Justicia pronta y oportuna

A menos de 12 meses de que inicie el sistema penal acusatorio en Panamá, de corte oral y adversarial, se precisa adoptar medidas de transición para lograr que los procesos del régimen inquisitivo sean despachados con mayor celeridad. Por eso, pienso que es viable la aplicación del artículo 220 del Código Procesal Penal, referido a los acuerdos en los que, a través de una negociación adelantada por el fiscal, se acuerda un monto de pena con el imputado y de esa forma, ante un juez se valida –tal cual sucede en las provincias en donde funciona el nuevo sistema penal–, lo que da lugar a que se emitan sentencias en plazos relativamente cortos.

Los acuerdos de pena son mecanismos procesales de aceleración en los que el fiscal busca una solución, rápida y efectiva, al conflicto y parte del principio de contundencia. Es decir, al momento de proponer dicha salida el agente del Ministerio Público cuenta en su haber con un importante número de elementos probatorios que le dan firmeza a su propuesta. Como es obvio, para acceder a ello se requiere de la plena voluntad del indagado, debidamente asistido por su defensor.

Sin duda, tal figura requiere una reforma legal para ser introducida al Código Judicial, que tendrá aplicación sin distingo de delitos en aquellos casos en que el imputado o indagado reconozca los hechos ante el fiscal e inmediatamente se genera la situación de fijar, de manera consensuada, el monto de pena para luego someterla a un juez municipal, de circuito o magistrado de tribunal superior que en audiencia pública homologue el acuerdo de pena y emita la sentencia inmediata, y podrá negarla si advierte banalidad o corrupción.

De esta manera, se produce un desahogo importante de procesos, con el resultado de lograr que disminuya la población de detenidos preventivamente, y se propicien otros espacios relacionados al cumplimiento de la pena. Por ejemplo, en el caso del homicidio culposo de la ciclista, ante el reconocimiento de los hechos por parte del conductor, bajo esta figura, de pronto ya estaría en tránsito de recibir su sentencia y se haría justicia de manera oportuna. Este tipo de procedimientos satisface las exigencias de respuesta judicial efectiva, pronta y oportuna, que postula la Constitución Nacional y los acuerdos internacionales sobre derechos humanos. Bajo ningún punto de vista debe ser visualizada con una medida impositiva, por el contrario, con el debido control horizontal de la defensa activa y positiva se evita la vulneración de los derechos y las garantías en sede del investigado.

 

Trucos legales versus espíritu de la ley

La Ley 31 de 2010, sobre propiedad horizontal, indica en su artículo 59 que solo podrán ser miembros de la junta directiva de un inmueble sometido a tal régimen, las personas naturales dueñas de unidades inmobiliarias. También dice en uno de sus acápites que el representante podrá ser la persona jurídica dueña de un inmueble.

Obviamente, en una asamblea de accionistas los tenedores de acciones pueden elegir entre ellos a quien los represente en la directiva del P.H., de esa forma se cumple con la ley.

En la práctica las autoridades no investigan, por eso tenemos que muchos testaferros lavan dinero y manejan las directivas. Además, la ley permite que las juntas directivas estén compuestas por una serie de sociedades anónimas, lo que hace más difícil rastrear el origen de los verdaderos accionistas.

Panamá se ha comprometido a que, para fines de este año, obligará a las personas con acciones al portador a cambiarlas por “nominativas”, de lo contrario darlas en custodio, lo que equivaldría a tener una acción que, para fines prácticos, es un cascarón.

Las grandes firmas de abogados tienen sociedades inscritas desde la década de 1980 o menos, que son muy cotizadas. Y las utilizan, precisamente, para dar un maquillaje de vieja transparencia, y eludir el término de paraíso fiscal, que realmente empezó con la ley original de las sociedades anónimas.

De manera ingenua, cuando me desempeñé como legislador de la República, propuse la Ley de las Fundaciones de Interés Privado. En esa época, los bufetes de abogados corporativos vislumbraban el debilitamiento de la figura de la sociedad anónima a consecuencia de la presión del Gobierno estadounidense.

