Educación, ¿derecho o negocio?

El artículo 91 de la Constitución consagra: “Todos tienen el derecho a la educación y la responsabilidad de educarse…”. De igual forma, lo ratifica el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la educación”. Por ello, el Estado tiene la obligación de garantizar este principio a todos, sin excepción.

Sin embargo, la realidad es diferente. La deserción escolar amenaza y no todos los egresados, al culminar la secundaria, pueden acceder a la educación superior. ¿Cuáles son las causas? ¿El Estado ofrece las mismas oportunidades a todos? ¿Las autoridades están desempeñando sus funciones correctamente?

Un reportaje publicado por este diario puso al descubierto los salarios que devengan las autoridades académicas de la Universidad de Panamá (UP). En este se reveló que el rector de esa casa de estudios es el tercer funcionario mejor pagado del Estado, con un sueldo mensual de $12 mil 288. La cifra me despertó una interrogante, ¿a qué le están apostando las autoridades universitarias, al fortalecimiento de la educación o a su deterioro?

Lo peor, es que Gustavo García de Paredes no es el único rector con un alto ingreso, sino que lo acompañan el de la Universidad Tecnológica de Panamá, quien recibe cada mes $10 mil 437; el de la Universidad Especializada de las Américas, con $8 mil 850, y el rector de la Universidad Marítima de Panamá, $8 mil al mes, añade la publicación.

En un encuentro con miembros de la Unión Católica Italiana de Profesores, el papa Francisco dijo: “Enseñar es un trabajo bellísimo, lástima que los profesores están mal pagados”. La alocución del sumo pontífice, al menos en el caso mencionado, escapa de la realidad. Aunque el Papa calificó el hecho de injusticia. Injusto es que se malgaste el dinero destinado para el desarrollo integral del ser humano, con salarios que están por encima de lo que dicta la ley, como lo señala la publicación.

A pesar de los esfuerzos por acabar con la burocracia, que carcome a la educación universitaria, los intentos han fallado. El pasado mes de septiembre, la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Asamblea Nacional decidió archivar el anteproyecto de ley presentado por la diputada Ana Matilde Gómez, que buscaba impedir la reelección de las autoridades académicas electas de la UP para el mismo cargo en los dos períodos siguientes. Mientras que en Chile, los estudiantes salen a las calles a exigir a la presidenta, Michelle Bachelet, que cumpla con la reforma de impartir la educación gratuita en el país. En Panamá parece que aún se vive la época de la inquisición, en la que cuando alguien denunciaba significaba una amenaza contra su vida, asegura el escritor mexicano Francisco Martín Moreno. Este hecho propicia el atraso de una nación, cuya única alternativa es la educación, que ha sido el esquema de éxito utilizado en los países de primer mundo, agrega el periodista. En nuestro país la educación está en crisis. No permitamos que continúe siendo un negocio, que responde a los intereses personales, de los que se perpetúan en el poder y que han tratado de burlarse del pueblo con sus discursos populistas. Los invito a rescatar este sagrado derecho, que conduce a la libertad.

Políticos, subsidios y corrupción

Los partidos políticos en Panamá van cada día en decadencia porque quienes lideran estas instituciones no aprenden de sus errores. Utilizan las organizaciones políticas como si fuesen empresas personales de gestión de negocios privados y disponen del subsidio electoral para sus caprichos, lujo, derroche y prebentas electoreras. Esto ha degenerado en una cultura de herencia de mandatos, amiguismo y caciquismo familiar, que se repite de gobierno en gobierno sin excepción. No han terminado de entender que la democracia funciona con contrapesos, precisamente por la fragilidad de la naturaleza humana. “El poder cuando se ejerce sin humildad y sabiduría, embrutece, envilece y corrompe”.

Es precisamente dentro de los partidos donde debe estar la esencia de los valores democráticos y, para que funcionen, tienen que elaborarse estatutos democráticos que aseguren plena libertad de participación y controles, para frenar el desacierto, la arbitrariedad, persecución y enquistamiento.

