Renuncia al Parlacen, posible estrategia legal de Martinelli

El complicado panorama judicial del expresidente de la República, Ricardo Martinelli, se complicaría aún más ante la posibilidad de su renuncia a la curul del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

El organismo regional permite a los exjefes de Estado renunciar. El artículo 28 del reglamento interno dispone que tendría que presentar su dimisión a la curul por medio de comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Parlacen, que a su vez debe informarlo a la junta directiva para posteriormente presentarlo a la asamblea plenaria, para su decisión.

LA HISTORIA

No sería la primera vez que un exjefe del Estado panameño utilice esa estrategia para eludir un proceso ante la Corte Suprema de Justicia.

Martín Torrijos, quien gobernó Panamá entre 2004-2009, renunció a la curul del Parlacen en julio de 2012, en medio de una investigación adelantada por la Corte, por delito contra la administración pública en el caso Cemis.

Una vez concretados los trámites por la dimisión de Torrijos, el expediente de la investigación del sonado caso Cemis tuvo que ser trasladado a un juzgado superior. La Corte perdió competencia.

El abogado defensor de Torrijos en ese momento era Carlos Carrillo, el mismo que hoy día forma parte del equipo legal de Martinelli.

La posible salida de Martinelli del Parlacen, a juicio del vicepresidente del Colegio de Abogados, Juan Carlos Araúz, sería para ‘obstaculizar lo actuado'.

Harry Díaz, magistrado fiscal en el proceso que la Corte le sigue a Martinelli por supuestos pinchazos telefónicos en su gobierno, presentó ante el juez de garantías –Jerónimo Mejía– una acusación en su contra por la supuesta comisión de delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, y contra la administración pública.

Díaz pidió 21 años de prisión. Contra Martinelli, autoexiliado en Miami, pesan cinco procesos más.

De optar Martinelli por esa vía, la Corte no podrá juzgar ni seguir investigando. El artículo 206 de la Constitución Política establece como atribución de la Corte la de investigar y procesar a los diputados de la República.

La exmagistrada de la Corte Esmeralda de Troitiño explica que la renuncia al Parlacen ‘no implica que el proceso no se le va a seguir. No se le sigue en la Corte, se le seguirá en la justicia ordinaria'.

La investigación del fiscal Díaz fue realizada bajo el Sistema Penal Acusatorio, vigente en la provincia de Panamá para los diputados, magistrados de la Corte, presidente de la República y ministros de Estado.

De llegar a renunciar al Parlacen, la Corte perdería competencia y tendría que compulsar copia de lo actuado al Ministerio Público, el cual investiga bajo el sistema inquisitivo que ‘ha colapsado', a juicio de Araúz.

Además, el temor del abogado es que ‘todo lo actuado —en el SPA— no podría formar parte en el inquisitivo'. El razonamiento jurídico es que en el SPA la recaudación de pruebas es distinta.

El SPA se basa en un modelo oral, dinámico, público y desformalizado. En el inquisitivo, los abogados de ambas partes pueden presentar recursos y dilatar el proceso. ‘El sistema inquisitivo no colabora con la transparencia', recalca el vicepresidente del CNA.

Además, apuesta porque el gobierno central implemente el SPA en la provincia de Panamá y así garantizar que las opciones de elegir los sistemas procesales no se conviertan en una técnica para utilizar las ventajas y desventajas de cada uno de los sistemas.

En tanto, la exmagistrada destaca que el expediente tienen que pasarlo al Ministerio Público para ‘la fase de investigación que corresponde a hacer las investigaciones que hagan falta para pedir llamamiento a juicio.. El Ministerio Público tendrá que buscar y emitir su vista fiscal'.

Durante la primera audiencia de control del caso de comida deshidratada, la defensa de Martinelli reclamó que su representado debía ser investigado bajo el sistema inquisitivo.

El magistrado José Ayú Prado, quien fue nombrado por Martinelli en la Corte, recomendó al pleno no investiga r a Martinelli con el SPA.

 

Respaldan decisión de fiscal Harry Díaz

La Ley 55 de 2012, conocida como "ley blindaje", le otorga instrumentos a la Corte Suprema de Justicia para procesar al expresidente de la República Ricardo Martinelli, investigado por los pinchazos telefónicos

a luz de esta norma, según juristas consultados, no sería necesaria una audiencia de imputación, ya que la investigación de este caso “aporta elementos contundentes” que permiten llegar a juicio.