En el último año del gobierno de Ricardo Martinelli, debido a un “camarón legislativo”, la Ley de Fundaciones fue modificada y ahora la figura del “fundador”, que era de por vida, puede ser cambiada por una persona jurídica, con todo lo que esto puede representar.

Creo que, haciendo honor a la tan cacareada transparencia, las leyes, decretos y códigos que rigen la materia deberían ser sujetos a una revisión integral, y que el Registro Público debe abstenerse de inscribir a los dignatarios de las juntas directivas de los P.H., si no se identifica plenamente al dueño de la unidad inmobiliaria.

Hay que acabar con la práctica “legal” de designar a los miembros de las juntas directivas de las sociedades anónimas, con respectivas personas jurídicas. Con esto no solo estamos facilitando las trampas, evasiones fiscales y otras irregularidades, sino que también lo avalamos.

 

Esa “percepción” de justicia selectiva…

El pueblo panameño quiere justicia. No le importa quién o quiénes sean los que deban ser llevados ante la Ley, no le importa quién o quiénes sean las víctimas; él mismo, en todo su conjunto, por los atracos a la cosa pública, o muchos de sus miembros por delitos comunes —robos, asaltos, asesinatos, atropello y fuga, etc.— o un solo ciudadano en absoluta indefensión. EL PUEBLO PANAMEÑO, justo, como todos los pueblos, SOLO QUIERE JUSTICIA… Una justicia que sea IGUAL PARA TODOS los que vivimos bajo este hermoso cielo istmeño. Y le causa frustración poder decir que existe castigo solo para quienes no tienen apellidos ni relaciones ‘importantes' ni gremios que peleen por ellos y mucho menos dinero para pagar a los abogados más reconocidos o/y mediáticos que solo con sus nombres hacen sentir que ya se salvó del castigo, aunque lo merezca. Esto se desprende de lo que muchos expresan, lo cual delata que tienen una sensación muy fuerte de que la justicia es selectiva; solo ‘unos' son tocados por ella, sea para recibir el desagravio o el castigo.

 

El efecto Trump

Me preocupa el efecto de dos afirmaciones hechas recientemente por el precandidato Donald Trump; que deportará a 11 millones de indocumentados a sus países de origen y que hará las gestiones para que no se les otorgue la nacionalidad estadounidense a los hijos de inmigrantes ilegales nacidos en Estados Unidos (EU). Parece ser que estas propuestas recibieron aceptación por parte del electorado republicano, al punto de que Trump aparece en las encuestas de opinión como el candidato potencialmente más favorecido por los votantes republicanos. Es aquí donde radica mi preocupación.

Si millones de personas en EU simpatizan con ambas propuestas, se puede deducir que en EU hay millones de ciudadanos dispuestos a respaldar la expulsión de 11 millones de inmigrantes ilegales, e igualmente, que están de acuerdo con que no se le otorgue la ciudadanía estadounidense a los hijos de inmigrantes ilegales que nacieron allá.

Así las cosas, percibo con preocupación que se están creando dos polos de opinión dentro de esa Nación. Por una parte, están los millones que respaldan las propuestas inmigratorias de Trump y, por otro lado, los millones que se perjudicarían con las medidas mencionadas, así como los estadounidenses que no están de acuerdo con estas.

Como se trata de temas trascendentales en la vida de una enorme cantidad de gente, considero que la polarización de estos grupos puede crear malestar en esa sociedad, y que esos grupos antagónicos pueden llegar a confrontarse (por los extremos a los que pueden llevar estas diferencias de opinión).

Si usted fuera un latinoamericano entre los 11 millones de inmigrantes ilegales en EU, y ve que se acerca una votación en la que podría resultar favorecido Donald Trump, ¿cómo reaccionaría ante los simpatizantes de Trump? Seguramente, los vería como sus archienemigos, lo que resulta peligroso en una sociedad en la que los latinoamericanos se han mantenido relativamente pacíficos.