Esta práctica de antivalores ha ido mellando la filosofía política de estas organizaciones que deben estar cimentadas en las libertades ideológicas, transparencia y de profunda convicción democrática. Los magistrados del Tribunal Electoral tienen el deber de influir en forma directa para que la democracia interna de los partidos siempre esté garantizada y no se utilicen estas organizaciones como instrumentos para promover el clientelismo político y servilismo de un CEN (Comité Ejecutivo Nacional) o un Directorio Nacional. Pero, ¿que pensar de un Ejecutivo, Legislativo y Judicial que viven y disfrutan el clientelismo político, las prebendas, los privilegios y toda clase de trueque donde la dignidad del pueblo se negocia con remesas del peculio público?

Los ciudadanos debemos exigir la estricta regulación y uso de estos recursos que deben ser invertidos en la formación cívica de nuevos liderazgos, dando paso a un relevo generacional comprometido con la transparencia, la paz y democracia. El tribunal Electoral, en conjunto con la Contraloría General, debe ordenar a los partidos la publicación, en periódicos de circulación nacional, los informes semestrales del uso del subsidio. Esos fondos son públicos porque salen de los impuestos que pagamos y por tal razón, hay que rendir cuenta de ellos, centavo a centavo. Considero que los dignatarios de los partidos políticos deben gozar de plena facultad administrativa para que, con independencia de criterio y solvencia moral, cuestionen las políticas públicas, haciendo propuestas coherentes, exigiendo y fiscalizando el respeto a las libertades fundamentales, ataque frontal a la corrupción institucional y del sector privado. Los partidos están llamados a emitir votos de censura contra toda política de gobierno que disimule o apruebe abusos, discriminación y promueva fueros y privilegios contraviniendo las normas constitucionales. Pero si los que gobiernan el país son los que dan las ordenanzas de lo que deben o no hacer los partidos, ¿de que independencia política estaríamos hablando?, obvio que de ninguna.

Se debe enviar un mensaje claro a todas las organizaciones políticas, que al igual que en República Dominicana, México y otras naciones, se dé una real separación de poder entre un presidente constitucional que hace su juramento de mandato y el buró de su partido.

En Panamá, a nuestros anteriores mandatarios no les interesó aprender la lección de sus desatinos, porque fueron preconcebidamente en busca de riqueza mal habida. La historia se repite en espiral, donde solo 10 familias enfermas de un ego horroroso son las que determinan nuestro destino, las que cada 5 años giran la ruleta que reparte el premio divino de gobernar con arreglos de recámara y, claro, siempre arrodillados a los intereses del establishment norteamericano.

El presidente Varela debió ser la excepción, desvinculándose del Partido Panameñista, ocupándose de su gobierno a tiempo completo, cumpliendo sus promesas y permitiendo que el partido que lo abanderó y lo llevó al poder, funcione con plena independencia. La regla de la transparencia debe prevalecer por encima de todo para impedir la doble moral política y no alimentar dudas de que la democracia se ejerce con el ejemplo. Solo así, los partidos jugarán su rol fiscalizador. Los cantos de sirena del partido gobernante ya se escuchan, con intenciones de lograr un segundo mandato en 2019, pero el pueblo entre sabiduría y torpezas o por la divina providencia ha demostrado que no repite gobierno con la misma bandera. Si esta decadente clase política no reflexiona, lo más probable es que el cantante y actor de cine Rubén Blades sea el próximo inquilino del Palacio de las Garzas, que, por cierto, goza de todos los méritos.