La exprocuradora y hoy diputada independiente Ana Matilde Gómez recordó que el artículo 492 de la Ley 55 establece que concluida la investigación, el fiscal [en este caso Harry Díaz] emitirá por escrito su opinión jurídica en la que pedirá juicio o sobreseimiento.

Luego, explicó Gómez, el juez de garantías [en este caso Jerónimo Mejía] debe decidir la legalidad o no de lo actuado por Díaz en una audiencia de formulación de acusación que deberá celebrarse dentro de un plazo de entre 10 y 20 días.

“Si se le concede legalidad se pasa inmediatamente a hacer [formalizar] la acusación, a explicarla y sustentarla”, dijo Gómez.

El pasado viernes, Díaz acusó a Martinelli de la supuesta comisión de los delitos contra la inviolabilidad del secreto, el derecho a la intimidad y contra la administración pública, por la interceptación de comunicaciones de al menos 150 ciudadanos.  

HARRY DÍAZ DICE QUE LA LEY PERMITE FORMULAR ACUSACIÓN

El escenario jurídico surgido después de que el magistrado Díaz acusara al expresidente Martinelli de la supuesta comisión de los delitos contra la inviolabilidad del secreto, derecho a la intimidad y contra la administración pública, por la interceptación de comunicaciones durante su gobierno, enfrenta las posiciones de juristas a la luz del Código Procesal Penal, que rige el sistema penal acusatorio.

El pasado viernes, Díaz, quien actúa como fiscal en este caso, además de acusar a Martinelli, pidió al juez de garantías de la causa, Jerónimo Mejía, la apertura de un juicio oral y remitió a la Dirección de Investigación Judicial una notificación para que a través de Interpol se emita una alerta azul para ubicar al exgobernante, quien abandonó el país el pasado 28 de enero.

Ayer, la defensa de Martinelli presentó un incidente de objeciones a la acusación presentada por Díaz alegando que se violó el debido proceso ya que se presentó la solicitud de acusación sin que se pasara por la audiencia de imputación, tal como lo establece el sistema penal acusatorio. El abogado Rogelio Cruz detalló que el recurso se fundamenta en el hecho de que Díaz “violó normas del Código Procesal Penal al formular cargos sin que previamente se realizara una audiencia de imputación de cargos”.

‘NO HAY MALDAD PERFECTA’

Pero otros juristas argumentan que la estrategia de Díaz es acertada. “No hay maldad perfecta”, dice la exprocuradora y diputada independiente Ana Matilde Gómez al explicar que la propia Ley 55 de 2012 (“ley blindaje”), sancionada por el propio Martinelli durante su mandato, así lo establece.

El artículo 492 de esa norma señala que concluida la investigación, el magistrado fiscal [en este caso Harry Díaz] emitirá por escrito su opinión jurídica en la que expresará solicitud de elevación de la causa a juicio, o sobreseimiento.

Luego corresponderá al juez de garantías [en este caso Jerónimo Mejía] ordenar la audiencia de formulación de la acusación. Si el juez de garantías, dice Gómez, le concede legalidad a lo actuado por Díaz, esa audiencia se convierte entonces en una audiencia formal de acusación. A partir de allí se pasa a otra fase que podría dar pie a que se apliquen otras medidas cautelares.

“Nosotros debemos partir del supuesto de que el magistrado está listo para explicar ante el juez de garantías lo que ha hecho”, agregó.

Mientras que el abogado Raúl Olmos, quien se desempeñó como juez y magistrado suplente del Segundo Tribunal de Justicia, concuerda con Gómez en que con la “ley blindaje” Martinelli adquiere de forma inmediata el estatus de imputado, por lo que no sería necesario una audiencia de imputación, ya que esa norma [Ley 55 de 2012] aporta elementos contundentes que permiten llegar hasta la etapa de juicio.

DÍAZ HABLA

El propio Díaz lo aclaró anoche tanto en TVN como en Telemetro. Allí informó que para acusar a Martinelli se basó en los artículo 491 A del 487 al 496 del Código Procesal Penal, es decir, las modificaciones que se le hicieron a esa norma con la “ley blindaje”. Se refirió al artículo 491-A que manifiesta que el fiscal deberá concluir las investigaciones dentro de dos meses o antes, si considera que cuenta con los elementos necesarios para acusar. Y también mencionó el ya citado artículo 492, que le permite formular su acusación por escrito.

Alegó que el artículo 344 del Código Procesal Penal dispone que después de presentada la acusación se tiene un término de 10 a 20 días para fijar una fecha de audiencia. Estos tiempos, aclaró, comenzaron a correr desde el día de ayer.

