Código Electoral enfrenta 10 demandas en la Corte Suprema

El Código Electoral, reformado por la Ley 29 de mayo de 2017, enfrenta al menos diez demandas en la Corte Suprema de Justicia.
Las acciones interpuestas ante la máxima corporación de justicia por abogados en representación de políticos y en su propio nombre, advierten de la violación a la Constitución Política, que data de 1972.
TEMAS DEMANDADOS
La Corte es la encargada de interpretar la Constitución
La cantidad de candidatos independientes que serán admitidos en el proceso electoral.
La distribución de los dineros y la posibilidad de realizar primarias para ciertos cargos.
Los cambios aprobados por la Asamblea Nacional tras un año de consultas en la Comisión Nacional de Reformas Electorales no tienen un año de ser Ley de la República y ya han sido motivo de denuncias.
El Tribunal Electoral se prepara para hacer la convocatoria a las elecciones de 2019, el próximo 5 de mayo. A pesar de las demandas, el calendario electoral continúa su marcha. Hay una serie de compromisos que se deben cumplir para llegar en buena lid a la fecha programada para las elecciones del 2019, en que se escogerán las nuevas autoridades nacionales.
DEMANDAS ACUMULADAS
El primer recurso contra los cambios aprobados por los diputados se presentó el 16 de junio de 2017 y el último llegó ayer a la Corte.
En el último recurso se busca derribar la barrera de veinte días previos a las elecciones para divulgar resultados de encuestas de intención de voto.
A las demandas interpuestas contra por lo menos 34 artículos del Código Electoral se suman las dos demandas de inconstitucionalidad que están en trámite en la Corte contra dos decretos emitidos por el Tribunal Electoral.
La mayoría de las acciones de inconstitucionalidad presentadas en la Corte van dirigidas a los límites que la ley electoral le impone a los candidatos, el financiamiento de las campañas políticas a los partidos políticos y la postulación de los candidatos independientes.
TEMORES Y DUDAS
Desde el Colegio Nacional de Abogados sienten ‘que el ataque a una ley que buscar brindar confianza y credibilidad al próximo torneo electoral es realmente preocupante’. ‘Nos deja ver que se aprobaron disposiciones legales sin un consenso real sobre temas puntuales, lo que ha desembocado en el rosario de demandas contra artículos del Código Electoral’, señaló Alfonso Fraguela, vicepresidente del gremio.
Las encuestas y los periodos en que se puede hacer campaña política en las primarias y en las generales son blanco de fuertes críticas de parte de quienes desean participar para ejercer su derecho a elegir y ser elegidos.
Los cambios introducidos al Código Electoral se basan, principalmente, en la experiencia de las elecciones generales de 2014, que dejó en evidencia muchos vacíos e inconsistencias que necesitaban ser subsanados, ante la amplitud y profundidad de lo reformado, advierte Freddy Pittí, representante de la juventud ante el Consejo para la Concertación Nacional y la Comisión de Reformas Electorales. ‘Era de esperarse que algunos sectores políticos y juristas interpretaran esos cambios como inconstitucionales’. ‘Solo queda esperar los fallos de la Corte’, agrega el joven activista.
Las demandas interpuestas por los cambios a las reglas electorales, según Pittí, ‘podrían generar un poco de molestia y hasta confusión, de no resolverse de manera oportuna. Urge que los magistrados de la Corte emitan los fallos respectivos y que estén claras las reglas del juego’, apuntó.
En tanto, el politólogo Richard Morales no comparte la idea de Pittí en cuanto a que en las elecciones de 2019 podría haber confusión por las demandas en la Corte. ‘Es poco probable si nos plegamos a los antecedentes, lo más seguro las demandas serán falladas tras las elecciones, debido a que ya ha iniciado el proceso electoral, con las reglas establecidas en la reforma, por lo que la Corte evitará interferir a mitad del proceso’, dijo Morales.
En lo que sí está claro Morales, miembro de la directiva del Frente Amplio por la Democracia (FAD), es en que la cantidad de demandas interpuestas ‘es resultado de la aprobación de una reforma electoral sin claridad de propósitos, a falta de una visión compartida sobre qué tipo de democracia queremos y necesitamos’.
A su juicio, ‘se mezclaron de manera incoherente y desarticulada ideas importadas de sistemas electorales de otros países y los intereses electorales escuetos de partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil, creando una auténtica mescolanza de reformas, muchas inconstitucionales, otras contradictorias entre sí, que no llegan a resolver los problemas de inequidad, opacidad y clientelismo que contaminan los procesos electorales panameños’.
Los fallos de la Corte son de fiel cumplimiento y no se pueden apelar, porque los magistrados son los encargados de interpretar la Constitución.

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