Entrevista fuera de lugar con Mulino

Soy uno de los panameños, como abogado y periodista, que me encuentro muy herido con todo lo que el país conoce de la enorme corrupción durante el gobierno anterior, lo que ha originado en el ambiente nacional un campo minado y espinoso, que amerita, de los que somos auxiliares de la justicia, manejarnos con responsabilidad, tacto y debida cautela en todos nuestros actos y pronunciamientos, observaciones que me permito hacerle al actual presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), José Alberto Álvarez, concretamente en lo siguiente:

Me enteré por los medios que él tuvo la oportunidad el lunes de visitar al exministro de Seguridad José Raúl Mulino, en su celda de la Policía de Ancón, donde se encuentra en detención preventiva, a órdenes de la Fiscalía Tercera Anticorrupción, pero lo hizo solo, sin la compañía de dos miembros más de la directiva del gremio que él representa, a quienes se les impidió el paso a la celda.

Soy del criterio de que esa privación para impedirle el acceso a sus acompañantes para hacer la entrevista, debió ser protestada por Álvarez, lo que podría favorecerlo de cualquier malentendido. Recordemos que Mulino fue una pieza importante dentro de la pasada administración, por lo que el presidente del CNA debe entender que para esa conversación le iba a hablar naturalmente de lo que le interesa a él (a Mulino).

Además, como miembro del CNA, no debió realizarse si las autoridades policivas hubieran insistido en prohibirle el acceso a sus acompañantes a que hago mención y, por otra parte, la verdad sea dicha, esa conversación resultaba innecesaria, ya que Álvarez podía buscar el camino directo hacia el expediente, cuya lectura no le sería negada, por lo menos en sus aspectos más fundamentales, para establecer si en el caso de Mulino habría exceso en la medida cautelar que se le aplicó.

Por otra parte, en opinión favorable al presidente del CNA, comprendo que lo inquieta que todas las investigaciones que lleva adelante el Ministerio Público se hagan dentro del debido proceso, ya que una torpeza en ese sentido conduciría a que al final un verdadero culpable viera, alegremente, desplomarse todo el proceso en su contra y quedar a salvo de la justicia, como ha ocurrido en tantos juicios en nuestros tribunales y en los que son duchos muchos defensores.

Sé perfectamente que con esos errores adrede o no, sus defensores no requieren de mayor esfuerzo en sus gestiones, ya que nada más tienen que fijar su óptica en los traspiés que da el funcionario de instrucción, para salir avante con su cliente, que puede ser el mayor corrupto, a lo que apunto, no debo pasar por alto que inocentes sean condenados, debido a esas trastadas como ocurre en cualquier país y que luego la sociedad se sienta, con razón, burlada. Apelamos a que nada de eso ocurra en estos escandalosos casos de corrupción que se investigan.

Con toga o sin toga

El hábito no hace al monje. En nuestro caso, la toga tampoco hace al magistrado. En un solo año, hemos tenido un magistrado que está preso por coima, otro que también lo estaría si no hubiera optado por darse de baja y otros que les tiembla la mano a la hora de emitir fallos y postergan tanto sus decisiones que, cuando se dan, ya no son relevantes. Por eso, los aspirantes a magistrado tienen que tener una trayectoria impecable en su vida personal y profesional. No es que van a ponerse la toga primero y a adquirir conciencia después. Al revés, la investidura del cargo exige candidatos de una gran talla moral.

En Estados Unidos (EU), un fallo de nueve magistrados –¡nueve personas!– define y dictamina lo que es o no constitucional en un país de 300 millones de habitantes. Así, en casos dificilísimos como el derecho al matrimonio gay, el magistrado Kennedy emite un fallo histórico donde dictamina que la libertad para casarse ya no se le puede negar a personas del mismo sexo: “Ninguna unión es más profunda que el matrimonio pues encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, devoción, sacrificio y familia. Al formar una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que antes eran”.

En un país de fuerte tendencia conservadora y un militante y temerario “Tea Party”, la decisión es acatada por todos –¡sin más!– por dos razones: uno porque las decisiones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) son inapelables y dos porque estos nueve individuos tienen una moral intachable que obliga a la gente a aceptar como buena su decisión por más que riña con sus propias creencias o inclinaciones políticas. Que en un momento dado se puedan equivocar es una cosa, pero que la equivocación se deba a intereses personales o partidarios es otra completamente distinta.