Por otra parte, ¿qué tan contrariado se sentiría si, de repente, se eliminara la posibilidad de que su hijo o hijos adquieran la ciudadanía estadounidense?

Durante los próximos meses sabremos si Trump es o no el candidato republicano. Si logra la postulación, veo nubarrones de confrontación social en el horizonte. Esto me preocupa y, por eso, escribo este artículo.

Los inmigrantes ilegales, por lo general, realizan labores que los estadounidenses o residentes legales en ese país no quieren realizar, por tratarse de trabajos difíciles o mal remunerados. Es sabido que la mayor parte de las cosechas agrícolas usan a los inmigrantes latinoamericanos, así mismo, ellos trabajan en las labores de limpieza, en oficios domésticos, etc. Si estos inmigrantes dejan de trabajar en el sector agrícola, obviamente deben ser reemplazados por inmigrantes legales o ciudadanos. Es muy posible que estas personas no quieran realizar labores agrícolas, a menos que reciban un salario mayor que el de los inmigrantes ilegales. Así las cosas, la opción sería contratar mano de obra más cara o, paradójicamente, traer mano de obra extranjera. Esto último sería un contrasentido porque se tendría que traer a los mismos inmigrantes que son deportados o a otros que no sean latinoamericanos. Algo que podría generar polémica.

Parece ser que las personas sin documentos legales que llegan ahora a esa nación, en su mayoría provienen de países asiáticos, no de México ni de Centroamérica. Si ese es el caso, cabría preguntar por qué Donald Trump no se refiere a esa inmigración e insiste en la construcción de un muro entre la frontera de Estados Unidos y México. Es obvio que este muro no detendrá la inmigración ilegal que proviene de los países asiáticos.

En una economía, como la estadounidense, si se sustrae a millones de personas de la demanda, el efecto económico y de consumo sería considerable. Cabría, entonces, entender cómo se afectarían ciertas actividades al reducirse el consumo de los inmigrantes ilegales. Siempre y cuando, estos sean reemplazados por inmigrantes legales o ciudadanos estadounidense que ya eran consumidores antes de reemplazar a los inmigrantes ilegales. O sea, que no incrementarían la demanda existente.

La problemática que surge al analizar las consideraciones anteriores es más compleja de lo que parece. No basta decir alegremente que se deportará a millones de personas sin antes examinar las consecuencias de lo que ocurriría en la economía de EU.

 

Feminicidio, un problema de civilización

El entorno de la violencia de género rodea a las mujeres desde que nacen, forma parte de su vida privada y cotidiana… de su intimidad. Las formas de violencia están presentes en las estructuras de dominación y las instituciones que regulan las conductas: la familia, la religión, el trabajo, las diversiones públicas, las organizaciones criminales y el Estado.

Las condiciones de inseguridad y las desigualdades sociales, no son suficiente para explicar las características que presentan las muertes de mujeres. El ensañamiento y la crueldad en la que está inmerso ese evento fatal, en el que cada vez más mujeres en edades productivas con hijos (as) menores que en muchos casos sobreviven y son testigos (as) de la ignominia que rodea la muerte, riñe con la humanización a la que aspira una sociedad civilizada.

No existen argumentos éticos, morales, religiosos y jurídicos que justifiquen la trivialidad con la que se priva de la vida a una mujer. Hannah Arendt atribuía al poder de decidir sobre la vida y la muerte por parte de un homicida común, el término ‘banalidad del mal', sobre todo por la crueldad que rodea el hecho y el despojo de la condición humana por parte de éste, que se apoya en las estructuras de dominación.

Está claro que los niveles de complejidad con que se trama y entrelazan las relaciones interpersonales son cada vez más complejos; como complejas son las sociedades. No hemos evolucionado como sociedad a un estado de civilización que resquebraje la barbarie que representa la violencia de género en todas sus manifestaciones y, menos, en acabar con la vida de mujeres, como si fueran una plaga que pone en riesgo la especie humana.

