defensa los tramita la secretaria del despacho y los presenta al juez. Explicó que él sostuvo una conversación con la jueza Yoideth Chirú, encargada temporalmente del despacho, sobre cuál podía ser la viabilidad, el objeto de la nulidad.

‘Hubo una discusión acerca del proyecto que yo previamente había recibido desde abril, y a consecuencia de los impulsos, la juez consultó con la titular Celia Bonilla de Duncan por teléfono el día 26 de junio (domingo día de la inauguración de la ampliación del Canal). Ella me dijo que revisara bien todo el expediente, a fin de que llegara a la decisión más apegada a derecho. Lo discutimos con la juez Yoideth, presenté el proyecto con mi criterio jurídico para que lo evalúe la juez, y ella estuvo de acuerdo con el auto de nulidad', explicó Samaniego.

LAS LIBERTADES

Enseguida, añade, la juez pasó el proyecto corregido y lo firmó el 27 o el 28 de junio.

El funcionario judicial fue enfático con el fiscal en que ‘la resolución, o sus efectos, se asimila a una sentencia de carácter absolutoria donde las libertades se dan de manera inmediata, sin necesidad de que el auto quede ejecutoriado; por tanto, es al Tribunal de Apelación a quien corresponde la facultad legal y procesal de dictaminar si el trámite dado en el Juzgado Cuarto es conforme a derecho o no'.

Samaniego no ofreció detalle de qué funcionario del juzgado hizo entrega de los oficios aquel 29 de junio de 2016.

Resulta cuestionable que se decrete el archivo de una causa compleja compuesta por 16 tomos, expresa Mora. ‘Lo ilusorio del fallo -añade- es que puso en libertad a todos los implicados, sin embargo, en la resolución sólo se tiene un sello de notificación a la Fiscalía Primera de Drogas, y paradójicamente se imponen medidas cautelares de presentación, sin su debida notificación'.

La secretaria del juzgado, Nitzeida Danesa, declaró bajo juramento al fiscal sobre el procedimiento: ‘hay un fólder donde se anotan los repartos, una especie de control para que sea equitativo, y hay veces que dentro del sistema electrónico se anota a qué funcionario le toca resolver una solicitud que se le asigna'.

_¿Cuál es el procedimiento cuando el juez resuelve un incidente de nulidad?, preguntó el fiscal.

-Si hay detenidos, esas son resoluciones que se ejecutorian inmediatamente; se les aplica una medida cautelar de notificación porque por lo general cuando se notifica a la Fiscalía, ésta apela, y por eso se le aplica la medida cautelar al sindicado hasta que se resuelva lo apelado. En el tribunal se lleva un control de los oficios. No recuerdo quién llevó los oficios, pero dentro de la Corte hay una sección del Sistema Penitenciario que se encarga de dar trámite a las libertades, dijo la secretaria.

El resto de los papeles se tramita por la vía común, el Centro de Comunicaciones Judiciales (CCJ).

La funcionaria explicó que una vez que sale la resolución firmada, se le pasa al portero para que haga el trámite correspondiente y lo lleve al CCJ para que notifique y, posteriormente, regresa con la constancia de recibido, ‘de eso hay un control', resume.

LA CARPETILLA

La exprocuradora Ana Matilde Gómez, ahora diputada de la República, da luces sobre el rol del cuadernillo en este tipo de investigaciones: ‘Puede tratarse de un cuadernillo de vigilancia y seguimiento o investigación específica. Especialmente porque la diligencia es riesgosa para el funcionario que investiga. Por eso el carácter de reserva en delitos graves. La resolución del fiscal a través de la cual se solicita la justificación de la vigilancia, podría ser parte del cuadernillo. Esa carpetilla es de acceso reservado por lo delicado de la investigación. Quien va a fallar puede tener acceso al mismo, pero no es público porque aún estamos en un sistema mixto', explicó.

Por incumplimiento de los protocolos que dicta el Código Judicial para intervenir teléfonos, en 2009 Gómez fue destituida del cargo y el expresidente de la República Ricardo Martinelli, mantiene abierto un proceso en la Corte Suprema de Justicia.

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INVESTIGACIÓN POLICIAL

Sobre la Operación Taipei

El 4 de marzo de 2015, la Dirección de Investigación Judicial inició las pesquisas. Los agentes vigilaban una residencia en Betania a donde arribó una minivan blanca. A las 2:15 de la tarde salió hacia El Dorado, donde fue aprehendido su conductor, Juan David García. Al revisar el vehículo, encontraron 25 paquetes de cocaína que en total pesaron 27.9 kilos.

Registraron la casa y encontraron documentación a nombre de varias personas, como facturas de electricidad, recibos de transferencias internacionales. García se declaró culpable.

En una operación previa, la DIJ remitió oficio fechado el 25 de diciembre de 2014 en el que narraba la participación de una organización delictiva liderada por Jean Pierre alias el ‘Mister', el colombiano Mauricio alias ‘Compi', además de panameños, hondureños, serbios y mexicanos .

La organización utilizaba el aeropuerto de Tocumen para el trasiego de drogas y los puertos en los que introducían los paquetes de droga en contenedores con destino a Centroamérica, Estados Unidos y Europa. ‘Se dedican al blanqueo de capitales y tienen diferentes brazos operativos, entre ellos el serbio Darío, dos panameños asiáticos, un hondureño alias el ‘Paquirri', un francés, entre otros', se lee en el reporte policial.

El fiscal unió ambos casos, Taipei y los 25 paquetes, porque observó la llegada de varios carros y sujetos que estaban siendo vigilados dentro de la llamada Operación Taipei a la residencia allanada en Betania.

En el expediente existe un informe de Domingo Apolayo, jefe de la sección de operaciones de la Fiscalía de Drogas, en el que recomendó al fiscal -luego de obtener datos relevantes con respecto al contenido de las interceptaciones telefónicas que se solicitara de la Sala una certificación en la que se hacía constar que se había procedido a autorizar la acción de los que aparecen en la lista.

El agente remitió al fiscal, el 21 de enero de 2016, las diligencias que detallan las resoluciones con las autorizaciones judiciales para intervenir los números.