Ni paraíso fiscal ni blanqueo de capitales

En conversaciones informales, he escuchado comentar sobre los supuestos males que nos acechan, como nación, cual resfriado que se esparce sin control. Cuestionan si Panamá es un paraíso fiscal, con pocas o nulas leyes y procesos para el blanqueo de capitales, y dicen que estamos en cuanta lista gris se ha inventado. Esos son algunos de los epítetos que se manejan en la plaza e incluso confunden o mezclan conceptos, debido a la falta de información y de cuidado al expresarse sobre estos temas.

Es importante saber que el término paraíso fiscal se refiere a las actividades de carácter impositivo–legales. Es decir, a una jurisdicción con un régimen tributario laxo, cuyo objetivo fundamental es no pagar impuestos; esto en Panamá es un rotundo no. Soy del criterio de que las leyes y procesos establecidos en las regulaciones fiscales son claras y su ejecución es tal que raya en necedad insistir en que el país es un paraíso fiscal, ya sea por propios o extraños.

Al referirnos a lavado de dinero o de activos, hablamos de capitales que son producto de actos ilícitos definidos, como el narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo, etc., y que quienes los manejan utilizan jurisdicciones sin regulaciones ni procesos adecuados, que les sirvan para disimular el origen de los fondos.

El error es mezclar los conceptos lavado de dinero y paraíso fiscal, pues se manejan con regulaciones propias, aunque se insista en ponerlos en la misma “cama”. A nuestro istmo lo tienen en listas grises por carecer de elementos –a criterio del evaluador– coincidentes con las “políticas internacionales” en materia de lavado de activos y prevención de la evasión fiscal. Esto genera detractores y aliados en el proceso. Los primeros sustentan sus puntos con duros cuestionamientos al statu quo, con hipótesis de intervencionismo e imposición foránea; los segundos apelan a la cooperación internacional y al bien mayor, al ajustarnos a regulaciones que coadyuven a la captación de inversión y acceso a préstamos internacionales, con el visto bueno de las instituciones supranacionales, pues eso incide en la buena o mala reputación como país.

La respuesta ha sido un alcance adicional a los acuerdos de intercambio de información. Leyes de trascendental importancia que, en armonía, combaten el lavado de activos. La primera en el ámbito corporativo es la Ley 47 de 2013, modificada por la Ley 18 de 2015, que regula la estructura constitutiva de las acciones al portador, al establecer que deben permanecer en custodia de entidades previamente aprobadas para tal fin. Esto se suma a la dificultad de abrir cuentas corporativas en la banca local, bajo una nomenclatura distinta a las acciones nominativas, lo que persigue identificar a los accionistas. Lo anterior, en conjunto con los procesos para conocer al cliente y de cumplimiento, perfecciona una plataforma robusta en Panamá que se complementa con la Ley 23 de 2015, sobre medidas para prevenir el blanqueo de capitales.

Quedaba latente el vacío, subsanado por la precitada ley, para con las empresas que no tienen como modelo de negocios la intermediación financiera, pero manejan una cartera importante de clientes que les genera flujo de efectivo. Es decir, los sujetos no financieros dentro de la oferta del mercado, que al ser tan heterogéneo el rubro de servicios incluye un listado amplio de actores, lo que la ley cataloga como sujetos obligados no financieros.

Paso sensitivo e importante porque le cierra la “llave” a cualquier posibilidad para blanquear capitales. Claro, se espera que esta normativa vaya de la mano de empresas serias, que tengan el compromiso, se capaciten y actúen bajo principios éticos y profesionales. Todo con el objetivo de salir de las listas grises en el primer trimestre de 2016. Pero esto no es lo trascendental, para mí lo más importante es que este marco regulatorio sea el catalizador que nos permita entender que se puede generar riqueza bajo un esquema de competitividad y trabajo digno, sin cometer ilícitos. Comulgo con la intención de generar conciencia, para que el “juega vivo” sea la excepción; la ilegalidad y corruptela sean mal vistos y, por supuesto, se tenga la certeza del castigo.

Usted, amigo lector, puede estar a favor o en contra, pero lo cierto es que la bola ya comenzó a rodar hacia una dirección, la decisión fue tomada y lo importante es estar informado, ser vigilante de que las acciones conducentes se ejecuten y que no caigan en letra muerta, porque lo que todos queremos es que sea en beneficio real para el país. Yo, incluso, exijo que se pueda medir, para que los indicadores, a corto y mediano plazo, manifiesten el resultado de todo el esfuerzo. Como empresarios y profesionales tenemos esa responsabilidad, al igual que como consumidor. ¡Todo esto por un mejor Panamá!