Hemos sido testigos virtuales de la manifestación de mujeres en Kabul, Afganistán, en una protesta sin precedentes, por la muerte de una mujer a manos de hombres que la ultrajaron y que luego quemaron viva, mientras la policía era mudo testigo del hecho. No es diferente en nuestra región, con las tasas más altas de muertes violentas de mujeres. No debemos olvidar nunca las muertes de mujeres en Ciudad Juárez (Chihuahua, México), en las que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condena, por primera vez, a una Estado por considerarlo ‘culpable de violentar el derecho a la vida, la integridad y la libertad personal', así como de culparlo por ‘no investigar adecuadamente las muertes de las mujeres'.

El feminicidio se constituye en el homicidio de una mujer por razones de género y la impunidad de éste, que involucra al Estado que es el llamado a investigar, castigar y crear políticas de adecentamiento de la violencia contra la mujer. Los Estados le niegan el derecho a los sobrevivientes a conocer las causas reales de homicidio y castigar al transgresor.

La violencia contra la mujer sigue en abierto enfrentamiento con la civilización. El contexto en que esta se da, es el reflejo de nuestras sociedades modernas que no han rebasado el estado de barbarie.

En Panamá, hemos recibido el Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por razones de Género (femicidio/feminicidio) que conjunto con la Ley No. 82 del 24 de octubre de 2013, ‘en la cual se adoptan medidas de prevención contra la violencia en las mujeres y se reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar los hechos violentos contra la mujer', ofrece un mejor tratamiento al flagelo.

La tarea pendiente es la intervención en las estructuras de dominación que devalúan la condición de la mujer, para avanzar en erradicar la violencia de género, que en Panamá presenta aumentos significativos y condiciones aberrantes.

 

Despropósitos legales y gubernamentales

El pasado mes de agosto fue prolífico en demostrarle al ciudadano avezado lo torcidas y absurdas que son muchas de las disposiciones legales y las políticas públicas en este país tropical. Varios se sorprendieron cuando en los noticieros nacionales apareció el video de un asalto a mano armada cometido por varios menores de edad en un comercio de la ciudad de David. Lo sorprendente fue ver a un niño, de unos 10 años, armado y amenazando a los que tuvieron la mala suerte de encontrarse en el lugar cuando se produjo el hecho. Todos los asaltantes fueron capturados pocas horas después de cometido el delito, pero ese niño fue liberado porque nuestras leyes establecen que los menores de 12 años son inimputables. Es decir, no pueden ser procesados ni siquiera con la especialísima legislación de menores, mucho menos con el Código Judicial o de procedimiento penal. Ni aunque él hubiese asesinado a un cliente o dependiente del lugar lo hubiesen procesado.

Ahora hay muchos menores involucrados en actos delictivos violentos a consecuencia de la impunidad legal que los ampara, pero los encargados de las políticas públicas se niegan a reconocer y enmendar este despropósito, por lo que este problema será cada vez más grave. Mientras tanto, en el mismo mes de agosto, en la provincia de Los Santos fue procesado y condenado a 48 meses de cárcel un humilde campesino residente en el distrito de Pocrí, por el “grave delito” de tener un rifle calibre 22 sin licencia. Algo de responsabilidad en esta absurda condena tienen las autoridades del Ministerio de Seguridad de esta administración, que a diferencia de las anteriores, que tramitaban las licencias de tenencia y porte de armas de fuego en las cabeceras de provincia, ahora exige que el interesado se traslade hasta la ciudad de Panamá. Es lógico pensar que miles de campesinos que tienen armas de fuego para fines de subsistencia preferirán quedarse sin las licencias respectivas, antes que movilizarse hasta la lejana capital para complacer los caprichos de un burócrata.