Eso es lo que le da la fuerza, la fuerza de la moral. En EU los nombramientos a la CSJ son de por vida; generalmente, los nombramientos hechos por presidentes republicanos son de personas de corte conservador, los hechos por demócratas son, obviamente, más liberales. De esta forma se logra el balance para que la CSJ no se incline nunca en una sola dirección. La fortaleza del sistema judicial es lo que da legitimidad a la democracia. Por eso, el puesto de magistrado requiere de una estabilidad en el cargo de una vida entera. Así de importante es.

En la historia reciente de Panamá, ha habido dos períodos funestos para el desarrollo de nuestra democracia: la dictadura militar y el gobierno de Martinelli. En ambos, se ha puesto en juego la fibra misma de nuestra sociedad con nombramientos a la CSJ que no cumplen con los requisitos básicos de probidad, honestidad e independencia. Es importante que en este proceso de selección, la radiografía moral de los candidatos sea hecha por la sociedad civil y no dependa del escrutinio de una Asamblea Nacional, igualmente cuestionable. La tarea es fundamental: encontrar un candidato que sea digno de llevar la toga.

Revocatoria de mandato, el blindaje ciudadano

Nuestra Constitución expresa claramente que el poder solo emana del pueblo y en un sistema democrático la soberanía popular debe ser ejercida mediante un control de acción ciudadana.

La revocatoria de mandato es un instituto de la democracia participativa de origen ateniense y se expresa a través de un referéndum vinculante.

El sistema electoral panameño debe ser redefinido para que su basamento se sustente en un sistema electoral de los candidatos y no de un sistema electoral de partidocracia, como el que impera y predomina como dictadura de partidos políticos en materia de revocatoria de mandato. El ordenamiento jurídico dispone de dos tipos de revocatoria, una con rango constitucional referida en el artículo 151, que expresa que solo son los partidos políticos los que pueden revocar el mandato de un diputado, y la otra para los representantes de corregimiento y alcaldes, que esta normada por la Ley No. 4 del 7 de febrero de 2013, que fija como requisito un 30% de los ciudadanos que conforman el padrón electoral de la circunscripción correspondiente.

Por lo cual toca como deber ciudadano empoderarse de los mecanismos de referéndum revocatorio como una arma democrática que asegure que no solo se tenga la oportunidad de elegir cada cinco años, sino el de mantener un permanente grado de control sobre las decisiones en la duración de su cargo.

La revocatoria de mandato es un instrumento de poder ciudadano para disciplinar la irresponsabilidad política del elegido frente a su electorado y debe ser viable sin restricciones para el logro de su eficacia, sin que se abuse del mismo. El llamamiento a referéndum debe ser después del primer año de haberse elegido.

En Panamá somos muy dados a referir la democracia gringa, como ejemplo por lo que el referéndum de revocatoria del estado de California, en el que solo se requiere el 12% de los votos que obtuvo el elegido puede servir de modelo para nuestro país.

Las razones para el llamado a un referéndum de revocatoria de mandato serian: 1- Por comprobados actos de corrupción 2-Violación de los derechos humanos 3- Abuso de autoridad 4-Extralimitación de funciones 5-Incumplimiento de su promesa electoral.

El referéndum revocatorio de mandato debe ser para todos los puestos de elección popular desde el Presidente de la República hasta el de concejal de manera tal que el político sepa y entienda que se le ha dado un mandato para que le sirva a su electorado y no una patente de corso ni un cheque en blanco para que dispongan de los bienes públicos como un botín del que puedan disponer a diestra y siniestra sin el consentimiento de todos sus dueños y sin rendirle la debida cuenta al ciudadano elector.

