Extradición del expresidente Ricardo Martinelli se retrasa
Un nuevo escenario surge ahora en el proceso que se le sigue en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al expresidente Ricardo Martinelli por la supuesta comisión de delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad.
El affidavit que la Cancillería solicitó a la Corte para seguir con el proceso de extradición del exmandatario tendrá que esperar, al menos, 15 días más.
Y es que el magistrado Harry Díaz, quien funge como fiscal del caso y debe responder la petición de la Cancillería, está de vacaciones desde el pasado sábado 20 de agosto y retoma sus funciones el próximo 6 de septiembre.
Consultado sobre el tema, Díaz dijo que, en efecto, es él, “por ser el fiscal de la causa”, a quien le compete responder la petición que hizo la canciller, Isabel de Saint Malo de Alvarado. La nota de la Cancillería tiene fecha del pasado 4 de agosto.
Díaz añadió que se enteró de la misiva de manera informal. “No sé cuándo lo recibió [Jerónimo] Mejía, pero oficialmente yo no he sido notificado de esa nota. Me la mandaron abogados informalmente”, añadió.
LAS VÍCTIMAS REACCIONAN
En este escenario, víctimas del supuesto espionaje perpetrado en la administración de Martinelli reclamaron “inmediatez y menos dilataciones” en el trámite para la extradición del exgobernante.
Mitchell Doens, uno de los querellantes en este proceso, dijo que es “frustrante el calvario que tienen que pasar los afectados por los delitos cometidos por Martinelli”. “Vamos para seis meses de haber solicitado su extradición y todavía [el trámite] está bajando y subiendo de despacho en despacho”, sustentó.
Consideró que el proceso para extraditar a Martinelli ha sido “penoso” y dilatado”. “Ojalá que la Corte responda inmediatamente a lo que le pide la Cancillería”, solicitó.
Por su lado, el abogado Miguel Antonio Bernal, otro de los afectados por los denominados pinchazos, expresó que esta situación evidencia, una vez más, que todo se está haciendo con el objeto de dilatar el proceso.
“¿Cómo es posible que al cabo de cuatro meses una directora de Asesoría Legal de un ministerio pretenda contradecir o echar por tierra una solicitud debidamente documentada de parte de un magistrado de la Corte?”, se preguntó.
En la nota que la Cancillería envió al magistrado Jerónimo Mejía, juez de la causa, se explica que dicha petición se fundamenta en que el Gobierno de Estados Unidos (EU), país en el que reside actualmente Martinelli, comúnmente pide que se anexe a la petición de extradición un documento que debe contener una narrativa en lenguaje simple de los hechos del caso.
El documento en mención, de acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores, debe contener una historia de la investigación, que establezca con particular claridad la conducta criminal, evitando el uso de palabras técnicas que sean de difícil traducción, así como anexar los documentos que el fiscal de la causa considere convenientes o necesarios.
El pasado 26 de mayo, el magistrado Jerónimo Mejía, juez de garantías, envió a la Cancillería la solicitud de extradición de Martinelli y desde esa fecha se ha resuelto una serie de recursos presentados por la defensa del exmandatario.
Es una declaración voluntaria y notarizada que usualmente se utiliza dentro de un proceso judicial o de un trámite administrativo, como un medio de prueba en Estados Unidos (EU). En el derecho procesal penal de dicho país, el affidavit es la declaración notarizada que hacen los investigadores tales como policías, agentes del FBI o de la DEA, y otros similares, en la que hacen constar un breve relato de la investigación realizada y de sus conclusiones procesales con respecto al acusado. En el caso de la extradición de Ricardo Martinelli, la declaración notarizada facilita que un juez federal pueda tramitar la solicitud, ya que el funcionario investigador, o el responsable de la solicitud de extradición, está declarando formalmente que los hechos que contiene la solicitud son ciertos. El affidavit debe estar notarizado, recordemos que en EU casi cualquier persona, mayor de edad y que cumpla unos simples requisitos puede ser notario, lo que lo diferencia con el notario público latinoamericano, que en casi todos los países de la región es designado por una autoridad gubernamental. La persona que firma el affidavit es responsable civil y penalmente por “perjurio”, es decir, falso testimonio, lo que es un delito y, además, genera la obligación de pagar daños y perjuicios a la persona o personas afectadas.