A estos dos ejemplos de despropósitos legales podemos sumar que tanto los menores del caso citado, así como todos los delincuentes que han cometido asaltos en bancos, comercios y residencias en los últimos meses, obtuvieron las armas o herramientas para la comisión de sus delitos sin tener los permisos o las licencias correspondientes, que no podían obtener porque no cumplen los requisitos legales exigidos: mayoría de edad, récord policivo, prueba psicológica y el test antidoping, entre otros. Sin embargo, aquel ciudadano decente y respetuoso de la ley que quiere obtener un arma para defender su vida, familia y bienes, y enfrentarse a delincuentes cada vez más osados a consecuencia de las normas legales que los protegen, se ve impedido de ello, porque desde octubre de 2010 el Ministerio de Seguridad impide la importación legal de armas de fuego para fines lícitos.

Otra de las grandes ideas de nuestros funcionarios es entregar periódicamente un bono o subsidio a los pandilleros y delincuentes, con la ilusa aspiración de que abandonen las actividades delictivas. Ese subsidio proviene de los impuestos que pagamos los ciudadanos decentes, que no necesitamos ningún bono para comportarnos dentro de la legalidad. Los honrados trabajamos y pagamos impuestos para que los gobernantes regalen bonos a los pandilleros y delincuentes.

Cualquier extranjero desprevenido que visite nuestro país pensaría que el Gobierno nacional se preocupa más por proteger y apadrinar a los delincuentes que de permitirle al ciudadano decente tener las herramientas necesarias para defenderse de la delincuencia. Pero claro, ese extranjero desprevenido no conoce la fauna burocrática que soportamos los ciudadanos en estas tierras tropicales.

Aclaraciones e investigaciones necesarias en la AMP

‘El que calla, otorga'. No puede tener mayor actualidad el antiguo refrán, aplicado al poco impulso dado por las autoridades a las denuncias hechas por La Estrella de Panamá , en relación con manejos inadecuados en la Autoridad Marítima de Panamá (AMP). Precisamente, y siguiendo en esto a la propia AMP, la ‘transparencia' es sinónimo de una gestión pulcra, libre de cualquier vestigio de corrupción. Entonces, ¿qué le impide al Ministerio Público proceder a investigar los señalamientos expuestos por este medio, que ha presentado pruebas documentales contundentes, sobre la forma como se han manejado cuestiones como el otorgamiento de licencias y centros de formación? Organizaciones como la Asociación Panameña de Derecho Marítimo han llamado la atención a la administración de la AMP sobre el caso Samoa; es preciso establecer por qué el actual director de la entidad firmó un convenio para avalar la certificación de marinos, a sabiendas de que se trataba de un negocio salpicado con tintes fraudulentos. No estamos hablando de una cuestión pueril. La ‘renuncia' de Encarnación Samaniego de la Subdirección de la AMP, aludiendo ‘razones personales', precede a la serie de eventos investigada y corroborada en la serie investigativa que este periódico ha llevado adelante. Lo que sucede en la AMP está poniendo a prueba todo el sistema democrático del país, y a las instituciones que investigan, la responsabilidad de investigar hechos que claramente señalan la corrupción dentro del aparato estatal panameño.

 

 

El turno de los jueces

De sobra sabemos que las investigaciones relacionadas con las actuaciones de funcionarios del Gobierno pasado, que hoy adelantan los fiscales, terminarán en despachos de jueces y magistrados, a quienes corresponderá la última palabra. Hasta ahora la atención y presión ciudadana se han centrado en esas pesquisas y, aunque algunos aducen un grado de selectividad en perjuicio de ciertos procesados, todos reclaman mayor celeridad en las investigaciones. Hemos insistido en que lo juicioso es otorgar el tiempo necesario para poder comprobar hechos que sustenten todas las conclusiones. De nada vale apresurar hoy para terminar con expedientes deficientes y procesos frustrados.

La percepción ciudadana sobre la justicia que nos administran es justificadamente pobrísima. Los propios magistrados de la Corte se han referido reiteradamente a la compra de fallos, al tráfico de influencias, a la corrupción rampante, y a presiones externas para anular el criterio independiente de jueces deshonestos. Recordamos que el magistrado entonces presidente, ahora encarcelado, justificó y sustentó un proyecto de ley que pretendía, según lo señaló, establecer controles para erradicar la venalidad rampante en los tribunales. A nadie extraña que encuesta tras encuesta asigne a la justicia los últimos niveles de confianza y credibilidad.

