Cancillería devuelve a la Corte solicitud de extradición de Martinelli
La Cancillería retornó al juez de garantías Jerónimo Mejía la petición de extradición del expresidenteRicardo Martinelli por considerarla incompleta.
La directora jurídica de esta institución, Farah Diva Urrutia, dirigió una nota al magistrado Mejía con fecha del 4 de agosto del corriente, a la que tuvo acceso La Estrella de Panamá, donde se indica que la solicitud debía acompañarse de un "affidavit" o declaración jurada elaborada por el fiscal de la causa, en este caso Harry Díaz.
Desde el 26 de mayo la cancillería tiene en su despacho la petición de Mejía, pero casi tres meses después refiere a la figura de extradición como un derecho internacional público, al cual se rige por tratados aplicables en los que Panamá es parte, y por las condiciones previstas en el derecho interno del Estado Parte requerido, "en base a nuestra experiencia en la tramitación de solicitudes de este tipo con los Estados Unidos hemos observado que es la práctica común de dicho país solicitar se anexe a la petición de extradición un affidavit del Fiscal de la causa, el cual debe contener una narrativa en lenguaje simple de los hechos del caso y la historia de la investigación, que establezca con particular claridad la conducta criminal evitando el uso de palabras técnicas que sean de difícil traducción a la cual se debe anexar los documentos que el Fiscal considere necesario", se lee en el segundo párrafo de la nota.
La misiva dirigida al juez de garantías se recibió en su despacho el viernes 19 de agosto a las 4:45 de la tarde.
A finales de mayo pasado, la Corte envió la solicitud de extradición a la Cancillería para que ésta la remitiera al Departamento de Estado de los Estados Unidos y éstos a su vez, a las autoridades judiciales para revisión y futuros trámites.
Desde enero de 2015, el expresidente abandonó el país y se fue a vivir a la ciudad de Miami, en el Estado de la Florida, Estados Unidos.
En octubre de 2015, el fiscal Díaz acusó a Martinelli de los delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad contemplados en los artículos 167 (interceptación de comunicaciones sin autorización judicial), y el artículo 168 (seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial) así como por peculado contra la administración pública contemplados en el Capítulo I, Título X del Código Penal. Por lo anterior solicitó al magistrado Mejía abrir juicio contra el expresidente.