Magistrado José Ayú Prado viaja Rusia

El presidente  Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Ayú Prado, viajó a Rusia este fin de semana. Así lo informó la institución a través de un comunicado.

INVESTIGACIÓN Pleno separa a Ayú Prado del caso Financial Pacific

PERIPLO Ayú Prado está en Alemania, suma 25 viajes

Lo hace un día después de que Ayú Prado viajara a ese país, luego de la invitación que le realizara el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Rusia, Viacheslav Lebedev.

En el comunicado se destaca que el magistrado sostendrá “diferentes reuniones bilaterales de cooperación” con Lebedev. Además, tendrá un encuentro con el director general del Departamento Judicial, Alexander Guseva; una reunión con el procurador de Rusia, Yury Chayka.

Luego visitará la Corte Constitucional y la Corte Municipal de San Petersburgo.

Su visita oficial es del 12 al 16 de este mes. Lo acompañan la magistrada del Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, Otilda Vergara de Valderrama; la magistrada presidenta del Primer Tribunal Superior de Justicia de Panamá, Lilianne Ducruet Núñez; y la directora de Auditoría Judicial del Órgano Judicial, Ginette Díaz Andrión.

Este es el viaje número 26 que realiza José Ayú Prado al exterior.

La semana pasada, el pleno de la Corte Suprema de Justicia separó a Ayú Prado como juez de garantías en el proceso penal que se admitió al exgobernante Ricardo Martinelli por supuestas irregularidades en el manejo de cuatro cuentas a través de Financial Pacific (FP) .

 

Hay indicios contra ex presidente en caso Cobranzas del Istmo S.A’

La segunda intervención de Financial Pacific, en 2014, terminó con una liquidación llena de tropiezos. El más importante ha sido la falta de información que ha impedido el rastreo del dinero que se invertía a través de la casa de valores. LA PRENSA/Archivo

El dinero supuestamente entregado al expresidente de la República Ricardo Martinelli como apoyo económico por el cobro de impuestos morosos de la empresa Cobranzas del Istmo S.A. (Cisa) “debe ser investigado ante la posible realización de actos de corrupción propiciados a raíz de comisiones irregulares”.

Este fue el argumento del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el fallo del 23 de septiembre pasado que admitió una investigación a Martinelli por delitos contra la administración pública.

Este expediente fue enviado a la CSJ el 17 de agosto de este año por la Fiscalía Cuarta Anticorrupción, a cargo de Ruth Morcillo, en copias autenticadas de la investigación que sigue ese despacho al ex director general de Ingresos Luis Cucalón, al empresario Cristóbal Salerno y a otras dos personas por la supuesta comisión de los delitos de peculado y corrupción.

Salerno, quien asegura ser el dueño de Cisa, reveló que entregó dinero en efectivo a Martinelli en sus oficinas de Monte Oscuro.

Según Salerno cada entrega era aproximadamente de $400 mil a $600 mil.

El fallo, al que este medio tuvo acceso, explica que se justifica el inicio de la investigación para esclarecer lo señalado por Salerno.

“Los elementos incorporados por el Ministerio Público (…) sugieren la posibilidad de que se haya cometido un acontecimiento con apariencia de hecho punible, en el que a su vez se ha relacionado al diputado Ricardo Martinelli”, indica el fallo, cuyo ponente fue Abel Zamorano.

Avalaron este fallo los magistrados Oydén Ortega, Nelly Cedeño, Hernán De León, Harry Díaz y Harley Mitchell. Luis Ramón Fábrega se abstuvo de votar, pero cambió de opinión y luego firmó el fallo.

En tanto, el magistrado Jerónimo Mejía no asistió a la reunión del pleno ni habilitó a su suplente.

Gabriel Fernández, suplente del magistrado presidente de la Corte, José Ayú Prado, manifestó que la declaración de Salerno no constituye prueba idónea para determinar que hay indicios de un delito cometido presuntamente por Martinelli. “La declaración de Salerno no se ve apoyada por elementos de convicción que de manera indiciaria apunten a que en la operación que refiere el indagado subyace un delito”.

Martinelli, actual diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), salió del país el 28 de enero pasado con rumbo a Guatemala –donde está la sede del Parlacen–. Hoy su paradero es desconocido.

 

Ejecutivo pone en marcha la selección de dos magistrados

El Gobierno dará participación a los abogados y la social al proceso de selección para el remplazo de dos magistrados.

