Corte cae en contradicción en casos de Ricardo Martinelli

Ricardo Martinelli, el reo 14813-104 de la prisión federal de Miami, recibió tres notas en las que se le ponía al tanto que debería presentarse a una audiencia el viernes 13 de octubre en la ciudad de Panamá, en la que se le notificaría de la imputación por el delito contra la administración publica, modalidad de abuso de autoridad (caso de los indultos).

Algunos consultados comparan este hecho como citar a un muerto a una audiencia. Algo absurdo de salida, porque era lógico que el resultado sería declarar al expresidente en rebeldía por el caso de los indultos.

Así opina el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Edgardo Molino Mola. Exclama con molestia que el hecho que se haya programado una audiencia de imputación a sabiendas de que el indiciado no podía presenciarla, tiene un mar de fondo. El jurista indica que algunas personas consideran que la ‘Corte está haciendo esto para tratar de beneficiar a Martinelli y dar fuerza al argumento de su defensa ante la Corte del Distrito Sur de la Florida en Estados Unidos, de que debió existir una imputación en el caso de los pinchazos -y no una acusación- por el cual se surte el proceso de extradición’.

Los abogados de Martinelli han tomado esta reflexión como bastión de defensa en Miami ante el hecho de que su cliente no ha sido imputado, sino acusado en el proceso de pinchazos.

MARTINELLI, EN REBELDÍA

Después de la audiencia efectuada el viernes en la Corte de Panamá, que lo declaró en rebeldía, ‘concurren dos tesis de la misma Corte que pueden complicar los procesos contra el expresidente que preso o no, es un hecho manifiesto de que no le interesa dar la cara a la justicia’.

Con esta acción, opina Molino Mola, la defensa del expresidente tendrá un poroto más a su favor en la corte de Miami, donde espera que la juez Marcia Cooke se pronuncie sobre el Habeas Corpus que pretende una revisión de la certificación de la extradición emitida por el juez Edwin Torres.

Probablemente, el argumento de que los magistrados panameños se confunden en los procesos que se llevan a cabo contra su cliente, se sume a la lista de pruebas a su favor en el delicado proceso de extradiciión que se lleva en su contra en Estados Unidos.

La reciente decisión del juez de garantías José Ayú Prado, en el caso de indultos, tendrá complicaciones grandes en cuanto a la interpretación jurídica en las 8 carpetillas restantes que existen contra el exmandatario en la Corte panameña.

La doble tesis en la que hoy incurren los magistrados, ha sido debatida entre ellos. El fiscal Abel Zamorano solicitó con urgencia convocar a un Pleno a fin de lograr un consenso sobre estos temas, y que éste resultado pudiera ser empleado en adelante para evitar actuaciones contradictorias que no contribuyen en nada a la imagen de la justicia.

Su convocatoria esta plasmada en la observación que emitió en el Amparo de Garantías Constitucionales que interpuso el magistrado Luis Ramón Fábrega contra el magistrado Harry Díaz por no fijar una audiencia de formulación de imputación en otro caso, el de la presunta comisión de delitos contra la administración pública y la libertad individual de la empresa italiana Impregilo, S.A.

En dicho documento, Zamorano hizo un llamado a la comunicación y el entendimiento que debe prevalecer entre los miembros de la Corte. Sin embargo, en el Pleno no se discutió el tema sobre como proceder en este tipo de ejercicios orales.

‘Hago un llamado rogado a la comunicación y no a la contradicción, como mecanismo de solución de conflictos, antes de que surjan situaciones que ocasionen un debate innecesario en la colectividad que se preste para el ataque de quienes aprovechan las coyunturas para alimentar malamente el debate político, lo que trae como consecuencia el deterioro de nuestro poder judicial y de lo que queremos heredar a los actuales y futuros jueces y magistrados’, solicitó inútilmente Zamorano.

Otros puntos, como el de la necesidad de descifrar en qué consiste la circunstancia excepcional, también fueron parte de la invitación al debate para unificar criterios entre los magistrados, especialmente en los casos de los parlamentarios, como lo es Ricardo Martinelli.

La defensa de Martinelli, liderada por el abogado Sidney Sittón apeló la decisión del juez de garantías, en este caso José Ayú Prado, en cuanto al estado de rebeldía en que fue declarado su cliente, más no se opuso a que se celebrara una audiencia de imputación por el caso de los indultos.

