Independencia judicial, tarea pendiente

La independencia del Poder Judicial en Panamá es una quimera. A pesar de que una parte de la ciudadanía piensa que vivimos un cambio en materia de administración de justicia, la otra considera que es una tarea pendiente. En los países democráticos en que existe el estado de derecho, es imprescindible la separación de los poderes del Estado y la existencia de contrapesos para evitar los abusos entre estos. Además, debe haber una desconcentración de roles o funciones, a objeto de que cada órgano de poder tenga una misión específica de control, en contraposición al gobernante de turno.

De lo anterior surge el imperio de la ley, como expresión de la soberanía popular, y la Constitución, como luz y guía del ordenamiento jurídico.

Ahora bien, para hacer efectivo el cumplimiento y el respeto de los derechos y garantías fundamentales, se requiere de poderes u órganos caracterizados por su independencia y que, a través del mandato constitucional, se permitan aplicar las normas que expresan la voluntad popular, comprometidos con el cumplimiento de la ley; controlar la legalidad de la actuación administrativa, y ofrecer a todos la tutela efectiva en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos.

La independencia judicial, como principio, implica en su aspecto externo que el Órgano Judicial no esté supeditado a los otros, en lo que se refiere al ejercicio de las funciones que la Constitución y las leyes le confieren; y en el aspecto interno, que los jueces y magistrados actúen autónomamente y que sus decisiones sean respetadas. La independencia judicial es un medio, no un fin. No proviene solo del diseño legal e institucional que se adopte, sino de la conciencia del juez. Estos dos principios (básicos para el funcionamiento de la justicia digna), al parecer, se han perdido desde hace varios años, debido a la supuesta venta de fallos y, más grave aún, por manipulaciones e injerencias políticas, sobre todo, del Ejecutivo.

Alexander Hamilton, uno de los artífices de la Constitución de Estados Unidos, escribió: “No hay libertad si el poder de la justicia no está separado de los poderes Legislativo y Ejecutivo. La libertad no tendrá nada que temer de la judicatura sola, pero sí tendrá todo que temer de la unión de esta con cualquiera de los otros departamentos”. La independencia del Poder Judicial es, quizás, lo más importante de la estructuración y funcionamiento de dicho poder. Por eso, ha sido una necesidad constitucional proclamar este principio.

Un ejemplo de imparcialidad e independencia lo tenemos en la figura del magistrado estadounidense Oliver Wendell Holmes, quien fue designado en 1902 por el presidente Theodore Roosevelt a la Corte Suprema de Justicia, y ratificado por unanimidad por el Senado. Sin embargo, en una muestra de honestidad e independencia jurídica, contravino los deseos del presidente que lo designó, al fallar en contra en varios casos en los que el mandatario poseía un interés manifiesto, ya que eran contrarios al derecho, lo que le valió el apelativo de: “El gran disidente”. En un principio Roosevelt admitió que se arrepentía de su elección, pero con el paso de los años, la independencia y la sabiduría del renombrado jurista le valieron su amistad y admiración, pues supo apreciar su independencia, al punto de que expresó que el futuro de Estados Unidos estaba asegurado con personas como Holmes al frente de la Corte.

En el caso de nuestro país, es difícil encontrar un paralelismo con Holmes, sería un espejismo, ya que nuestra realidad es muy diferente, debido a que los mandatarios escogen a los magistrados de su entera confianza, por lo que la separación e independencia de los poderes públicos, los frenos y contrapesos son y seguirán siendo una ilusión. No obstante, abrigo la esperanza de que esto cambie con las nuevas designaciones que hará el presidente Juan Carlos Varela, de tal suerte que el sistema judicial se libere de las prácticas insanas que atentan contra nuestra incipiente democracia.