Quienes aspiren a ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia para el —2016-2025— tendrán que enviar su hoja de vida a la Presidencia de la República a partir de esta semana.

El Órgano Ejecutivo dará participación a la sociedad civil y al Colegio Nacional de Abogados (CNA) en el proceso de selección de dos de los tres magistrados que debe nombrar antes del 1 de enero de 2016.

Ante la necesidad de llenar las vacantes que quedan por los magistrados Harley James Mitchell —Sala Primera— a quien se le vence su mandato el 31 de diciembre próximo y Nelly Cedeño —quien remplazo a Víctor Benavides, de la sala Tercera—, el Ministerio de la Presidencia hizo formal convocatoria a los interesados a enviar su curriculum vitae vía correo electrónico.

Quedará pendiente el remplazo de Alejandro Moncada Luna, magistrado que fue separado de su cargo y que hoy está en prisión.

En este caso, el presidente de la República, Juan Carlos Varela, adelantó que hará uso de la facultad constitucional de hacer la designación por sí solo.

EMPIEZA EL PROCESO

La convocatoria estará abierta por quince días, desde el miércoles 14 hasta el jueves 29 de octubre.

Según la convocatoria hecha, se estableció que las hojas de vida deben ser enviadas exclusivamente en formato digital —al correo electrónico magistrados@presidencia.gob.pa— y que no es necesario enviar versiones adicionales en papel, ni incluir otros documentos en esta etapa del proceso.

Los aspirantes deben cumplir con los requisitos constitucionales y no estar incluidos en las prohibiciones, para ocupar el cargo de magistrado de la Corte.

Las hojas de vida recibidas serán objeto de una primera verificación del cumplimiento de los requisitos constitucionales, y selección, en el Ministerio de la Presidencia.

Los criterios, asegura el Ministerio de la Presidencia, que guiarán la selección son: independencia e imparcialidad, conocimiento jurídico notable, trayectoria profesional destacada, compromiso con la protección de los derechos fundamentales, la democracia y la transparencia.

Luego de este proceso, se confeccionará una lista corta de 10 aspirantes que cumplan los requisitos constitucionales. La elaboración de esta lista corresponderá al ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, en apoyo con la Dirección Jurídica de este Ministerio, el ministro Gobierno, Milton Henríquez, y el ministro Consejero Francisco Sierra.

DIEZ PRECALIFICADOS

Una vez se elabore esta lista con un máximo de 10 candidatos, se someterá la misma a un proceso de consultas con la sociedad civil —Pacto de Estado por la Justicia, Movimiento Independiente por Panamá- MOVIN- y el Colegio Nacional de Abogados a fin de conocer sus observaciones sobre los candidatos.

Concluida la consulta, el Ministerio de la Presidencia someterá la lista de seleccionados a la consideración del Consejo de Gabinete.

El Presidente de la República, Juan Carlos Varela, llamará a sesiones extraordinarias para la ratificación de los nuevos magistrado de la Corte.

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DESIGNACIONES

Proceso pendiente por el Ejecutivo

Antes que concluya este año en curso, el Órgano Ejecutivo tiene pendiente la designación de tres magistrados.

Desde marzo de este año, en que la Asamblea Nacional separó de su cargo y condenó a cinco años de prisión al exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Alejandro Moncada Luna, se registró la primera vacante en el Órgano Judicial.

Posterior en el mes de junio de este mismo año, se generó otra vacante tras la renuncia del magistrado, Víctor Benavides, quien estaba a punto de enfrentar las audiencias por un proceso que le seguía la Asamblea Nacional por pedofilia y supuesta de venta de fallos.

La tercera vacante se produce por la finalización del mandato del magistrado Harley Mitchell, el 31 de diciembre. Los tres nuevos magistrados deben asumir el 2 de enero de 2016.

 

 

 

 

 

 

Hubo evidente malversación’

Las 448 llantas que compró el Programa de Ayuda Nacional (PAN) dos días antes de las elecciones generales del 4 de mayo de 2014 no eran requeridas con urgencia, y por ende no se necesitaba una negociación por invitación directa para su adquisición.

Así lo concluyó ayer la fiscal tercera Anticorrupción, Zuleyka Moore, en la audiencia preliminar del proceso que siguió su despacho por supuestas anomalías en esta negociación.

La audiencia se llevó a efecto en el Juzgado Decimoquinto Penal y a su término Moore pidió el llamamiento a juicio del exdirector, la exjefa de Transporte y el exjefe de Bodega del PAN, Rafael Guardia Jaén, Ana Andrión y Edwin Serracín, respectivamente; y del empresario Charles Sadat Bonilla Ojeda.