Caso de las llamadas telefónicas

El sistema penal acusatorio tiene como fundamento las garantías individuales mínimas establecidas en la Constitución Nacional y las Normas de Derecho Internacional, así lo expresa el artículo 5 del Código Penal Panameño, además reitera que son mínimos y no excluyentes de otros que incidan sobre los derechos fundamentales y la dignidad de la persona, de igual forma en la Constitución se establece en el artículo 4, cuando señala expresamente que “la República de Panamá acata las normas de Derecho Internacional”, y en ese sentido, también lo expresa el artículo 17. Estos conceptos se conocen en el derecho nacional como el Bloque de la Constitucionalidad. He hecho esta explicación para poder entender que no podemos analizar el Código Penal de forma objetiva, sin poder estudiarlo en su contexto amplio. Desde mi óptica jurídica, la no imputación de cargos al diputado del Parlacen (Parlamento Centroamericano) Ricardo Martinelli Berrocal es violatoria de sus garantías fundamentales y esto debe corregirse, lo sustento de la siguiente manera:

El Código de Procedimiento Penal en su artículo 5 habla sobre separación de funciones. En su último párrafo señala: “Sin formulación de cargos no habrá juicio ni habrá pena sin acusación probada”; ahora bien, para comprender mejor esto, veamos quién es una persona imputada. Según el artículo 92 del Código de Procedimiento Penal, “es la persona a quien se le han formulado cargos por parte del Ministerio Público ante el Juez de Garantías. Formalizada la acusación penal en su contra pasa a denominarse acusado”. Ahora, luego de analizar esto, veamos qué es una formulación de imputación. Según el artículo 280 del Código de Procedimiento Penal, es el acto mediante el cual el fiscal de la causa comunica a una persona su calidad de imputado en la investigación penal y en donde se individualiza con su nombre completo, domicilio para futuras citaciones y se le comunicará cuáles son los elementos por los que se le considera como imputado en la investigación. A partir de la formulación de imputación, hay vinculación formal del proceso y es a partir de allí, de acuerdo con el artículo 93 del Código de Procedimiento Penal, “que se le aseguran a la persona imputada todos los derechos establecidos en la Constitución Política, los tratados y Convenios Internacionales de derechos humanos ratificados por la República de Panamá y las leyes, desde el inicio del procedimiento dirigido en su contra hasta la conclusión del proceso”.

De allí, según lo establecido en el artículo 93, se establecen 17 derechos del imputado, entre algunos de estos, no ser juzgado en ausencia, etc.

Luego de expresado esto, se harán la siguiente pregunta: ¿ese es el procedimiento ordinario? Pero nos encontramos ante un procedimiento especial contemplado por el legislador, lo extraño es que en el caso del exmagistrado Alejandro Moncada Luna sí se realizó una audiencia de imputación y también es un procedimiento especial, y en el caso del diputado suplente de la provincia de Colón, Samuel Bennett, sí se realizó la audiencia de imputación de cargos. Veamos qué dice la norma especial en su artículo 487: Compete al pleno de la Corte Suprema de Justicia la investigación y juzgamiento de los actos delictivos y policivos cuya comisión se atribuya a los diputados de la República, principales o suplentes.

Por último, soy del criterio jurídico de que en ningún artículo del procedimiento especial se permite saltarse la formulación de cargos, incluso en el 491-A se habla varias veces de casos de imputación y de imputado, lo que quiere decir que al no respetar las normas mínimas del sistema penal acusatorio, daría pie para la presentación de una nulidad del proceso e, incluso, para una demanda en contra del Estado en la Corte Interamericana, basada en la violación de garantías como el debido proceso, derecho a la defensa y de todos los derechos que tiene el imputado en cualquier investigación penal. Se debe corregir esto para evitar que no se caiga el proceso penal por vicios de nulidad.

Justicia: dilema de fiscales y jueces

La corrupción investigada por el Ministerio Público y que repica a diario en los medios de comunicación por el escandaloso saqueo a las arcas del Estado. Por parte del pasado gobierno de Cambio Democrático (CD), nos asombra y avergüenza.