Aviso de operación en la legislación panameña (II)

Constitucionalmente, al Estado panameño le compete orientar, dirigir y regular el ejercicio de las actividades económicas cuyo ejercicio corresponde primordialmente a los particulares conforme a las necesidades sociales del momento, a fin de contribuir a acrecentar la riqueza nacional. Y precisamente, el ejercicio del comercio (al por mayor y/o al por menor) y la explotación de la industria, son actividades económicas que coadyuvan con el progreso de nuestro istmo. Consecuentemente, dado que nuestro ordenamiento jurídico permite a los particulares hacer todo lo que la ley no prohíba, estos pueden iniciar de manera rápida y sencilla, toda clase de actividades u operaciones empresariales lícitas que no estén reguladas con requisitos previos; incluso, hasta existen actividades que, para desempeñarlas profesionalmente, la tramitación del documento público denominado ‘aviso de operación ', que usualmente vemos impreso y enmarcado en casi todos los locales comerciales e industriales del país, es una cuestión opcional.

La Procuraduría de la Administración y la Corte Suprema de Justicia, mediante sus opiniones, consultas, vistas y fallos, respectivamente, poco han podido pronunciarse sobre el aviso de operación; sin embargo, ello no fue óbice para que, a través de un trabajo de graduación (tesis de licenciatura) debidamente sustentado en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, que actualmente puede consultarse tanto en la Biblioteca jurídico-especializada Demófilo de Buen como en la Biblioteca Simón Bolívar (ambas ubicadas en el campus universitario Dr. Octavio Méndez Pereira), se procurase exponer en forma clara y completa en qué consiste el aviso de operación en la legislación panameña , destacando no solo aquellos aspectos en los cuales son de aplicación la Ley 5 de 2007 y su reglamento, sino también aquellos que escapan a sus radios de acción.

Aviso de operación en la legislación panameña

En la República de Panamá, mediante Ley 5 de 11 de enero de 2007, ‘Que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones ', quedó establecido un nuevo mecanismo para ‘apresurar ' el formal inicio de toda actividad empresarial; por lo que el Órgano Ejecutivo, a fin de regular con mayor detalle técnico y procurar la observancia fidedigna de dicha ley, promulgó el Decreto Ejecutivo 26 de 12 de julio de 2007, ‘Que reglamenta la Ley 5 del 11 de enero de 2007, sobre la agilización del proceso de apertura de empresas y se establecen otras disposiciones '.

Básicamente, estos dos cuerpos normativos integran el régimen legal del aviso de operación , con el objeto de constituirlo como el ‘único proceso ' requerido para informar a la Administración Pública sobre el inicio de operaciones comerciales o industriales en el territorio nacional. Así, desde el 11 de julio de 2007, día en que comenzaron a regir a nivel nacional los referidos textos legales, pasaron a la historia las licencias comerciales e industriales —que estaban reguladas por la Ley 25 de 1994, reglamentada por el Decreto Ejecutivo 35 de 1996—, puesto que el trámite para su obtención ante la autoridad pública competente, esto es la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Comercio e Industrias, alcanzaba un promedio de hasta tres meses.

Por ello, junto al aviso de operación, la Ley 5 también creó el sistema informático ‘Panamá Emprende ', el cual es administrado por la autoridad pública competente, y al que puede acceder gratuitamente cualquier persona a través del portal www.panamaemprende.gob.pa.

Dicho sistema tiene por función automatizar el proceso de aviso al Estado panameño sobre el inicio de cualquier actividad empresarial, para no exigirle al emprendedor (futuro legítimo comerciante) ningún requisito adicional de operación. Es decir, mediante el mismo se realizan, a través del Internet, tanto el trámite de solicitud para obtener el aviso de operación, legalmente conocido como ‘proceso de aviso '; así como el trámite para cambiar la información a un aviso de operación previamente confirmado por el sistema, denominado legalmente como ‘actualización del aviso de operación.

Los rumbos errados del Gobierno

Cada día que pasa, las cosas empeoran bajo el mandato del presidente Juan Carlos Varela. Creció la inseguridad, se desmejora la educación, la salud anda manga por hombro y, al paso que vamos, el agua potable desaparecerá. Mientras tanto, los miembros del equipo de trabajo del gobierno actual gastan dinero del Estado en viáticos y en viajes. ¿Y dónde están los medios de comunicación que no mencionan nada malo de este gobierno? ¿Dónde están los dirigentes gremiales que siempre protestaban en las calles? ¿Dónde está la Iglesia católica que no habla al respecto y que, en el período anterior, era como un partido político más?