El derecho a huelga en el Canal de Panamá (I)

El título constitucional sobre el Canal y la Ley Orgánica del Canal de Panamá consagran que el Canal debe ser una empresa eficiente, rentable y un pilar del desarrollo humano y socioeconómico del país. Fundamentándose en este principio, la Administración del Canal ha prohibido la huelga como resultado de su interpretación particular de la Ley Orgánica y los reglamentos que rigen el Canal. Se fundamentan en que el tráfico ininterrumpido por el Canal es un ‘servicio público internacional' que justifica la continuación de la prohibición de huelga establecida en las leyes laborales federales de los Estados Unidos, que regían la operación del Canal antes de su traspaso.

La prohibición de huelga está establecida por el artículo 109 de la Ley Orgánica, que es a todas luces inconstitucional. Se ha hecho una interpretación arbitraria del artículo 316 de la Constitución Política, que es del tenor siguiente:

‘Artículo 316: La Autoridad del Canal de Panamá estará sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos (…).

La Autoridad del Canal de Panamá contratará, preferentemente, a nacionales panameños. La Ley Orgánica regulará la contratación de empleados extranjeros garantizando que no rebajen las condiciones o normas de vida del empleado panameño. En consideración al servicio público interna cional esencial que presta el Canal, su funcionamiento no podrá interrumpirse por causa alguna.

Los conflictos laborales entre los trabajadores del Canal de Panamá y su Administración serán resueltos entre los trabajadores o los sindicatos y la Administración, siguiendo los mecanismos de dirimencia que se establezcan en la Ley. El arbitraje constituirá la última instancia administrativa'.

( El énfasis es nuestro)

Sobre la huelga, el artículo 65 de nuestra Constitución Política dice: ‘ARTÍCULO 65 : Se reconoce el derecho de huelga. La ley reglamentará su ejercicio y podrá someterlo a restricciones en los servicios públicos que ella determine'.

Como podemos ver, la Constitución no contiene ninguna disposición en el Título Constitucional sobre el Canal que prohíba expresamente la huelga. Se ha insistido en exceptuar al Canal del derecho a huelga como único medio de evitar la interrupción del tráfico, sin tomar en cuenta que una huelga de hecho, no regulada, es un riesgo mayor para la interrupción del tráfico por el Canal que una huelga regulada.

El resto de la Constitución tampoco contiene disposición alguna que prohíba la huelga; por el contrario, hemos visto que el derecho a huelga es un derecho reconocido por el artículo 65 de la Constitución, aunque de forma restringida en los servicios públicos que la ley determine, mientras que en el Canal la huelga se ha venido a considerar, en los reglamentos que desarrollan la Ley Orgánica, una falta grave, casi un delito y es causal de despido y de descertificación de un sindicato. Sigue mañana…

Legislar en el mundo

Sin ninguna duda que las noticias que no son de primeras páginas de los medios de comunicación globales señalan las tendencias, y también las ocurrencias, que parecerían ser insólitas de los habitantes planetarios.

Según la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, Italia ha violado el derecho al respeto a la vida privada “por no ofrecer una protección jurídica adecuada ni reconocer los derechos de los homosexuales”. El Estado italiano deberá resarcir a las tres parejas homosexuales demandantes con 5 mil 694 mil dólares a cada uno por daños morales.

Mientras tanto, las autoridades de San Petersburgo, Rusia, han prohibido la celebración de un desfile del orgullo gay basados en la ley que prohíbe la propaganda a la homosexualidad entre los menores. Considerada como un crimen hasta 1993 y como una enfermedad mental hasta 1999, desde 2013 la nueva ley es aprobada con multas y prisión.

En Tailandia se prohíbe contratar los servicios de una madre de alquiler, además de comprar esperma u óvulos. Los médicos serán condenados con un año de prisión y para las madres de alquiler la condena podría ser hasta de 10 años.

La prohibición llega luego de los escándalos globales del japonés multimillonario que ha concebido 16 hijos por vientres de alquiler y del abandono de un recién nacido con síndrome de Down, por un matrimonio australiano que había comprado el vientre a una tailandesa por 12 mil 869 dólares.

