Ley de Contrataciones volverá a la Asamblea

El proyecto de ley de contrataciones públicas, vetado por el presidente de la República, Juan Carlos Varela, será uno de los primeros puntos a debatir por la Asamblea Nacional, una vez inicie el próximo periodo de sesiones ordinarias y elija su junta directiva.

Las causales del mandatario para vetar parcialmente el proyecto de ley que había sido aprobado en los tres debates correspondientes tendrán que ser explicadas por el mandatario, mediante una nota que se debe dirigir al pleno de la Asamblea Nacional.

Según lo dispone la Constitución Política de la República en su artículo 170, en caso de que un proyecto de ley sea vetado parcialmente por el Ejecutivo, la iniciativa de regresar a segundo debate al pleno de la Asamblea.

El Ejecutivo debe rendir una explicación detallada del por qué no sancionó el proyecto de ley.

En este caso, los diputados deben discutir las objeciones y en el caso de estar de considerar que son oportunas hacer las modificaciones respectivas de acuerdo a las objeciones del Ejecutivo.

Los diputados, según el mismo texto constitucional, tienen dos opciones acoger las consideraciones el Ejecutivo y hacer las modificaciones respectivas o aprobar por insistencia el proyecto de ley.

En el caso de que sea aprobado por insistencia, sin cambios, el Ejecutivo lo deja sin sancionar y lo remite a la Corte Suprema de Justicia que se encargará de evaluar en base a la constitucionalidad o no del proyecto de ley.

La consideración del proyecto de ley, no requiere esperar que los diputados, se pongan de acuerdo en la conformación de las directivas de las comisiones permanentes, pues los dos debates requeridos deben darse ante el pleno de la Asamblea Nacional.

El veto de Varela incluyó los artículos 1, 24, 33, 35, 36, 50, 66 y 77 del proyecto de Ley 305, el cual reforma la Ley 22 de 2006, norma que regula la contratación pública y dicta otras disposiciones.

La Presidencia explicó que el mandatario consideró que el artículo 1, no incluye las disposiciones inicialmente propuestas en lo que se refiere a la adquisición de bienes, servicios y obras, sobre todo las que se refieren al sector de la salud pública.

El Ejecutivo también consideró que no era conveniente el artículo 24, el cual regula los plazos de la publicación de la convocatoria para la adquisición de bienes, servicios y obras.

Según se informó a través de la oficina de prensa de la Presidencia de la República, el mandatario propondrá a la Asamblea realizar un nuevo análisis de los artículos 33 y 35 que tratan sobre la licitación por mejor valor y la licitación por mejor valor con evaluación separada, respectivamente.

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