“Es evidente la malversación de fondos públicos con la ayuda de un particular para lograr este fin”, dijo la fiscal en sus alegatos.

Explicó que había un interés de dar el contrato a la empresa Free Port PTY, S.A., cuyo propietario era Bonilla Ojeda, amigo de Rafael Guardia Juárez, hijo del exdirector del PAN.

Moore también alegó que después de que cobró los tres cheques del contrato por $169 mil 482 con 86 centésimos, Bonilla Ojeda depositó $30 mil en una cuenta de la sociedad Piombino Holding, propiedad de Guardia Jaén.

Agregó que se pagó un precio superior a la cotización y además no se entregaron los mismos modelos ni la cantidad de llantas que fueron cotizadas.

En un solo día (2 de mayo de 2014) Guardia Jaén hizo la invitación directa a Free Port PTY, S.A., se emitió la orden de compra y se giraron los tres cheques por un monto total de $169 mil 482 con 86 centésimos.

Free Port PTY, S.A. compró las llantas al grupo Tambor en $52 mil 990 con 68 centésimos, por lo que la Contraloría General de la República determinó en una auditoría que la posible lesión patrimonial al Estado podría ser de $110 mil 948 con 35 centésimos.

En el caso de Andrión –cuñada de Guardia Jaén–, la fiscal precisó que firmó la nota en la que se requería con urgencia las llantas, sin haber efectuado un informe técnico que sustentara tal petición.

“Se compraron y entregaron llantas para autos de las sedes regionales del interior que estaban dañados y fuera de servicio”, dijo.

En lo que respecta a Serracín, explicó que recibió las llantas después de horas laborables, firmó el acta de entrega en blanco y al día siguiente de recibirlas, el 8 de mayo, ya había menos neumáticos de las pagados.

La fiscalía pidió el sobreseimiento provisional de los fiscalizadores de la Contraloría, Adrián Guardia y Jorge González, pues el decreto que rige el PAN solo les permitía verificar documentos y no ejercer otras acciones.

DEFENSA

Víctor Orobio, abogado de Guardia Jaén, señaló que las actuaciones de este están sustentadas en el Decreto Ejecutivo No. 690 del 22 de julio de 2010, que rige la entidad, y no se ha acreditado que incurrió en un hecho doloso.

“Esto es una falta administrativa, no hay pruebas. Rafael Guardia no podía estar pendiente de todas las gestiones que se hacían en el PAN”, argumentó.

Para Orobio, este caso es una “decisión política”, porque no fue Guardia Jaén quien firmó el decreto que creó el PAN. Además, cuestionó que no se ha investigado a la junta directiva de la entidad en este proceso.

Recordó que en los otros expedientes en los que ha sido señalado, Guardia Jaén ha declarado y se ha hecho responsable de todo lo que hizo, por lo que no tiene sentido que no lo haga en este caso. Orobio pidió su sobreseimiento provisional.

En tanto, Orlando Castillo, abogado de Bonilla Ojeda, pidió la nulidad de la investigación al considerar que en las primeras diligencias realizadas por la fiscalía no se designaron defensores de oficio a los acusados y no se juramentó al perito contable. “Son pruebas ilícitas”, aseguró.

Indicó que desde el año 2010, el PAN compraba llantas para los vehículos de la entidad y el cambio de neumáticos debía hacerse todos los años, porque la vida de los funcionarios estaba en peligro.

Por su parte, los abogados de Edwin Serracín y Ana Andrión pidieron su sobreseimiento.

JUEZ SE ACOGE AL TÉRMINO

El juez Leslie Loaiza concluyó la audiencia poco antes de las 2:00 p.m. y anunció que en un plazo de 10 días decidirá si llama a juicio o no a los imputados.

Pleno de la Corte no decide aún qué hacer con la ‘ley blindaje’

El pleno de la Corte Suprema de Justicia discutió la tarde del viernes 9 de octubre las tres demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el artículo 491-A del Código Procesal Penal, incluidas a través de la Ley 55 de 2012 ("ley blindaje"), sin lograr una decisión.

Demandas a Ley 55, estancadas

En sesión extraordinaria, el pleno discutió un proyecto de fallo del magistrado ponente Hernán De León, en el que se declara inconstitucional todo el artículo 491-A. No obstante, ese proyecto de fallo debe ser aprobado por la mayoría de los nueve magistrados.