En España, en un pueblo de Valencia de mil 400 habitantes, el alcalde ha emitido un decreto: “Silencio durante la hora de la siesta, los niños dentro de la casa y evitar hacer ruidos con el volumen de la televisión y la música a niveles aceptables”.

En un pueblo de 800 habitantes, en Italia, el asunto es más problemático. Multa de 28 a 284 dólares para los dueños de los perros que perturben el silencio del tiempo dedicado a la siesta y al descanso nocturno.

El pueblo italiano de Sellia, en la región de Calabria, ha aprobado una decreto que establece la “prohibición de morirse”, con el fin de frenar la despoblación y amortizar sus servicios sanitarios. Y aquellos que se detecten que no se cuidan o que siguen hábitos perjudiciales para la salud deberán, sencillamente, pagar más impuestos. Los registros de los ciudadanos sabrán de los vecinos que no se curen, de quién se hace análisis y quién no; o sea, quién se cuida y quién no.

Menos mal que existe el reino de Bután. Por iniciativa del reino, que considera la felicidad como la más importante variable del producto interno bruto, el 28 de junio de 2012 la  Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 66 /281, publicada el 12 de julio, decide proclamar el 20 de marzo Día Internacional de la Felicidad: “Para reconocer la relevancia de la felicidad y el bienestar como aspiraciones universales de los seres humanos y la importancia de su inclusión en las políticas públicas”.

¡Sea feliz y no se le ocurra morir!

Inseguridad, ¿percepción o realidad?

La conducción de la cartera de seguridad en Panamá requiere altas dosis de humildad y entendimiento, partiendo de la premisa de que no hay fórmulas mágicas que la sustenten. Tampoco se puede pensar que, de la noche a la mañana, se resolverán los problemas asociados a la delincuencia en todas sus variantes, pues se trata de asuntos muy complejos.

Las estadísticas del Sistema Integrado de Estadísticas Criminales, bajo la égida del Ministerio de Seguridad, son necesarias para la planeación y la toma de decisiones que, en estos casos, tienen mayor uso policial. Cuanto más hechos delictivos se registren en un área geográfica, mayor concentración de policías se requiere (principio de masa), tomando en cuenta los días y las horas de más incidencia criminal para el despliegue de la fuerza requerida.

El Ministerio de Seguridad Pública es el centro del desarrollo de las estrategias más apropiadas para enfrentar a la delincuencia que muta, que es la más osada y que se ha especializado. El ministro y viceministro de esa cartera deben estar bien articulados para una gestión óptima. Si hay diferencia de criterios, sea personales o profesionales, no podemos esperar una favorable gestión por resultados. Seguir los mismos derroteros que tomaron las administraciones anteriores –de las que fui parte– nos llevará a iguales resultados. A estas alturas de su desarrollo, Panamá se merece la adopción de una política pública de Estado, integral, sostenible y permanente, con la amplia participación de los ciudadanos. Ellos son las víctimas primarias, cuya frustración crecerá en la medida que observen que el Estado no les brinda una protección eficiente.

Aunque parezca extraño decirlo, Panamá se puede considerar un país seguro, a pesar de lo que vemos o leemos en los medios. Pero esto no será duradero, hay que tomar las providencias debidas para evitar la severa inseguridad que afecta al “triángulo norte “de Centroamérica (Guatemala, Honduras y El Salvador), la zona más violenta del mundo.

Desde hace más de 10 años, el país experimenta un incremento de casos delincuenciales. Como resultado, el ciudadano, a pesar de no ser víctima directa, percibe mucha inseguridad. Para revertir, tanto las estadísticas como la percepción (más que hacerlas cambiar de un golpe) hay que empezar a trabajar para que el ciudadano sienta que hay respuestas. Por eso, recomiendo la conformación de una gran cruzada nacional, en la que el Estado y la comunidad se asocien en la búsqueda de soluciones a este problema.

Más sobre Ovin Julio Miller

Insisto, no estoy en contra del curso de la justicia, pero el caso de Ovin Julio Miller quedará como una muestra del exceso de quienes forman parte del Ministerio Público. Ahora, recalco y repito esa frase del Varón de Montesquieu, ‘la justicia debe ser como la muerte, no exceptúa a nadie'.