Todos guardan silencio y pareciera que todo estuviera bien. La televisión no difunde los errores de este gobierno, un ejemplo claro fue la abstención de Panamá en la votación para abordar el problema limítrofe entre Colombia y Venezuela, ante la Organización de Estados Americanos. Ningún medio investigó a fondo el porqué de la abstención, cuando a la mayoría de los países latinoamericanos le preocupa la situación sociopolítica de Venezuela. Ese era el momento de tratar de iniciar un cambio positivo en ese país, pero nuestro representante se abstuvo. ¿Qué habrá detrás de esto?

Los dirigentes magisteriales también tienen la boca cerrada. La actual ministra de Educación es fiel ejemplo de la mediocridad, con escuelas que se caen a pedazos y alumnos y personal docente que protesta para llamar la atención por los problemas que padecen, ¿Por qué los dirigentes Yadira Pino y Andrés Rodríguez callan? ¿Se los tragó la tierra?

Otros líderes sindicales tampoco se manifiestan como antes. Con el tema de la descentralización, que se discute ahora en la Asamblea Nacional, era para escucharlos hablar enérgicamente, pero ninguno dice nada. Otro grupo que calla es la Iglesia católica. Antes, el arzobispo José Domingo Ulloa hablaba todas las semanas acerca de la inseguridad en el país, de la inestabilidad familiar y de los gastos públicos que hacía el gobierno de Ricardo Martinelli.

Leí en los medios una investigación sobre los gastos por los viajes y viáticos en que incurrió la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), ningún medio televisivo habló del tema. Quisiera saber si es que yo estoy soñando y aún no despierto, porque la realidad que observo es diferente a la que me muestran los medios. Panamá atraviesa por tiempos difíciles, pero este gobierno no hace nada por solucionar los problemas del agua, por ejemplo, que debería ser un tema de Estado.

¿Por qué el Presidente de la República no ha nombrado todavía a los dos magistrados que dejaron sus puestos? ¿Será que espera que todos renuncien para, entonces, poder nombrar a los nueve magistrados?

En mi opinión, las cosas siguen igual o peor que en el gobierno anterior de Cambio Democrático.

Descentralización, impuestos y corrupción

Hay varios temas que han generado debate en torno a la discusión del nuevo proyecto de ley sobre descentralización. Uno de ellos es el de los avalúos y reavalúos, otro el relativo a la gestión del impuesto de inmueble, y algunas personas han manifestado su preocupación y dudas con relación a la capacidad que tienen los municipios para asumir nuevas competencias y administrar mayores sumas de dinero de forma eficiente y transparente.

Los avalúos, reavalúos y el impuesto de inmueble son temas ligados. Deberían existir normas más claras sobre los avalúos, pero la regulación actual es bastante confusa si tomamos en cuenta que hay diferentes actores en este tema: el Ministerio de Economía y Finanzas, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, entre otros. La ciudadanía no tiene claro cuándo debe actualizar el valor de su vivienda de manera voluntaria, ni por qué se dan revalorizaciones de su propiedad por parte de las autoridades. Si las normas fueran claras y razonables, tal vez no se hubiesen generado tantas dudas y desconfianza en esta discusión.

El impuesto de inmueble se calcula sobre la base de unas tablas, que han sufrido algunas modificaciones con los años. El valor de las propiedades que podía adquirir la clase media (la que paga más impuestos), cuando se aprobaron originalmente estas tablas de cálculo, oscilaban más o menos entre 25 mil dólares y 75 mil dólares. Estamos hablando de propiedades por ejemplo, en Chanis, El Romeral, El Dorado, Bethania, Cerro Viento, e incluso en San Francisco, y en muchos lugares del interior del país, con una exoneración principalmente para las viviendas (no para los apartamentos) de 30 mil dólares sobre el valor de los terrenos y mejoras. A partir de este valor se calcula el impuesto en las viviendas. La tabla del impuesto de inmueble para dichas propiedades podía considerarse razonable, luego de transcurridos los 20, 10 o 15 años de exoneración, pero la realidad del mercado ha hecho que las cosas cambien significativamente.