¿Será esta una estrategia de los magistrados para que posteriormente se anulen los casos en contra del expresidente por existir procedimientos distintos dentro de una misma Corte?

Las reacciones de algunos querellantes en los casos en los que está procesado Martinelli parecen ser parte de la predicción de Zamorano.

Rosendo Rivera, querellante en el proceso de los pinchazos por el que espera la extradición el expresidente, indicó que la imputación que realizó el magistrado Zamorano y acogida por el juez de garantías, José Ayù Prado, es una muestra de lo polifacética que es nuestra Corte Suprema de Justicia.

‘Hay una evidente transgresión a nuestras normas de procedimiento y son estos dos magistrados, uno de ellos altamente cuestionado, los que con su actuar provocarán que el presidente Martinelli quede impune por todos los procesos en su contra’, manifestó Rivera.

EN LA AUDIENCIA

Sin que pudiera acudir a la cita, por obvias razones, el fiscal de la causa Abel Zamorano, que pretende imputar al expresidente cuando pise suelo panameño por el delito contra la administración pública modalidad de abuso de autoridad, logró que el juez de garantías José Ayú Prado, acogiera su petición y declarara en rebeldía al indiciado.

‘HAGO UN LLAMADO ROGADO A LA COMUNICACIÓN Y NO A LA CONTRADICCIÓN, COMO MECANISMO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, ANTES DE QUE SURJAN SITUACIONES QUE OCASIONEN UN DEBATE INNECESARIO (…)’

ABEL ZAMORANO,

MAGISTRADO DE LA CORTE

Al expresidente Ricardo Martinelli se le podría acumular otro proceso de extradición tras la decisión del juez de garantías se inhibió de resolver durante la audiencia la decisión de emitir una orden de detención (en este caso solo por formalismo) y solicitar a Estados Unidos la extradición de Martinelli. Prefirió que sea el Pleno en donde se discutan estos temas. De igual forma, negó la solicitud de sobreseimiento provisional, una alternativa a considerar hasta que comparezca el expresidente, dadas las circunstancias en las que se encuentra.

En el caso de los indultos en los que se señala a Martinelli por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de abuso de autoridad.

Si bien es un hecho público y conocido que el expresidente Ricardo Martinelli se encuentra detenido provisionalmente en la prisión Federal de Miami y que esta condición le impide movilizarse, el juez otorgó la razón al fiscal por ser la segunda ocasión en que solicita esta medida. La primera fue en mayo pasado, cuando Martinelli aún se encontraba en libertad, aunque fuera del país, y no acudió a la audiencia programada.

En la audiencia del viernes se dejó establecido que el expresidente fue notificado en Miami por tres vías. Una personalmente a través de nota que supuestamente recibió Martinelli en prisión. Dicha nota esta a través del Ministerio de Gobierno amparada bajo el Tratado de Asistencia Legal Mutua suscrita entre Panamá y Estados Unidos.

La segunda forma en que Martinelli se enteró de la audiencia fue a través de una correspondencia certificada enviada a través del sistema de correo panameño. Y una tercera, ocurrió mediante de un servicio de mensajería privado que llevó el documento a la prisión de Miami, y que según el Fiscal Zamorano, recibió el indiciado.

EL CASO

A pesar de que la audiencia se efectuó a solicitud del fiscal Zamorano con el fin de declarar a Martinelli en rebeldía, la defensa aprovechó para pedir que se declare prescrito el delito de los indultos, puesto que los decretos en los que se efectuaron los Decretos Ejecutivos que otorgaban el perdón a una centena de personas, datan del 2014. La pena por el delito contra la administración pública es de uno a dos años con pena conmutable por días multa o arresto los fines de semana.

Sin embargo, el juez de garantías no accedió a esta petición de Sidney Sittón, por considerar que era extemporánea la solicitud.

La defensa de Martinelli anunció su apelación a la decisión de Ayú Prado por haberlo declarado rebelde en el mencionado caso de los indultos, y adujo que las pretensiones de prescripción no tienen un limite de tiempo en ningún sistema, y menos en el garantista, por el cual se pretende juzgar a su cliente.

Finalmente, Ayú Prado instruyó a la Oficina Judicial de comunicar al magistrado vicepresidente de la CSJ, Hernán De León Batista sobre lo decidido en esta audiencia.

Adelita Coriat

 

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