Hoy, cuando hablamos del hacinamiento de las cárceles, el Gobierno, a través de fiscales y jueces, debe reevaluar el estatus de los prisioneros y, a la mayor brevedad, decretar libertades condicionales. Eso, mientras se concreta la adquisición de los brazaletes.

Si pedimos medidas menos severas para figuras de reconocida trayectoria y para los encumbrados de cuello blanco, también debemos dirigir la mirada hacia aquellos ciudadanos y ciudadanas que hoy cumplen encarcelamiento, sea por condena o a la espera de la misma.

Hay quienes tienen la ventaja de que son ‘Don alguien', pero los ‘Don nadie' se pudren en las mazmorras, sin que, autoridad alguna o gremio, aboguen por ellos. Son las desigualdades que se dan en un país que se desgarra en el anacronismo y la prehistoria.

No solo debemos luchar por los derechos de Ovin Julio Miller, también hay que hacerlo por aquellos descamisados, por los que no tienen acceso a los medios masivos, por los que sufren las injusticia de un sistema perseguidor y criminal.

Así como los funcionarios de Sinaproc impiden la entrada en un estadio debido al lleno completo, alerta de no ir a las playas, por sus condiciones imperantes, también deberían estar afuera de las cárceles, para impedir que más presos entren, debido al hacinamiento.

Nuestro sistema penitenciario es una bomba de tiempo.

PERIODISTA Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

 

Las listas negras y el doble estándar

Resulta que Argentina se opuso vehementemente a que Panamá pasara a la segunda fase del Foro Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y, a pesar de los grandes esfuerzos que realizaron la empresa privada y el Gobierno para pasar un paquete de leyes que recalcara el compromiso de nuestro país con la transparencia que exige el mundo moderno, nos mantendrá por un período más en la lista gris.

Por ser miembro del grupo denominado G-20, otro foro de países poderosos creado por la OCDE, Argentina tuvo el peso necesario para afectar a Panamá. Recuerden que estamos enfrascados con los argentinos en un pleito ante la Organización Mundial del Comercio que, tenemos entendido, les ganamos porque el gobierno de Cristina Kirchner quebró reglas del organismo al discriminar importaciones de bienes y servicios panameños.

Esto fue, ni más ni menos, un pase de factura. Acabo de cambiar mi posición personal sobre el verdadero dueño de islas Malvinas. Anda maestro… que The Falklands son inglesas.

El doble estándar de Estados Unidos y sus adláteres europeos, miembros de ese club de yeyés denominado la OCDE, no deja de sorprenderme. Un artículo publicado el 11 de agosto de este año en The Guardian, de Juliette Garside, titulado “Google's Alphabet restructure could get boost from Delaware tax loophole”, detalla claramente las ventajas fiscales para empresas multinacionales, como Google, en constituirse como una sociedad de Delaware. Más de un millón de sociedades se encuentran registradas en la dirección 2711 Centerville Road, en Wilmington, Delaware. Empresas gigantescas como Google, Toys R Us y Kmart han decidido establecerse en ese estado por una razón: la ventaja fiscal que les trae a sus arcas hacerlo. Así de sencillo.

El Código Fiscal de Delaware, entre otras ventajas, en su sección 1902 (b) (8) exime de cualquier tipo de impuestos a las empresas cuyas actividades sean destinadas “al mantenimiento y a la administración de sus inversiones intangibles… y el recaudo y distribución de ingresos producto del uso de esos intangibles o de propiedades tangibles localizadas fuera de este estado”.

El periodista acota: “Esencialmente, compañías sin operaciones en Delaware no pagan impuestos allí”. Mi pregunta es: ¿En qué se diferencia eso de Panamá? ¡Por qué sí es fácil y aceptable establecer empresas que no operen en Delaware, para pagar menos impuestos, y no en Panamá? ¿Dónde está Gurría y Saint-Amans de la OCDE?

Mi abuela decía: “El que paga la orquesta manda en la fiesta”, y decirle algo a los estadounidenses es inaceptable, pues se les acaba la vida de burócratas en limusinas, corbatas Hermès, restaurantes finos y oficinas refrigeradas.

¿Cómo funciona este mecanismo denominado el “Delaware Loophole”? Sencillo, la compañía de Delaware se hace dueña de la propiedad intelectual de todo su grupo y las subsidiarias tienen que pagarle regalías que no son gravadas en Delaware y se consideran gastos deducibles para las subsidiaras. Esto se llama ofrecer una ventaja competitiva para atraer inversiones y empleos a Delaware.