Ha llegado la hora de la verdad, de poner la lupa sobre quienes tienen la facultad y jurisdicción de administrar justicia en nombre de la Constitución y las leyes. Le corresponde al Ministerio Público, fiscales anticorrupción, jueces y a la Corte Suprema de Justicia ponerse a prueba frente al crimen organizado y enquistado en las esferas de gobierno, que sacude la conciencia de la sociedad y donde las consecuencias son impredecibles, puesto que los fraudes fueron multimillonarios y el castigo debe ser ejemplarizante, porque de lo contrario, habría que hacerle un gran cementerio a la justicia panameña y allí sepultar al Órgano Judicial.

La punta del iceberg apenas asoma, porque la mitad del gabinete de Martinelli ha declarado con detalles y pormenores su directa vinculación en los diversos delitos. Es tarea oficiosa de las fiscalías especiales aferrarse al espíritu y letra de la ley penal, como a la integridad moral individual de estos investigadores, a fin de tocar fondo y emitir los fallos condenatorios y absolutorios (si los hay). No sabemos si fueron mil 500 o 2 mil millones de dólares los que fueron ilícitamente sustraídos, dineros con los que se hubiese resuelto la carencia de agua, construido escuelas, rellenos sanitarios, equipamiento de hospitales y construido miles de viviendas para gente sin techo. No olvidemos que en la toma de posesión en 2008 Martinelli juró servir a Dios y a la patria, con transparencia, cumplir y hacer cumplir la ley y la Constitución, pero nos mintió, pisoteó la Carta Magna y a los panameños que depositamos la confianza en él, que pensamos que, porque era empresario sería honesto, pero nos equivocamos, venía con ansiedad y sed de riquezas.

La desconcentración de poder del Ejecutivo sobre el judicial fue promesa de campaña, pero el presidencialismo virulento de la actual administración pone en duda una justicia independiente. La convocatoria a un constituyente es el único camino hacia un nuevo orden social. La justicia es la materia humana, con espíritu y moral propia. Mientras la mente y la razón no estén dirigidas al bien común con plena honestidad, no es más que letra muerta; por tal razón, me sumo a los miles de ciudadanos que piden, con clamor y angustia, al presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Ayú Prado, que anuncie su renuncia al cargo de magistrado puesto que sus vinculaciones políticas e intereses con Ricardo Martinelli, particularmente en el caso Financial Pacific y su cuestionado estrepitoso ascenso en el órgano judicial, fue lo que ensombreció la confianza ciudadana contra él.

Créame, señor Ayú Prado, que todo Panamá lo aplaudirá de pie y hasta lo condecorarían por evitarle un mal mayor a la justicia, que aún coquetea con el poder político.

Cualquier omisión, error evidente, silencio sospechoso o salvamento de voto de los que están llamados a administrar justicia, será fatal, porque no hay lugar para meter la cabeza al hueco como el avestruz, mientras pasa este huracán que deja a su paso escombros de podredumbre política. Creo que es el momento para que se levanten las voces de protesta del pueblo panameño y le exijamos a todos los funcionarios del Órgano Judicial su compromiso y responsabilidad patriótica con la Nación, para que se haga sentir la justicia como el rayo fulminante que nace repentinamente entre la tormenta con estruendo provocándonos terror. Que de la misma forma sirva de escarmiento ejemplarizante y de advertencia a los que gobiernan, sin distingo de clase social o posición política.

La verdadera democracia

Año tras año diferentes instituciones, desde universidades hasta centros de investigación privados, elaboran diferentes índices con el propósito de medir la calidad de la democracia en el mundo y ubicar a los países en un ranking.

Así, vemos cómo las naciones van avanzando o retrocediendo con relación a la existencia de democracia en su sociedad. Sin embargo, muchas veces no dimensionamos en su justa medida el valor de esa democracia. Con esto me refiero a que por lo general analizamos esos datos teniendo en cuenta una definición clásica de la democracia o, cuando menos, limitada a aspectos político-electorales.

Es sabido que el rasgo principal de la democracia radica en al menos tres pilares fundamentales que son: la realización de elecciones periódicas y libres; el sufragio universal, y el respeto por las minorías. Estos son los parámetros con los que habitualmente evaluamos un régimen para catalogarlo de democrático.