Fuentes judiciales informaron que luego de más de una hora de discusión, no se llegó a un acuerdo definitivo.

La discusión de las demandas fue postergada para otra reunión del pleno, cuya fecha no se ha definido.

El articulo 491-A establece el plazo de dos meses para investigar a diputados acusados en causas penales.

Dos de las demandas fueron presentadas por Carlos Rubio -actual subdirector del Ifarhu-, en ese entonces candidato a diputado del cogobernante Partido Popular. La primera se presentó el 24 de julio de 2013, contra el artículo 491-A. A este recurso se le acumuló una acción similar presentada por Rubio contra el mismo artículo, pero como parte de una denuncia contra el diputado Sergio Gálvez, quien supuestamente regaló dinero en una actividad en El Chorrillo, el 7 de julio de 2013.

La otra acción fue interpuesta el 2 de julio pasado por Oydén Ortega, en funciones de magistrado fiscal por la investigación seguida al expresidente Ricardo Martinelli por la compra de alimentos deshidratados con fondos del Programa de Ayuda Nacional (PAN).

Una cuarta demanda de inconstitucionalidad fue presentada en marzo pasado contra cinco artículos de la Ley 55  de 2012, y es tramitada por Gisela Agurto, suplente de Ortega.

 

Pleno separa a Ayú Prado del caso Financial Pacific

Ayú Prado hizo la solicitud en una de dos notas que envió ese mismo día –el miércoles– al vicepresidente de la CSJ, Luis Ramón Fábrega, con copia a los demás miembros del pleno.

Lo hizo días después de que dirigentes de la sociedad civil, abogados y exmagistrados le pidieran públicamente que se declarara impedido de ser juez de garantías en la investigación a Martinelli.

En la primera nota, Ayú Prado instó a sus colegas a considerar si la investigación a Martinelli debe tramitarse bajo el Código Judicial de 1986 (sistema inquisitivo) o bajo el sistema penal acusatorio, que entró en vigencia el 2 de septiembre de 2011.

“Todo indica que el supuesto delito se desarrolló entre el 27 de octubre de 2009 al 28 de enero de 2010”, cuando se compraron y vendieron acciones de la minera Petaquilla a través de las cuentas en FP “Ricardo Martinelli” y “Distribuidora Comar, S.A.”.

Esta última interpretación fue el sustento que utilizó ayer el pleno de la CSJ para declarar impedido a Ayú Prado en su rol como juez de garantías.

SABÍA EL RIESGO

Desde el pasado 23 de septiembre, la CSJ admitió la investigación a Martinelli basada en un informe administrativo de la Superintendencia del Mercado de  

Valores, que advierte sobre presuntas irregularidades en la compra y venta de acciones de la minera Petaquilla a través de cuatro cuentas en FP, en las que supuestamente está vinculado el exmandatario. Ese día, el pleno designó a Hernán De León como fiscal y a Ayú Prado como juez de garantías.

Tras las críticas de la sociedad civil, Ayú Prado solicitó el pasado lunes a la Secretaría General de la CSJ que le prestara el expediente de la investigación a Martinelli para considerar si se declaraba impedido, pese a que aún faltaba la firma del magistrado Fábrega en la resolución que admitía el caso.

Fábrega firmó el pasado miércoles, informaron fuentes judiciales.

Dicho fallo no se ha hecho oficial ni ha sido notificado a los abogados de Martinelli, trámite que debía cumplirse como paso previo a que Ayú Prado anunciase el impedimento. A pesar de ello, Ayú Prado envió esa primera nota el pasado miércoles, dejando claro que no era ajeno al riesgo de que esa valoración fuese causal de impedimento.

“Se impone la lealtad procesal y el deber de advertir oportunamente la posible comisión de una nulidad que conlleve a la violación de la Constitución y la ley”, dijo.

En la segunda nota, enviada casi de manera simultánea –4:50 p.m. del miércoles 7 de octubre–, expresó: “no existen elementos de hecho ni de derecho para apartarme de ejercer como magistrado de garantías”, haciendo referencia al Código Procesal Penal y al Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos.  

Agregó que no tiene relación directa o indirecta con Martinelli ni con las sociedades Distribuidora Comar, S.A. y High Spirit.

Mayte Pellegrini, exempleada de FP acusada de delitos financieros en otro proceso penal relacionado con la casa de valores, declaró que cuando Ayú Prado era procurador de la Nación, en 2012, redactó una declaración indagatoria en la que ella se retractó de acusaciones contra Martinelli por la cuenta High Spirit.