Desde hace más de cinco años, el valor de una casa o un apartamento nuevo, o de segunda mano, para una familia de clase media, salvo que se adquiera en la periferia de la ciudad, excede la suma de 100 mil dólares. Por ejemplo, una vivienda que llegue a 100 mil dólares por cualquier razón, que ya no cuente con exoneración del impuesto de inmueble, tendrá que pagar una tasa anual de alrededor de mil 200 dólares, y si se trata de un apartamento, una suma que ronda los mil 500 dólares. Si hablamos de apartamentos, cuyo valor es de 200 mil dólares, lo que ya es un precio habitual para los de segunda mano, el impuesto llega a la suma de 4 mil dólares anuales. Estamos hablando de más de 300 dólares mensuales en impuestos para una familia, o una pareja.

El impuesto de inmueble, cuando se aprobó, posiblemente obedeció a la realidad adquisitiva y a los valores de mercado del momento, y podía considerarse como un impuesto progresivo, pero actualmente tienen más características de un impuesto confiscatorio, por más que se quiera matizar esta situación al expresarse que es una verdad a medias, ya que se cuenta con una exoneración por muchos años antes de tener que hacer frente al impuesto. Al final, frente a la realidad del mercado que estamos viviendo, todo el ahorro de la exoneración tendrá que pagarse al momento en que termine la misma y empiece el periodo de pago. Por otro lado, muchas viviendas de segunda mano, a las que ya se les venció el plazo de exoneración, son la opción para matrimonios jóvenes que tendrán que asumir la carga de un impuesto excesivo.

Lo razonable sería, si ya se ha estado hablando de revisar la tasa, sentarse a hacerlo, antes de crearle a los municipios expectativas de ingresos que luego pueden variar significativamente. Es mejor una tabla con un impuesto razonable que se cobre de manera eficiente y efectiva, que uno difícil de cobrar.

Por otro lado, para que la descentralización funcione de mejor manera, las autoridades necesitan de más y mejor capacitación, y que se revisen los mecanismos que permitieron que tanto alcaldes como representantes de corregimiento recibieran, en periodo electoral, millones de dólares de fondos públicos que fueron utilizados por diputados, y retuvieran un 5% en concepto de administración. Estos mecanismos deben ser derogados expresamente si se quiere recobrar algo de la confianza ciudadana perdida. Igualmente, debieron haberse incluido fórmulas expresas de participación, transparencia, rendición de cuentas y mayores y mejores controles en el uso de los fondos públicos, lo que no fue previsto en el proyecto de ley original, pero todavía están a tiempo de incluirlo. De lo contrario, lo que se puede experimentar es descentralización, pero de la corrupción.

Cuando la justicia es selectiva

La justicia en Panamá se ha convertido en protectora de la impunidad. Existe un trato para el hijo de Juana, y otro especial para los hijos de la “realeza panameña”. Es decir, para los millonarios, políticos o influyentes, de cualquier clase.

Por lo tanto, la justicia es selectiva. Tanto es así que se dice: “la justicia en Panamá es para quien puede pagarla”. Igual sucede con la salud y la educación. Hay tal insensibilidad, falta de nacionalidad y humanidad que hasta algunos extranjeros gozan de mayores privilegios que los panameños.

En dos sonados y muy parecidos accidentes de tránsito, en los que se provocó la muerte de un peatón y una ciclista, debido al manejo irresponsable de los conductores y en los que ambos se dieron a la fuga, el resultado de la acción fue diferente. En el primero de ellos, un hijo de Juana quedó muerto y su madre, con traumas o niveles de discapacidad, mientras que el conductor del vehículo, quizás producto de privilegios de la clase social o política, gozó de muchas libertades. En el otro accidente, en cambio, el conductor es el hijo de Juana, por lo que no corrió con la misma suerte.

En otros ejemplos de justicia selectiva vemos que en las investigaciones de personas investigadas por peculado, por los mismos supuestos delitos, unos están detenidos “preventivamente” y otros gozan de todas la libertades.

Nuestros ancestros decían que “quien tiene más saliva traga más harina” y, como corolario, en la actualidad el manejo de la justicia, desde el más ínfimo despacho gubernamental hasta la Corte Suprema de Justicia (CSJ), funciona igual: no hay garantía de que ante iguales circunstancias o hechos, con personas de diferentes estratos sociales, el resultado de los jueces y magistrados sea el mismo.

