Garantía judicial y Estado de derecho

La implementación del sistema penal acusatorio, por esencia garantizador, no solo supone un tema de novedad y moda para el gremio jurídico, en realidad, supone un cambio radical para la administración de justicia en cuanto al papel de los operarios judiciales, la defensa de las víctimas y el compromiso constante con una administración de justicia penal, imparcial, sumaria y en tiempo oportuno. Es en medio de este escenario que el sistema garantizador interviene bajo una serie de principios rectores que han de coadyuvar para que el operador judicial se mantenga dentro de la lógica que determina preservar la integridad del Estado de derecho.

En este sentido, la consolidación del Estado de derecho es determinante para la protección y reivindicación de las garantías ciudadanas, de forma que el respeto a la implementación de los principios que sustentan el sistema acusatorio debe ser una prioridad para el operador de justicia y una meta para el desarrollo de la administración del ramo, permitiendo el acceso permanente al justiciable y a cada ciudadano, como objeto de derechos y deberes. De esta manera el sistema penal acusatorio se sustenta en un principio sagrado de convencionalidad, que le permite al ciudadano recurrir a instancias supra nacionales que garantizarán cualquier violación directa a sus garantías y derechos fundamentales.

En pocas palabras, el derecho no se agota en la jurisdicción nacional, pues las instancias transnacionales garantizan que se reivindique el debido proceso, el respeto a los derechos humanos y las garantías fundamentales. No obstante, no podemos confundir el derecho transnacional con el modelo de derecho transicional, pues su origen y fines suelen ser totalmente yuxtapuestos.

Dentro del sistema penal acusatorio, como un promotor de garantía, podemos encontrar el sagrado principio de “justicia en tiempo razonable” y “el principio de respeto a los derechos humanos”, esto supone un reto a la aplicación del nuevo sistema. Este pretende estar limpio de injerencias políticas e interpretaciones restrictivas de la norma, al buscar el beneficio y la protección, tanto de víctimas como de victimarios, al igual que el respeto de sus garantías, pero con una certeza, pura y clara del castigo a aquel ciudadano que generó o cometa un delito, en cualquiera de sus formas o grados de participación.

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