Sin mencionar su nombre, Ayú Prado señaló en esa segunda nota que lo dicho por Pellegrini fue desmentido por personas que estuvieron presentes el día en que ella se retractó. “Aparte de mi conciencia, estoy amparado por las pruebas que no han sido desvirtuadas”, precisó. 

A pesar de defender su posición, concluyó pidiendo que el pleno considerase si en base a la primera misiva –en la que sugería que Martinelli fuese investigado por el sistema inquisitivo– debía ser separado como juez de garantías. “[Puede] interpretarse que excedí mis acciones para luego desempeñarme como juez de control del magistrado fiscal”, señaló.

FALLO MODIFICADO

Lo sugerido por Ayú Prado fue debatido en el pleno ordinario de ayer. El Órgano Judicial informó en un comunicado que el magistrado De León sometió a consideración del pleno lo planteado por Ayú Prado en esas dos notas.

Tras la discusión, los ocho magistrados votaron 7 a 1 a favor de separarlo del caso.

Además del magistrado De León, votaron a favor sus colegas Fábrega, Harry Díaz, Nelly Cedeño, Abel Zamorano, Oydén Ortega y Harley Mitchell. 

Zamorano y Mitchell emitieron un voto explicativo, es decir, que sustentan por escrito las razones por las que apoyan el impedimento de Ayú Prado. Ortega dio un voto concurrente, en el que apoya el impedimento, pero además lo sustenta con otros argumentos.

Carrasco, designado como nuevo juez de garantías, emitió un salvamento de voto al no estar de acuerdo con la mayoría. Fuentes del Órgano Judicial explicaron que ahora se deberá modificar el fallo que admite la investigación, para que se incluya a Carrasco como juez de garantías en reemplazo de Ayú Prado. Una vez cumplido ese trámite, se deberá notificar a los abogados de Martinelli.

Las mismas fuentes precisaron que De León, como magistrado fiscal, deberá analizar si solicita una audiencia ante Carrasco para que como juez de garantías decida si se investiga a Martinelli por el sistema inquisitivo o el penal acusatorio.

En caso de que Martinelli sea investigado por el inquisitivo, De León podrá formular cargos, ordenar la indagatoria y detención, sin que el exmandatario esté en Panamá.

Mientras que con el sistema penal acusatorio se requiere la presencia de Martinelli para imputar cargos (informar los delitos por los que será investigado), formular la acusación, pedir el llamamiento a juicio y llevar a cabo el juicio.

Martinelli salió de Panamá el 29 de enero pasado y actualmente está en Miami, Estados Unidos.

Además de esta investigación, la CSJ ha admitido otros cinco procesos contra el exgobernante: por la compra de comida deshidratada en el Programa de Ayuda Nacional (PAN); los pinchazos telefónicos; por otorgar 353 indultos; por irregularidades en Cobranzas del Istmo y por la compra de granos en el PAN. 

Queda pendiente resolver la admisión de otras cinco denuncias y querellas contra Martinelli.

Con información de Eduardo Mendoza

‘El pleno es soberano’

09 oct 2015 – 00:05h

Horas después de que el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sesionara ayer, el magistrado presidente de esa corporación de justicia, José Ayú Prado, asistió a un evento de la junta de síndicos del Centro Nacional de Competitividad, cuyas oficinas están ubicadas en el edifico de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa. Allí explicó a los periodistas que durante el pleno de ayer, sus colegas Luis Ramón Fábrega y Harley

Mitchell pidieron alterar el orden del día para discutir las notas 937 y 938. En estas, el magistrado presidente emitió algunas consideraciones con respecto al informe presentado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) el pasado 29 de junio, en el que pidió investigar si el expresidente Ricardo Martinelli cometió delitos financieros en cuentas manejadas a través de la casa de valores Financial Pacific.

En la nota 937, remitida el 7 de octubre pasado, Ayú Prado pidió que la denuncia presentada por la SMV fuera atendida bajo las reglas del Libro III del Código Penal de 1986 y no por medio de las normas del Código Procesal Penal de 2008.

“Como el tema estaba directamente relacionado con mi actuación en este proceso, salí de la sala de reuniones del pleno de la Corte y cuando regresé se decidió apartarme del conocimiento del caso, y se designó al magistrado Luis Mario Carrasco [suplente de Jerónimo Mejía] como juez de garantías”, explicó. 