Bien lo dicen muchos letrados, ellos prefieren no interponer demandas en la CSJ, porque además de lo tedioso del trámite, mientras se acoge o no, y la espera por el fallo, pueden pasar años… todo para que a final se sepa que solo fue una pérdida de tiempo. Esa es la justicia panameña. No hay respeto por la ley ni por el pueblo.

Los derechos humanos son harina de otro costal. Al referirnos específicamente a las de discapacidad, Ley 42 de 1999 y Ley 59 de 2005, al parecer y de acuerdo a algunos fallos conocidos, estas funcionan y se accionan de acuerdo al criterio no solo del magistrado ponente, sino de la línea política de los otros magistrados, con relación a la línea del demandante y hasta de su abogado. ¿Es esto jurisprudencia? Hay fallos dignos de comentar, en los que la CSJ determina que el despido de un “favorecido” ha sido ilegal y, por lo tanto, se ordena su reintegro. Sin embargo, por casos parecidos al desprotegido hijo de Juana no le reconocen los salarios caídos, por diferentes razones y según sea el criterio de la institución que hizo el despido ilegal. Esto implica una burla y un atropello.

El fracaso de las políticas de salud

Hay renglones en las políticas de gestión pública tan sensitivos en los que no se puede improvisar ni utilizar la demagogia para dar respuestas a la población. Estos son los concernientes a salud y educación.

En instituciones como el Ministerio de Salud (Minsa) y la Caja de Seguro Social (CSS), se requieren cualidades muy especiales para llevar adelante un desenvolvimiento productivo. Por ejemplo, aspectos como la experiencia administrativa, el carácter para ejecutar los presupuestos sin demora, la habilidad para atender las respuestas de los usuarios, sin el “velo envolvente” de la mentira, y la valentía de cambiar el rumbo si la acción es equivocada son parte del perfil que deben tener directores y ministros.

Como se dice popularmente, el Minsa, la CSS y el Ministerio de Educación son “potros difíciles de domar”, y sus “jinetes de turno” deben poseer la habilidad para no tropezar ni caer estrepitosamente.

Desde hace años, el sistema de salud panameño presenta grietas que con el tiempo lejos de sellarse se han agrandado. Esto se debe, en parte, a malos manejos administrativos, cimentados en la improvisación de la ejecución y desconociendo la realidad que viven nuestras comunidades, sobre todo, de las periferias.

El desabastecimiento de medicamentos, la baja calidad de la atención, la falta de equipos sensitivos y la demora en la atención de los servicios especializados son los “tendones de Aquiles” en dicho aspecto. Hasta el momento no ha existido ningún presidente, ministro ni director que tenga la decisión profesional y humana de hacerle frente a este problema, sin la influencia de los intereses políticos. Cada cual ha pretendido aliviar esa “migraña de décadas”, con la famosa píldora mágica de la improvisación.

Todo parece corroborar la tesis de que se apunta a lograr el debilitamiento del sistema de salud público para privatizarlo más adelante, ya sea parcial o totalmente.

La llamada fusión Minsa–CSS, lejos de ser una respuesta a la inoperancia de las políticas de salud, será causante de una tormenta de proporciones inimaginables. Todo esto, aunado a la falta de una respuesta clara por parte de los directivos responsables. Esta política de fusión pretende fortalecer los hospitales con carencias de personal y equipos a costa de centros hospitalarios con servicios hasta el momento de buena calidad.

En comunidades, como Chepo, Macaracas y Soná, se ha encontrado una resonancia adversa a esta política de parte de sus moradores. El hospital Ezequiel Abadía de Soná está catalogado, según los estándares de calidad, como categoría II y complejidad cuatro. Esto quiere decir que su atención es buena y sus equipos dan un excelente servicio. Solo le faltaría una sala de cuidado intensivos para ser categoría uno.