¿Por qué Panamá no las puede tener y sí un estado con 900 mil habitantes en Estados Unidos?

 

 

 

Aumento a los diputados

Los diputados no están conforme con todo el dinero que COBRAN. Y nos preguntamos: ¿realmente ellos están haciendo su función? Para la cual los elegimos los panameños. La respuesta está más clara que el agua, la verdad NO. Pero tienen el descaro de venir a los medios y decirnos a los casi tres millones de panameños que los 7000 dólares que generan cada mes sin hacer nada no son suficientes y en otros países hasta carros le dan.

Por Dios, ¿en qué cabeza cabe tal infamia? Una vez más repito, señores del Gobierno, con todo respeto, antes de hablar se piensa, se escucha y por último se habla, para no cometer los errores garrafales que día a día cometan al abrir la boca.

Acaso han realizado un censo de la hambruna que experimentamos tantos panameños con la inflación de los costos en la canasta básica, transporte y la vida en general. Al parecer esta realidad está muy lejos de ellos, puesto que no saben cómo sufrimos los miles de gente humilde de este país.

Antes de hablar tal atropello contra la inteligencia y los oídos de los ciudadanos preocúpense por la gran cantidad de niños que se acuestan sin comer y mueren de hambre en nuestras montañas y no dejen por fuera a los de la misma ciudad centro, porque mientras que a nuestros gobernantes su salario se les desglosa en una dieta balanceada, nuestra juventud y niñez solo puede comer yuca, plátano y en estos días, con la llegada de la falta de arroz, plato fuerte de los panameños, ni eso vemos en los platos de estos humildes.

¿Saben cuántos ciudadanos andamos a pie y en los tormentosos metros para tener un salario de hambre y poder, por lo menos, llevar a la mesa algo de comida y sufragar los gastos de agua y luz, mientras que ustedes tienen más y se quejan, póngase la mano en el corazón y seamos sensatos.

Su vida de reyes es envidiable a muchos de nosotros los humildes, antes de ponerse a pensar en más beneficios para sus bolsillos, concéntrense en formular leyes para beneficio de todos los panameños que tanto lo necesitamos y dejen de llorar por un aumento que no tiene ni siquiera que salir de su boca, si lo piensan, no lo hablen.

A ninguna persona dentro del Gobierno, llámese ministros, diputados, etc., debe aumentársele ni un centavo; más al contrario, debemos disminuir sus salarios y entregarlos a los muchos panameños que, con salarios de hambre, sacamos hijos adelante para que sean de beneficio a esta nación que tanto lo necesita.

Saludos y bendiciones.

MAESTRA

Redes sociales como escenario judicial

En mis primeros años de ejercicio como abogado, tuve la oportunidad de promover una acción ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia para que se anulara una resolución emitida por el Ministerio de Gobierno y Justicia en 1991, mediante esta los “videoclubes” no podían alquilar las películas sin que antes fueran censuradas por la extinta Junta Nacional de Censura.

Bajo la ponencia de Arturo Hoyos, y con la participación de Mirtza Franceschi de Aguilera y Edgardo Molino Mola, se emitió el fallo de 19 de septiembre de 1994, que concedió la petición, por considerar que se violaba el derecho a la intimidad, consagrado como derecho humano, en el Art. 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Ley 15 de 1977 de Panamá).

Para la época referida, la internet no había permeado en la sociedad. Ni hablar de las redes sociales que surgieron en la primera década del siglo XXI: Facebook (2004), YouTube (2005) y Twitter (2006), entre otros.

Desde su aparición, mucho se ha discutido sobre la autonomía del derecho a la protección de los datos personales con respecto al honor, a la dignidad y el derecho al acceso a la información pública, a la información y la libertad de expresión.

Las ventajas de la internet y las redes sociales las conoce todo el mundo, pero la privacidad y la seguridad en ellas está en constante controversia con la sociabilidad y el uso que se les puede dar. Más bien, con su mal uso, pudiéndose tragar la reputación de una persona, por un error del pasado o impedirle obtener un crédito, beca o trabajo, incluso perder una relación, por una simple foto o información inadecuada.

Frente a esto surge el “derecho al olvido”, de forma que el titular del dato puede pedir que borren, bloqueen o supriman información personal que se considera obsoleta o le afecta sus derechos fundamentales, y un juez puede ordenar la cancelación de datos o información con base a una legislación de protección de datos.