¿Qué podemos esperar de un organismo desmotivado y vilipendiado como es hoy el Órgano Judicial, cuyos funcionarios desarrollan sus actividades rodeados del desorden, la opacidad y apiñamiento típico de nuestros juzgados y tribunales?

Los casos de alto perfil que se ventilan actualmente involucran a un centenar de anteriores funcionarios y otros tantos individuos a quienes se acusa de haber participado con ellos en actividades delictivas. Salvo algunos casos que se ventilan directamente en la propia Corte Suprema de Justicia, la mayoría de estas acusaciones terminarán en el despacho de algún juez de inferior jerarquía. No resulta difícil imaginar o prever las fuertes presiones que se ejercerán sobre estos individuos por tener en sus manos la decisión de culpabilidad o inocencia de los acusados. No es descabellado anticipar ofertas monetarias o de otra índole ni sospechar que muchas de las presiones serán una llamada a la conciencia mal entendida de un juez para lograr que se doblegue ante argumentos espurios de la defensa.

No se trata de promover una especie de linchamiento público, porque no sería el clamor justo de una sociedad justa. Se reclama dar a cada quien su merecido: si es una condena, que así sea; si es lo contrario, también se hace justicia. Por eso, hoy más que nunca, porque vivimos circunstancias excepcionales, necesitamos que jueces y magistrados se compenetren de la grave responsabilidad que tienen de juzgar todos los casos con independencia de criterio, valentía y apego a la ley.

Debemos exigir que los juicios sean abiertos y públicos, excepto cuando se ventilen asuntos de seguridad pública o relaciones diplomáticas. Debe darse a la luz pública cada una de las sentencias cuando ya la reserva del sumario así lo permita para que podamos comparar homogeneidad de resultados con pruebas similares. De igual manera, una vez dictada la sentencia —condenatoria o no— ella debe ser minuciosamente analizada por expertos para llevar a la opinión pública el convencimiento de que el juez actuó correctamente.

Se necesitan jueces íntegros y valientes, capaces de analizar con criterios objetivos los resultados que arrojen las pesquisas que los fiscales hayan puesto en sus manos, y capaces de sustentar y defender sus sentencias. Ojalá haya muchos héroes en esta cruzada. Ellos quedarían satisfechos de haber cumplido su deber con la nación para orgullo de sus familias y de sus descendientes. Les corresponde devolver confianza y credibilidad a la estropeada administración de justicia.

 

Adiós a una tri-atleta

Una tragedia ha conmovido a la familia deportista panameña, pero principalmente a la familia triatlonista y a todos aquellos que ven en el ciclismo su pasión. El domingo pasado una joven disciplinada, dedicada al deporte desde su infancia y dueña de una permanente sonrisa, se nos adelantó al llamado de Dios. Tuvo que fallecer para que tomemos conciencia de que, como sociedad, actuamos mal, pues no tenemos tolerancia, vivimos bajo estrés y hemos olvidado los valores y la cortesía. Algunos trataron de buscar como culpables por esta pérdida a la ciclovía, al Estado o a los propios atletas, porque no tienen un espacio adecuado donde entrenar. Otros culparon a los conductores por irresponsables.

Ahora lo único que esperamos es que esa vida que se apagó sirva para que los gobernantes dicten pautas en materia vial. La bicicleta es considerada como un medio de transporte en todo el mundo, de lo contrario, no habría licencias tipo A en Panamá, por ejemplo. Además, el ciclismo y el triatlón son dos de los deportes que más han crecido en este país, por eso ya es hora de que los diputados incluyan en el Reglamento de Tránsito un capítulo destinado al uso de bicicletas, con sus deberes y derechos, como medio de transporte. Si Panamá contara con calles más seguras, y tanto el Estado como la empresa privada incentivaran a sus trabajadores a utilizar otros medios de transporte, como alternativa de movilidad, entonces muchos ciudadanos viviríamos sin estrés, con menos contaminación, mejor salud y más felices, como pasa en Irlanda, Finlandia etc., y no estaríamos confinados a usar una ciclovía dominguera.