En ese centro se atiende a una población de usuarios estimada en 77 mil anuales, provenientes de los distritos de La Mesa, Las Palmas, Santiago, Río de Jesús, Coclé y Chiriquí Oriente, entre otros. Con el tiempo, este hospital se ha ido quedando chico para la cantidad de personas que atiende y personal con que cuenta. Existe temor en la población de Soná frente a la política de “fusión”, pues esto implicaría el traslado de técnicos y médicos con experiencia y equipos para fortalecer a otros hospitales ubicados, supuestamente, en lugares más céntricos.

A esto se le añade el hecho de que hasta la fecha el director de la CSS no ha visitado este hospital de Soná, siendo uno de los más grandes del interior del país. En la población panameña anida la incertidumbre de ¿por qué tanta demora en la ejecución del presupuesto para comprar medicamentos y equipos que mejoren la salud de la población humilde?

Humanizar la salud no es un sustantivo, sino un verbo como dice la canción. Es decir, que se traduce en medicinas y atención de calidad, mas no en gorras ni camisetas, fiel evidencia de una politiquería barata.

Para finales de este mes, se invitó al director de la CSS Estivenson Girón a una reunión de cabildo abierto en el Municipio de Soná, para que aclare los rumores del traslado de equipos y personal que, al parecer, se orquesta secretamente. Su presencia en esta asamblea popular es vital para despejar cualquier malentendido y, de paso, conocer las necesidades de los asegurados en esta región del país.

Si se ausenta, como en otras ocasiones ha ocurrido en invitaciones similares, ello abonaría otro indicador de que el actual director de la CSS solo es producto de un acuerdo político y de lazos de amistad, mas no el jinete adecuado que requiere la envergadura de esta institución.

Decálogo de la descentralización

La descentralización es un proceso político-institucional natural que se ha dado desde hace mucho tiempo en la mayoría de los países de América Latina con excelentes resultados. Por esto, considero pertinente recordar los 10 aspectos fundamentales a considerar para el desarrollo de este proceso, veamos:

1. Se descentraliza para trasladar competencias del Gobierno central a los gobiernos locales, de forma paulatina y organiza.

2. Se descentraliza para que los ciudadanos resuelvan la mayoría de sus trámites institucionales en las cabeceras de cada provincia.

3. Se descentraliza para poner al Gobierno más cerca de la gente.

4. Se descentraliza para que las obras comunitarias sean gestionadas por los gobiernos locales.

5. Se descentraliza para que las respuestas del Gobierno lleguen más rápido a las comunidades.

6. Se descentraliza para capacitar y profesionalizar a los funcionarios de los gobiernos locales y hacerlos más eficientes y productivos.

7. Se descentraliza para que los funcionarios de los gobiernos locales les rindan cuentas de su gestión a los miembros de sus comunidades.

8. No se descentraliza para que los gobiernos locales cobren o administren impuesto nacional alguno.

9. No se descentraliza para que los gobiernos locales revaloricen los valores catastrales de las propiedades y suban el impuesto de inmueble para manejar esos recursos.

10. No se descentraliza para fomentar la corrupción en los gobiernos locales.

Si la propuesta actual de descentralización va en la dirección correcta, puede traer beneficios a las comunidades, a las instituciones, a los gobiernos locales y al Gobierno central.

Nuevo enfoque del Canal

De la publicación de la revista Seatrade Maritime Review de septiembre de 2015, cuya portada titula: “El nuevo canal de Suez”, listo en un tiempo récord, no solo me llamó la atención su título, sino que de su lectura corroboré el enfoque errático que le hemos dado al tema de la expansión del Canal de Panamá. El atraso de un año y medio de las obras de expansión ha beneficiado al canal de Suez, que se ha llevado importantes navieras como Maersk, que dejó de usar la ruta de Panamá y prefirió aquella.

El presidente de Egipto, Abdel Fatah al Sisi, en un corto período de 12 meses, a un costo de 8 mil 200 millones de dólares, usando fondos propios de Egipto, ha culminado exitosamente la expansión del Canal de Suez. El estudio original calculó la duración de la obra para tres años. Además, es interesante observar cómo el Gobierno de Egipto utilizó la expansión para crear nuevas oportunidades de empleo y de desarrollo, y con tal propósito, ha creado la Autoridad para el Desarrollo de la Zona del Canal de Suez.