Sin embargo, estos asuntos solamente se refieren a cuestiones electorales y la democracia es mucho más que eso.

En 1983, al asumir la Presidencia de la República de Argentina, luego de las elecciones que marcaron el final de la dictadura militar, Raúl Alfonsín pronunció una frase que coloca a la democracia en su real dimensión. Dijo: “Con la democracia se come, se cura y se educa”.

Esta visión por fuera de lo político siempre marcó mi idea acerca de lo que la democracia debe ser. Sin duda que la dimensión electoral es fundamental para su existencia, es casi su garantía, pero de poco sirve tener la posibilidad de elegir un gobierno si este no facilita el desarrollo integral y humano de sus habitantes. La dignidad de las personas va más allá de la libertad para elegir a quienes los gobiernan. Debe hacerlo, pero con la certeza de que esa decisión es tomada desde un lugar de satisfacción de sus necesidades elementales.

Desde que los diferentes índices se publican, Panamá ha mejorado sustancialmente su desempeño, acercándose a las democracias más consolidadas de la región. Esto es no solamente gracias a la alternancia de partidos en el poder, a la mayor garantía en la realización de elecciones, a la mejora en el funcionamiento de los organismos de justicia, sino fundamentalmente a la creación de programas que aseguran la inclusión social y que distribuyen de forma más equitativa los recursos de todos los habitantes de esta maravillosa tierra.

A pesar de todos los esfuerzos que la dirigencia política del país realice, no habrá desarrollo democrático ni social posible sin educación para la gente. La mejora en la distribución de los recursos, sumada a una mayor calidad educativa proporcionan un mecanismo de ascenso social inigualable, verdadero motor del desarrollo, no solo económico, sino social. Tenemos todavía muchos desafíos por delante. Tengan la certeza de que mi hombro está siempre puesto para empujar a favor de la democracia.

Nombramiento de magistrados

Nuevamente estamos inmersos en el tema relacionado con el nombramiento de dos nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Y como en otras ocasiones la autoridad nominadora, a presión de los grupos de la sociedad civil, propicia un ambiente para que todos aquellos abogados que aspiran a ocupar tales cargos presenten su hoja de vida.

Señalan funcionarios en la Presidencia que del grupo de interesados que presentaron sus documentos exigidos por la Constitución y la ley, previo análisis, se escogerán 10 nombres que se darán a conocer públicamente a la sociedad, para que exponga sus consideraciones. Pero al final, como lo mandata la Constitución, corresponderá al Órgano Ejecutivo nombrar los dos magistrados y la Asamblea Nacional cumplir con el trámite de ratificación.

En lo particular, no soy optimista que las cosas vayan a cambiar por el lado del Órgano Judicial, en especial de la Corte Suprema de Justicia. Dicho en palabras llanas, la politización de la justicia o la justicia politizada o la mediación prebendaría, es un problema de cómo resolver que aquel, es decir el Órgano Judicial, no esté merced de factores de poder meta jurídicos, que lo desnaturalizan, sirviendo no al Estado de derecho, sino a intereses lejos de aquellos propósitos.

No perdamos de vista que la estructura de la justicia está levantada sobre un piso institucional donde el origen de su legitimidad le viene dada por un procedimiento, cuya objetividad la vicia o mediatiza una relación de poder por excelencia político, muy a pesar del propio texto constitucional, que consagra la independencia de los jueces y magistrados. En ese sentido, mientras un magistrado le deba su posición a un factor de poder, como lo es el Órgano Ejecutivo, dudo que se mejore la credibilidad de nuestra justicia. La cuestión no se reduce a individuos; cierto que estos pueden desde una perspectiva ética intentar proyectar una imagen distinta con sus actuaciones, pero en ese intento atreverse a desafiar los factores de poder y los interlocutores de la mediación prebendaría constituye un desafío de ser o no ser, en esencia existencial.