Hace poco leí que la Autoridad de Innovación Gubernamental presentó, ante el Colegio de Abogados, un proyecto de ley sobre el particular que debiera generar mucha atención y participación. Mientras que el “derecho al olvido” tiene un ámbito de aplicación con relación a la información que sobre una persona maneja un tercero (como un “buscador” o “motor de búsqueda”, por ejemplo Google), también se desarrolla el “derecho al arrepentimiento” que es un complemento de aquel, cuyo fundamento es que si tenemos responsabilidad de lo que decimos y publicamos en internet, como contrapartida, debemos poder disponer de nuestra información, incluso cancelarla.

Mediante sentencia de 13 de mayo de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentó un precedente mundial al ordenarle al “buscador” Google que borrara y cancelara datos de un demandante, por considerar que su actividad es de “tratamiento de datos personales”, de forma que debe ser “responsable” de su manejo, y el derecho a la intimidad prevalece sobre el derecho a la información y el derecho económico del “buscador”. A partir de esa sentencia, Google instaló una aplicación para que sus usuarios puedan ejercer la opción.

El año pasado, un juzgado de Sevilla, España, emitió una condena por injuria a través de Twitter, obligando a que se eliminara los tuits lesivos, condenó a una sanción pecuniaria por daños y perjuicios y ordenó que el demandado publicara todos los días, durante un mes, la sentencia en su cuenta.

En Panamá pronto se dinamizarán las acciones judiciales, como consecuencia de las calumnias e injurias en formato digital, las estafas digitales, el hurto de identidad, el “derecho al olvido” y la limitación a su acceso, entre otros. ¿Estamos preparados los abogados y jueces para este nuevo contexto de litigios?

La internet, como derecho humano proclamado por la ONU, y su expresión mediante redes sociales, tiene más futuro que pasado. Su verdadero potencial está por venir. No hay duda de que es un invento contemporáneo, con igual o más impacto que la rueda, que ha derribado la torre de Babel para permitir el intercambio de información y comunicación universal.

Dice Bill Gates: “Internet facilita la información adecuada, en el momento adecuado, para el propósito adecuado”. Parafraseando y editando el dicho proverbial: “Eres esclavo de lo que dices y dueño de lo que callas”, yo diría: “En la internet eres esclavo de lo que subes y dueño solo de tu contraseña”.

 

Las tribulaciones de la ACP

Al cumplir 101 años de su apertura, mucho debió suceder para que el manejo del Canal quedara en manos panameñas. Gobierno tras Gobierno, generación tras generación, lucharon sin pausa para lograrlo. Patriotas idealistas vertieron su sangre; la patria lloró sus muertos y heridos. Hoy ese esfuerzo, que a tantos costó tanto, puede quedar mancillado por la soberbia de un directivo de la ACP, que rehúsa renunciar mientras es citado por la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada para indagatoria por blanqueo de capitales. No parece entender el daño que su egoísmo le hace a la institución y al país. O no le importa. No es justo.

Asegurar la competitividad de nuestra ruta apuntó a la necesidad de ampliarla para servir a naves de mayores dimensiones. La obra, con todos los problemas enfrentados, está a punto de culminar, aunque con un retraso originado en desacuerdos entre las partes. Su costo proyectado de US$5250 millones fue especialmente cuestionado y recayó en la ACP la responsabilidad de arbitrar lo necesario para mantenerlo dentro de límites cercanos a las estimaciones originales. Algunos expertos, habiendo conocido experiencias de megaconstrucciones similares con sobrecostos normales en otros continentes, calcularon sobrecostos naturales que elevarían nuestro costo a aproximadamente US$8000 millones. Los actuales reclamos —aún no comprobados— parecen apuntar a esa última cifra, pero confiamos en que el control ejercido por la ACP no habrá de legitimar esas cantidades.

Las amenazas de huelgas de trabajadores y de paros de empresas constructoras, no han cesado durante todo el período de la construcción. Se suman también reclamos por mejores condiciones de trabajo de los propios empleados de la institución. Ciertamente, el manejo de estas relaciones laborales y contractuales ha requerido atención permanente desde el comienzo de las obras y es natural que tales conflictos ocurran en construcciones de tanta duración con la participación de consorcios que agrupan diferentes empresas y trabajadores de diferentes nacionalidades.