A diferencia de Egipto, que se está preparando para el desarrollo de una zona integral en materia logística, de servicios navieros, industria, reparación de buques, servicios auxiliares al sector marítimo y comercio, en Panamá lamentablemente nos hemos quedado cortos en la integración y enfoque del sector logístico.

Pienso que estamos a tiempo de corregir y usar las áreas adyacentes al Canal como base de una nueva plataforma logística y de servicios integrada, y cuyo apalancamiento debe ser la propia vía. Ya contamos con varias terminales portuarias en ambas vertientes y con alguna industria marítima auxiliar, así como con la Zona Libre de Colón y Howard.

Nos falta el desarrollo de una estrategia económica de la zona adyacente, con un plan maestro integrado, junto con estudios sobre los nuevos servicios marítimos, logísticos e industriales que podrían desarrollarse con éxito. Luego, debemos aprobar una legislación de incentivos fiscales para atraer a empresas que deseen usar la nueva plataforma logística para despachar mercancía a los mercados de Centro y Suramérica.

Sugiero ver el modelo de negocios desarrollado con éxito en Singapur, Dubai y ahora en Egipto y, con nuestras propias particularidades, crear la nueva plataforma o hub logístico y de servicios de las Américas en Panamá. Para coordinar un proyecto de tal magnitud, en el que estarían involucradas diferentes agencias del Gobierno, propongo que se asigne tal responsabilidad al ministro para Asuntos del Canal, denominándole “ministerio del canal e infraestructura logística”. Sustento esta iniciativa, dada la pertinencia del tema a desarrollar y por la jerarquía necesaria para lograr reunir y coordinar a funcionarios de distintas instituciones que deberán acatar nuevas directrices.

Se creó una Secretaría de Asuntos Logísticos, adscrita a la Presidencia. Sugiero que se integre como una unidad técnica al Ministerio para Asuntos del Canal.

Hubo algún descubrimiento

Lo que no comprendo es cómo se ha trastornado la historia patria, a que no ser que la transculturización y aculturación que han sometido al país, los ha llevado a una amnesia colectiva de gobernantes y gobernados hasta hoy. Sin caer en excesos, no podemos desconocer la misión imperialista y explotadora de Vasco Núñez de Balboa, a quien además, se le debe imputar algún grado de responsabilidad por haber violado los DDHH de nuestros pueblos autóctonos y por el exterminio de muchos de ellos.

De manera que al omitir la auténtica historia, las autoridades nacionales han endiosado al verdugo, ofreciéndoles reconocimientos no merecidos y que el ciudadano común lo ve como algo normal, porque ese es el cuento que le han enseñado desde que pisa la escuela primaria (esto a los que saben leer y escribir, porque pasados los 500 años de aquel holocausto, aún queda un porcentaje importante de analfabetos). Entre los reconocimientos no merecidos dados al conquistador español tenemos: se le puso a nuestra moneda nacional su nombre; se creó la condecoración diplomática Vasco Núñez de Balboa; le construyeron una estatua imponente a la orilla del mar, le pusieron el nombre a una avenida en la capital y para corolario, una cerveza tiene el nombre del aventurero, como para celebrar ese masoquismo histórico.

No estoy seguro de que estas actuaciones fortalezcan el patriotismo y la identidad nacional como panameños, pues esta va más allá de los toques de tambores y cornetas en un desfile.

Siendo así las cosas, no es de extrañarse la apatía con la que celebran algunos panameños las fiestas patrias. Por todo lo expresado, cuestionamos a todos los responsables de todas estas acciones: ¿cuándo y dónde harán un homenaje al cacique Urracá por su protagonismo en las grandes batallas en defensa de la nacionalidad y de nuestra gente?

Sin embargo, existen contradicciones como la de haberle dado el ínfimo valor en la moneda nacional de B/. 0.01 (un centavo), lo que no deja de ser una vergüenza para todos. Después de un análisis concienzudo, les propongo a las autoridades nacionales y diputados que a nuestra moneda se le cambie el nombre que actualmente tiene, por el de Urracá, así haremos justicia a quien lo merece; pues, honrar, honra.