La situación legal panameña, es grave; no solo por los lados de la Corte Suprema, sino toda la estructura de operarios de la misma. Además en el medio abogadil hay que trabajar el aspecto ético, en tanto que muchas de las patologías que se le endosa a la justicia y a sus funcionarios, están trabadas por una relación de complicidad de los profesionales del derecho. En este escenario hay mucha tela por cortar. Actitud y discurso no van agarrados de la mano.

En este contexto, es importante señalar que el escenario de desenvolvimiento de la justicia es bastante abarcador; verbigracia el control de la legalidad y la actuación del poder en esta, los conflictos individuales que se proyectan como jurídicos, la tutela de los derechos fundamentales y en ello los derechos humanos, los conflictos derivados de la relación familiar y las transgresiones disociadoras de la conducta delictual. Aspirar a ser juez o magistrado tiene que empezar por entender que su oficio no es sacar provecho de su posición en este entramado de relaciones múltiples.

El único acto político aceptado de un juez o magistrado es el voto. De allí, que con justa razón se dice que la magistratura es un sacerdocio.

La Corte y las luchas ambientales

Han pasado muchos años desde que la Corte suprema de Justicia ventiló los primeros recursos ambientales. A mediados de los años 90 interpuse un recurso contra la extracción de arena submarina en la bahía de Punta Chame, contra la empresa Agroganadera S.A. del exvicepresidente Felipe Pipo Virzi, por violentar la Constitución y otras normas, el cual fue negado por considerar que se trataba de normas programáticas. Así otros recursos siempre fueron negados y no se logró hacer justicia en dicho momento.

Pero con el transcurrir de los años y a medida que se han incrementado las luchas ambientales de las organizaciones y la comunidad, la Corte Suprema, en particular la Sala Tercera, ante la gran cantidad de recursos ha iniciado un cambio en sus decisiones, en particular sobre las acciones de nulidad que hemos interpuesto junto con otros colegas, suspendiendo proyectos y anulando los actos ilícitos de las instituciones, entre ellos, los estudios de impacto ambiental aprobados por la ANAM (Autoridad Nacional del Ambiente) y el hoy Ministerio de Ambiente, como ejemplo podemos citar los recursos contra el teleférico, la carretera Cerro Punta-Boquete, los estacionamientos de la Corte Suprema, los manglares de Juan Díaz, el edificio Scala en Herbrughuer y últimamente el caso del edificio Wind Rose en Coco del Mar.

Ello se encuentra evidenciado en la rendición de cuenta que ha empezado a difundir la Sala Tercera recientemente, a través despacho del magistrado Abel Augusto Zamorano, en particular se señala la agilización en los trámites, que son ahora más expeditos y sobre todo una nueva tendencia a fallos fundamentados en pleno derecho, en donde se protege el ambiente y la calidad de vida de los ciudadanos, lo cual tenemos que reconocer como positivo en los magistrados de la Corte en los últimos años y recomendamos que ello se siga profundizando en la administración de justicia.

No obstante lo anterior, no todos los fallos han sido a favor del ambiente y la vida, existen contradicciones, sobre todo en las multas por daños ambientales y otros casos que se han fallado sin considerar el derecho ambiental y los daños. Además, hay recursos que están esperando sentencia al respecto, entre ellos podemos citar el de la contaminación visual de las vallas publicitarias en el aeropuerto de Albrook y el del edificio Panorama en Coco del Mar y otros, que hasta la fecha no hay decisión.

La importancia de una administración de Justicia objetiva y sobre todo dirigida a proteger la dimensión ambiental de nuestro país y la mejor calidad de vida digna es fundamental para todos los ciudadanos, porque simplemente es la esencia de todo lo que existe, por lo tanto nuestra asociación celebra esta nueva tendencia en la Sala Tercera, dirigida a respetar los principios arriba señalados,  esperando  que se profundice y sobre todo hace un llamado a los panameños para seguir luchando por un mejor ambiente.