El problema causado por el cambio climático —y especialmente hoy por el fenómeno del Niño— ubica en primer plano la advertencia creada por la disminución del caudal de agua necesario para que la operación del canal fluya sin problemas. La restricción del calado de las naves que lo transitan es una llamada de alerta suficientemente grave sobre la vulnerabilidad que ahora se cierne sobre la vía interoceánica y la consecuente limitación de los ingresos previstos para el Presupuesto Nacional.

Los costos de la ampliación, los reclamos laborales, las disputas contractuales y la reducción del caudal de agua han sido problemas que han debido ser enfrentados y resueltos. Pero a ellos se suma ahora una vergonzosa situación causada por la criminal conducta privada de un directivo que, quiérase o no, involucra el nombre de la Junta Directiva y afectará la percepción de su bien ganada integridad.

Es lamentable que esto suceda a una junta directiva que no debe estar integrada por cualquier Perico de los Palotes, sino por once panameños excepcionales de comprobada trayectoria competente y honesta, merecedores de ocupar esas sillas que fueron ganadas con la sangre de héroes. No hay que olvidar que le cabe responsabilidad a la anterior Asamblea Nacional por su reiterada costumbre de ratificar con igual ligereza a candidatos nominados a la Corte Suprema y a la Autoridad del Canal.

La operación del canal en manos panameñas nos ha dado muchas satisfacciones desde el primer momento en que ocurrió una transición transparente, sin ruido. La ACP ha cumplido procesos, sorteado obstáculos, resuelto problemas con entereza y buen juicio, consciente de su importancia para el país y el comercio mundial. No es hora de mancharla: renuncie señor.

La represión como respuesta

“La obligación de un gobierno es luchar contra la pobreza, no contra los pobres” (anónimo), sin embargo los pueblos latinos y otros, incluido Panamá, parecen destinados a ser pisoteados, maltratados, humillados, perseguidos y acosados por quienes manejan el poder económico y político.

Nuestros gobiernos aplican programas clientelistas, para manejar mejor y en todos los sentidos la forma de actuar y hasta de pensar de la clase media y baja. Los pueblos latinos somos de origen noble, nuestra naturaleza autóctona, de lucha en defensa de los intereses populares y de la nación fue ultimada, primero por los españoles en las colonizaciones, bajo el atropello, esclavitud y asesinatos que nos hicieron serviles y obedientes, dejando a un lado nuestra cultura patriótica y guerrera.

Algo similar sucedió en Panamá, con su posterior unión a Colombia, para luego quedar entre las garras del águila estadounidense de la que aún somos presa.

A los gobernantes les preocupa poco si las comunidades urbanas o rurales tienen agua potable o si la toman de los ríos, y si cuentan con electricidad y letrinas. Ellos consideran que con entregar becas universales y bonos de “120 a los 65” se soluciona el hambre y la miseria.

Pero, sin desarrollo no hay calidad de vida. No son los centavos que regalan los que hacen a las comunidades mejores, sino los mecanismos como el respeto, la honestidad y el desarrollo, mediante los programas de salud, agua potable, escuelas y caminos de penetración.

Es necesario crear centros de salud, escuelas y acueductos rurales, con mantenimiento preventivo y programado, así como caminos rurales y calles asfaltadas, pero esto es casi imposible, porque la naturaleza de los gobiernos es crear necesidades y mantener el clientelismo político para las elecciones cada quinquenio.

Quizás esa es parte de la visión de pro hombres como Alberto Betito Quirós Guardia (q.e.p.d.) y de tantos ilustres, verdaderos héroes panameños, que nos anteceden ante el Señor, cuyo ejemplo impiden guindar los guantes a quienes aspiramos a un mejor país y, muy por el contrario, nos obliga mantener la lucha sin cuartel en defensa de la población desprotegida.

Los pueblos claman por agua, los niños y docentes exigen aulas escolares, los aborígenes reniegan de las hidroeléctricas por el daño que causarán a sus tierras, al medio ambiente y que agravará la escasez de agua, en las ciudades la población protesta por el exceso de basura en las calles y la falta de agua potable… y la única respuesta que se recibe ante estos reclamos es el envío de antimotines.

Vivimos en zozobra constante, pero con adormecimiento mental. La responsabilidad permanece amalgamada en nuestro yo interno, porque: “Los pueblos que eligen corruptos no son víctimas, son cómplices”.

¡Dios te salve, Panamá!