Sobre la mala administración del recurso humano:
Las negociaciones del nuevo contrato laboral de los capitanes de remolcador del Canal de Panamá duraron 58 semanas y han culminado en estancamiento. El sindicato de los capitanes hizo todo esfuerzo posible para tratar de llegar a un acuerdo de manera honesta y en buena fe, como ordena la ley. Sin embargo, los representantes de la administración mantuvieron una postura invariable en proponer copiar el contrato antiguo que rige desde enero de 2007, añadiendo detrimentos en aspectos disciplinarios y una propuesta económica paupérrima.
Los capitanes de remolcador son hombres y mujeres que han cursado la carrera de oficial de Marina Mercante en una academia marítima o escuela náutica acreditada ante la Organización Marítima Internacional y su convención que establece los estándares de entrenamiento y certificación (STCW). Es un plan de estudio académicamente riguroso, de cuatro años en las aulas, más un año de experiencia en el puente y la cubierta en un barco de la marina mercante.
En este aspecto, un práctico y un capitán de remolcador traen la misma base de estudios; luego uno se especializa en el practicaje, mientras que el otro lo hace en los remolcadores. Cuando un oficial de cubierta avanza sus licencias hasta obtener la de capitán periodo que puede durar al menos dos años y medio de experiencia, escuela y exámenes, la persona ya habrá pasado por un programa de entrenamiento comparable académicamente a una maestría.
En el caso de los capitanes del Canal de Panamá, el programa incluye el desarrollo de un proyecto investigativo, similar a una tesis universitaria.
El gremio de los capitanes de remolcadores del Canal de Panamá trae consigo una lamentable y accidentada historia, desde que la vía interoceánica pasó a manos panameñas. Primero, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) coartó las aspiraciones del colectivo de conformar su propio sindicato hoy conocido como Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta (UCOC), en el año 2006, al negarse de forma arbitraria a reconocer el nuevo sindicato, y violando así los derechos consagrados en la Constitución Política de Panamá.
Con grandes esfuerzos monetarios y de tiempo, el gremio logró hacer respetar sus derechos ante la Corte Suprema de Justicia, y la UCOC se constituyó formalmente, el 11 de septiembre de 2009, mediante Resuelto de la Junta de Relaciones Laborales de la ACP. Pero, una vez más, el administrador sacudió las bases legales del sindicato ya en vigor, al introducir una demanda de nulidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en diciembre de 2014. Este absurdo y arbitrario atropello, y gasto de recursos oficiales, fue retirado de la CSJ por la propia ACP en el 2015. Ya desde antes, la ACP mantenía un récord plural de apelaciones ante la CSJ, de fallos de la Junta de Relaciones Laborales que habían resultado favorables para la UCOC en correcta justicia. Esto, con el propósito de debilitar al sindicato económicamente.
Mientras tanto, el fuerte sindicato de prácticos del Canal de Panamá, desde 1999 viene logrando importantes conquistas económicas y laborales para sus agremiados. Hoy en día, cuando faltan escasas semanas para que se inaugure la ampliación del Canal, a la UCOC se le niega la culminación satisfactoria de su primera convención colectiva, y se echa por tierra sus justas aspiraciones.
Como es sabido, el rol de los remolcadores en la operación del Canal ampliado cambia dramáticamente, y la responsabilidad y carga laboral de un capitán de remolcador aumenta en gran medida. Es manifiesto que la ACP insiste en ignorar, injusta e irresponsablemente, esta realidad, a la hora de desempeñarse en la mesa de negociación.
Ahora la responsabilidad pasa a manos de la Junta de Relaciones Laborales de la ACP. Deseo instar a sus miembros y a los que integran la Junta Directiva de la ACP para que corrijan, de forma justa, responsable y honesta, lo actuado por el administrador de manera caprichosa y en perjuicio de uno de los grupos laborales más vitales para la operación canalera.