Caso GESE a la luz del derecho

Para los conocedores del derecho internacional y por extensión las relaciones diplomáticas entre los Estados, la situación generada ante el caso del grupo editorial El Siglo y La Estrella de Panamá (GESE), crea una situación de ilegalidad jurídica del ordenamiento internacional y aplicación de medida administrativa unilateral de extraterritorialidad, solo conocidas en Panamá, cuando los Estados Unidos de América, administraba, manejaba y protegía el Canal de Panamá y mantenía una zona restringida para ese manejo y protección y defensa del Canal desde 1903 hasta 1977 en donde en virtud de los Tratados Torrijos-Carter se puso fin a la presencia colonial, bases millitares y se le devuelve el Canal a Panamá.

El actual embajador de los Estados Unidos, John Feely, en representación de la Oficina de Control de Activos en el Extranjero (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, en forma injerencista, ha realizado señalamientos muy serios a este grupo de empresas, acusada de estar involucrado en el lavado de dinero.

Pero desde mayo cuando se hizo el anuncio, ninguna entidad oficial del gobierno de los Estados Unidos ha presentado una sola prueba que corrobore la existencia de un hecho punible.

Sin embargo, a raíz de esta acción las empresas del grupo GESE están sufriendo las consecuencia de esta medida. Se ha sentenciado a la muerte comercial, financiera y moral a La Estrella de Panamá, fundado en 1849 y el diario El Siglo fundado en 1986, ya que de no revertirse esa situación dejarán de existir ‘a las 12:01 a.m., horario de verano del Este, el 6 de enero de 2017′.

La medida norteamericana ha forzado la venta de activos bajo el criterio de que: ‘el futuro de esas empresas dependen de su dueño’, tal como lo ha mencionado el Embajador John Feely en forma injerencista.

A todas luces, esta coacción a empresas panameñas constituyen un acto de intervención en los asuntos internos de un país con personalidad jurídica propia, algo no permitido por el Derecho Internacional.

Ningún Estado puede hacer acusaciones contra el nacional de otro Estado sin acordar los procedimientos bilaterales pertinentes.

Durante el 2016, Panamá ha sido señalada por una serie de eventos que atentan contra empresas y ciudadanos de nuestro país, afectando nuestra imagen internacional y en menoscabo de nuestra soberanía. Para los estudiosos de la Relaciones Internacionales, se trata de una abierta violación al Derecho Internacional, al debido proceso y de una medida administrativa unilateral de extraterritorialidad mediante la cual los Estados Unidos viola nuestra soberanía y atenta contra los intereses legítimos de nuestro ordenamiento jurídico.

Es también censurable la indiferencia oficial del gobierno panameño que en lugar de preocuparse por el nivel de indefensión de estas empresar panameñas, que es lo mínimo que todo nacional espera de su gobierno, la Administración Varela ha dado por sentada que es cierta la acusación lanzada contra este grupo empresarial, convirtiéndose en facilitador de la aplicación de una sanción sin juicio alguno ni hecho punible comprobado.

José de la Rosa Castillo

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