No podemos permitir que la guerra entre los conductores de vehículos, los ciclistas y los peatones acabe con más vidas inocentes. El Estado debe, por medio de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, invertir en una infraestructura vial adecuada a los tiempos modernos, y en señalizaciones que permitan una circulación segura, como sucede en los países del primer mundo. Es hora de exigir a los desarrolladores de proyectos que incluyan aceras y espacios para que los peatones y bicicletas se desplacen.

Hagamos un alto, como sociedad. Un país no se construye solo con rascacielos, con el “juega vivo” ni con las actitudes hostiles. Pongamos un granito de arena, todos, y busquemos el bien común. Estamos en un país en el que la indiferencia, el odio y el estrés de la vida ganan la guerra y olvidamos el amor al prójimo.

En nuestro caso, como deportista, al igual que a los miembros de los clubes de triatlón y ciclismo, nos queda la tarea de unirnos para hacer valer ese derecho, cumplir con las pocas normas a nuestro favor y coadyuvar a las autoridades para que nos protejan cuando salimos de entrenamiento o de recreo.

Mónica, tu partida inesperada no será en vano. Buscaremos la forma de lograr esas mejoras viales y de que nos incluyan en la normativa existente para que algún día las bicicletas sean aceptadas como una alternativa de transporte en las calles de nuestro país.

 

Fundamento para suspender contrato de minera (II)

Soy del criterio que se debe recurrir al Principio de Precaución que es perfectamente aplicable en esta situación, por las graves afectaciones al ambiente y a la salud de los ciudadanos. El principio de ‘precaución', también llamado ‘de cautela', exige la adopción de medidas de protección antes de que se produzca realmente el deterioro del medio ambiente, operando ante la amenaza a la salud o al medio ambiente y la falta de certeza científica sobre sus causas y efectos.

La crisis del agua que en estos momentos vive el país, por la que se ha visto afectada la operación del canal, se está afectando la producción de alimentos y agrava la escasez de agua potable para el consumo humano, son razones suficientes para que se tomen todas las medidas que sean necesarias para mitigar los efectos del cambio climático que estamos sufriendo.

Lo que debe hacer el Ministerio de Comercio, en este caso, es preparar un informe detallado de todas las afectaciones al Parque Nacional Chagres como consecuencia de la actividad minera y la necesidad de restaurarlo hasta donde sea posible. Concluyendo en que es imposible restaurar esta área protegida y al mismo tiempo desarrollar la actividad minera, con lo cual se suspende indefinidamente el contrato que ampara la actividad. Al final, la Resolución que dicte el MICI terminará en la Corte Suprema de Justicia. Y no tengo la menor duda de que, por el principio de precaución y tomando en cuenta la gravedad de la situación, terminará declarando legal la Resolución que suspende indefinidamente la actividad minera.

En un fallo del Pleno de la Corte de fecha 24 de febrero de 2010, que tuvo como ponente al magistrado Alejandro Moncada Luna, se resolvió la apelación de un Amparo de Garantías Constitucionales presentado por el Licdo. Luis González en contra de una Resolución dictada por la Dirección General de Salud de Veraguas en la que confirmaba el otorgamiento del Permiso de Construcción para la ubicación de una torre para antenas de telefonías móviles, troncales y similares; el pleno le dio la razón al accionante en cuanto a que estas torres no se debían instalar cerca de las poblaciones.

El Pleno concedió el amparo y terminó diciendo: ‘Concluye el Pleno reiterando que la aplicación del principio de precaución al presente caso está dirigida a asegurar que la población no sea expuesta en forma cercana y prolongada a los campos electromagnéticos que de ellas emanan, con el consecuente peligro de que se produzcan daños graves a la salud humana, hasta tanto no sea posible descartar dicho peligro con un alto grado de certeza científica'.