Dijo que esa decisión contó con el voto explicativo de Abel Zamorano, el voto razonado del magistrado Mitchell y la abstención de Carrasco.
Detalló que se le separó del conocimiento de este expediente sin siquiera haberlo conocido. “El pleno [de la Corte] es soberano”, dijo al explicar que debe someterse a sus decisiones. Cuando se le consultó sobre si estaba de acuerdo con la decisión de sus colegas, respondió que si hubiese tenido alguna diferencia u opinión, lo habría puesto por escrito en un salvamento de voto.

 

Acreditan vinculación de Martinelli con pinchazos

Concluyó ayer el término de la investigación que se le sigue en la Corte Suprema de Justicia al expresidente Ricardo Martinelli y actual diputado del Parlamento Centroamericano por las interceptaciones de comunicaciones al menos 150 personas durante su gobierno (2009-2014).

Así consta en el auto dictado ayer por el magistrado fiscal del proceso, Harry Díaz, en el que se detalla que las pesquisas del caso se iniciaron por mandato del pleno de la máxima corporación de justicia el 13 de agosto pasado. Esta causa penal está identificada con el número de carpeta 138-15.

“Como quiera que se tienen suficientes elementos de convicción que acreditan el hecho punible y la vinculación del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal (…) se hace necesario comunicar, a todas las partes intervinientes dentro del proceso, que ha concluido el término de investigación”, dice el auto.

Díaz fundamenta esta notificación en el artículo 291 del Código Procesal Penal, inherente, precisamente, a los plazos de investigación; y en el artículo 492 de la misma norma, relacionado con la calificación de la investigación.

De acuerdo con este último artículo, el magistrado fiscal debe emitir por escrito su opinión jurídica sobre el proceso y detallar si considera que el imputado debe ser llevado a juicio o sobreseído. Corresponde al juez de garantías –el magistrado Jerónimo Mejía– calificar la investigación.

En el caso de que se solicite y avale el encausamiento criminal del imputado, el juez de garantías debe convocar a una audiencia de formulación de acusación en un plazo no menor de 10 días ni mayor de 20 días.

Como quiera que el magistrado fiscal admite en el auto firmado ayer que tiene “suficientes elementos de convicción que acreditan el hecho punible y la vinculación” del expresidente, puede inferirse que solicitará el enjuiciamiento del exmandatario al juez de garantías y que este deberá convocar a una audiencia este mes o a comienzos de noviembre.

 

Junta directiva de CSS autorizó pago a contratistas de la ciudad hospitalaria

La Fiscalía Quinta Anticorrupción solicitó a la Contraloría una auditoría sobre el proyecto ciudad hospitalaria (ahora ciudad de la salud), aprobado a un costo de $517 millones por el pasado gobierno.

Además, la fiscalía notificó ayer al exdirector de la Caja de Seguro Social (CSS) Guillermo Sáez-Llorens; al exministro de Salud Javier Díaz; a Alberto Maggiori, ex director ejecutivo de Finanzas y Administración; a Lizka Richards, ex subdirectora nacional de Instalaciones; a Linnet Monterrey, ex directora ejecutiva nacional de Ingeniería y Servicio de Apoyo; a Mirian de Sucre, ex subdirectora nacional de Compras, y a Nelson Dueñas, exfuncionario de la entidad, un proceso en su contra.

A todos se les ordenó indagatoria y se les imputó cargos por la supuesta comisión del delito contra la administración pública (peculado) por presuntas irregularidades en el manejo del millonario proyecto.

Una fuente judicial confirmó que la fiscalía evalúa llamar a indagatoria a los miembros de la junta directiva de la CSS que aprobaron, en 2012, el contrato para la ciudad hospitalaria firmado con la empresa Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y autorizaron los desembolsos para la obra.

Pesquisas adelantadas por la fiscal Janeth Rovetto dan cuentan de informes que señalan que la CSS pagó más de $200 millones al contratista, a pesar de que había poco margen de adelanto en el proyecto.

Durante una inspección a la ciudad hospitalaria, hecha por el contralor, Federico Humbert, y el director de la CSS, Estivenson Girón, se detectó la construcción de paredes de pladur -material parecido al gypsum- y no de bloque, como establecía el contrato.

Dimas Guevara, abogado de Maggiori, expresó que su cliente está dispuesto a comparecer a las autoridades.

Mientras Carlos Carrillo, defensa de Sáez-Llorens, dijo que su cliente dará las explicaciones y alegó que todos los desembolsos para el proyecto pasaron por la directiva de la CSS.